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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de junio de 2010 420046 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 13-2010- DGPNP/INTERPOL-EM. de mayo de 2010, formulada por el Jefe de Estado Mayor de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, mediante la cual se recomendó la autorización de viaje al extranjero en comisión del servicio del Capitán de la Policía Nacional del Perú Jorge Luis HERNÁNDEZ DÍAZ y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Juan Edilberto MILIAN FLORES, a la ciudad de Quito – República de Ecuador, del 4 al 8 de junio de 2010. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 169-2004-JUS del 6 de agosto de 2004, se resolvió acceder al pedido de Extradición Activa del procesado Julio César MOLINA VIVANCO o Walter Espereocom VALLE JARAMILLO o Fernando LEÓN QUEZADA o Eduardo VEGA GONZALES o Ajir BRAGA CALDAS, formulado por el Octavo Juzgado Penal Colectivo con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del Delito de Tráfi co Ilícito de Drogas – Lavado de Activos, en agravio del Estado peruano; y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Ecuador, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Ofi cio Nº 2644-2010-MP-FN-UCJIE del 4 de mayo de 2010, la Doctora Secilia HINOJOSA CUBA, Fiscal Adjunta Suprema Titular de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, puso en conocimiento del Coronel de la Policía Nacional del Perú, Director Ejecutivo Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, que el Gobierno ecuatoriano ha concedido la extradición del procesado Julio César MOLINA VIVANCO o Walter Espereocom VALLE JARAMILLO o Fernando LEÓN QUEZADA o Eduardo VEGA GONZALES o Ajir BRAGA CALDAS; en ese sentido solicitó designar a los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, trasladar y custodiar al citado reclamado desde la República del Ecuador hacia nuestro país; Que, con Memorándum Múltiple Nº 163-2010- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 20 de mayo de 2010, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Capitán de la Policía Nacional del Perú Jorge Luis HERNÁNDEZ DÍAZ y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Juan Edilberto MILIAN FLORES, a la ciudad de Quito – República de Ecuador, del 4 al 8 de junio de 2010, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Julio César MOLINA VIVANCO o Walter Espereocom VALLE JARAMILLO o Fernando LEÓN QUEZADA o Eduardo VEGA GONZALES o Ajir BRAGA CALDAS, solicitado por la autoridad judicial antes mencionada, por la comisión del Delito de Tráfi co Ilícito de Drogas – Lavado de Activos, en agravio del Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio Nº 471-2010-DIRECFIN- PNP/DIVPRE. del 19 de mayo de 2010, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remitió a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 127-2010-DIRECFIN- PNP-DIVDyB-DEPADM.CS. del 13 de mayo de 2010, sobre Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 4 al 8 de junio de 2010; asimismo la Unidad de Presupuesto del Estado Mayor de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hace conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 364-2010-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE del 18 de mayo de 2010, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.12 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Quito – República de Ecuador, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Jorge Luis HERNÁNDEZ DÍAZ y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Juan Edilberto MILIAN FLORES, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2005-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a propuesta del Director General de la Policía Nacional del Perú, el viaje al extranjero en comisión del servicio del Capitán de la Policía Nacional del Perú Jorge Luis HERNÁNDEZ DÍAZ y del Subofi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Juan Edilberto MILIAN FLORES, a la ciudad de Quito – República de Ecuador, del 4 al 8 de junio de 2010, para ejecutar la extradición activa del procesado Julio César MOLINA VIVANCO o Walter Espereocom VALLE JARAMILLO o Fernando LEÓN QUEZADA o Eduardo VEGA GONZALES o Ajir BRAGA CALDAS, solicitado por el Octavo Juzgado Penal Colectivo con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del Delito de Tráfi co Ilícito de Drogas – Lavado de Activos, en agravio del Estado peruano. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo