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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de junio de 2010 420062 Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley Nº 29132, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. Nº 006-05-2010, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de los señores Allan Salvador Trigoso Pissani y Salvador Octavio Olivares Mongrut, Inspectores de Operaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 20 de junio al 24 de julio de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes serán cubiertos por el Convenio de Gestión de Servicios PER/07/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. Nº 006-05-2010 y al siguiente detalle: Pasajes (para dos personas) US$ 2,190.20 Viáticos (para dos personas) US$ 14,960.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (para dos personas) US$ 62.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, los profesionales mencionados, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los profesionales mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 502344-24 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 070-2010/SIS Lima, 1 de junio de 2010 VISTOS: El Informe Nº 042-2010/SIS-OPyD de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, el Memorando Nº 326-2010-SIS-OIE de la Ofi cina de Informática y Estadística y el Informe Nº 144-2010-SIS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; CONSIDERANDO: Que, en los literales a) y b) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, establece como funciones de la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, entre otras, proponer a la Jefatura Institucional las políticas, planes, presupuesto y otros documentos de gestión, así como conducir el desarrollo de los sistemas de planifi cación, presupuesto y racionalización en la institución; Que, mediante Resolución Suprema Nº 026-2002-SA se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Seguro Integral de Salud; Que, el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP; pudiendo aprobarse dicho reordenamiento de cargos por resolución del Titular de la Entidad, previo informe del órgano de racionalización o de quien haga sus veces; Asimismo, en el último párrafo del artículo 16º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, señala que de haber existido el reordenamiento de cargos previsto conforme al artículo 13º, la Entidad deberá actualizar su CAP y publicarlo mediante Resolución de su Titular; Que, mediante el documento del visto, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo considera que resulta necesario efectuar un reordenamiento de cargo en el CAP 065 de la Ofi cina de Informática y Estadística y propone la creación del cargo de Analista informático, y la eliminación del cargo de Analista de Sistemas, lo cual no incide en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP, aprobado por Resolución Jefatural Nº 045-2010/SIS, y no se requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP; Que, con las visaciones de la Sub Jefatura, Secretaría General, Ofi cina de Administración, Ofi cina de Informática y Estadística, y con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con los dispuesto en el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y en virtud a lo establecido en el inciso i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Resolución Suprema Nº 026-2002-SA, según el detalle siguiente: Nº CAP DENOMINACIÓN DEL CARGO (Eliminado) DENOMINACIÓN DEL CARGO (Creado) 065 Analista de Sistemas Analista Informático Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina de Administración adopte las acciones de su competencia a efecto de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano así como la publicación de la presente Resolución en el portal del Seguro Integral de Salud http://www.sis.gob.pe/a_trans_ infor_resol.html. Regístrese, publíquese y comuníquese. LUIS ALEJANDRO MANRIQUE MORALES Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 502332-1