Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2010 (03/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

420050

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de junio de 2010

pesquera con capacidad de bodega equivalente a la embarcacion pesquera "ICA 1" con matricula N° PS-7966 de 350 toneladas de capacidad de bodega, para el acceso al recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto; Que, mediante escrito del visto de fecha 07 de MORDAZA de 2010, la empresa LSA ENTERPRISES PERU S.A.C., solicita la modificacion de autorizacion de incremento de flota otorgada mediante Resolucion Directoral N° 1002010-PRODUCE/DGEPP y se asigne definitivamente la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "ICA 1" a la embarcacion pesquera "ESTEFANIA I"; Que, mediante escrito del visto de fecha 10 de MORDAZA 2010, los senores MORDAZA MORDAZA CHAPARRO MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ELESCANO MORDAZA, adjuntan documentacion a efectos de acreditar la propiedad que ostentan sobre la embarcacion pesquera "ICA 1" de matricula N° PS-07966-BM, para lo cual adjuntan MORDAZA de la escritura de Cesion de derechos, el Certificado Compendioso de Dominio, entre otros; Que, mediante escrito del visto, de fecha 21 de MORDAZA de 2010, la empresa LSA ENTERPRISES PERU S.A.C., modifica la solicitud de fecha 07 de MORDAZA de 2010, solicitando la modificacion de la autorizacion de incremento de flota contenida en la Resolucion Directoral N° 1002010-PRODUCE/DGEPP, efectos de que se les otorgue a favor de la empresa LSA ENTERPRISES PERU S.A.C. en calidad de asociante en el Contrato de Asociacion en Participacion celebrado con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion de incremento de las capacidades de bodega de las embarcaciones pesqueras "ESTEFANIA I" en 141.13 m3 y de la embarcacion pesquera "OSQUITAR" en 200 m3; Que, a fojas 11 a 14, obra el Contrato de Asociacion en Participacion celebrado entre el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA (en calidad de ASOCIADO) y la empresa LSA ENTERPRISES PERU S.A.C. (en calidad de ASOCIANTE), el mismo que se celebra a efectos de que el ASOCIANTE materialice el derecho de autorizacion de incremento de flota concedido mediante Resolucion Directoral N° 1002010-PRODUCE/DGEPP incrementando la capacidad de bodega de las embarcaciones pesqueras "ESTEFANIA I" y "OSQUITAR"; Que, en ese orden de ideas, teniendo en consideracion que la empresa LSA ENTERPRISES PERU S.A.C. ha solicitado la modificacion de la autorizacion de incremento de flota otorgado mediante Resolucion Directoral N° 1002010-PRODUCE/DGEPP, consideramos pertinente que se modifique la Resolucion MORDAZA senalada, a efectos de autorizar el incremento de flota para ampliar las capacidades de bodega de las embarcaciones "ESTEFANIA I" de 225 a 366.13 m3 y "OSQUITAR" de 350 a 550 m3 utilizando la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "ICA 1" (350 toneladas), el mismo que sera otorgado a favor de la empresa LSA ENTERPRISES PERU S.A.C., en virtud al contrato de Asociacion y Participacion celebrado con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARCIA; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe N° 363-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar la Resolucion Directoral N° 100-2010-PRODUCE/DGEPP, a efectos de autorizar el incremento de flota para ampliar las capacidades de bodega de la embarcaciones pesquera "ESTEFANIA I" con matricula N° CO-16602-PM de 225.00 a 366.13 m3 y "OSQUITAR" con matricula N° CO-21696-PM de 350.00 a 550 m3 utilizando el equivalente de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "ICA 1" (350

toneladas), el mismo que sera otorgado a favor de la empresa LSA ENTERPRISES PERU S.A.C., en virtud al contrato de Asociacion y Participacion celebrado con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARCIA. Articulo 2°.- Se consideraran los plazos del Incremento emitido mediante Resolucion Directoral N° 100-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 16 de febrero de 2010. Articulo 3°.- El derecho administrativo concedido a traves de la presente Resolucion quedara sin efecto en el caso que el Poder Judicial asi lo ordene mediante resolucion judicial desfavorable al titular del derecho administrativo. Articulo 4°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 501349-1

Otorgan permiso de pesca a MORDAZA Fisheries Co., Ltd. para operar embarcacion de bandera coreana
RESOLUCION DIRECTORAL N° 307-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 06 de MORDAZA del 2010 Visto los escritos con Registro Nº 00033197-2010, de fechas 30 de MORDAZA y 04 de MORDAZA del 2010, presentado por la empresa PERUKO MARITIMA S.A., con domicilio legal en la Av. Callao Nº 108, Urb. MORDAZA Doig, La MORDAZA, Callao, en representacion legal del armador de Corea, MORDAZA FISHERIES CO., LTD. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 571-2008PRODUCE, prorrogada por Resolucion Ministerial Nº 2402009-PRODUCE, se establecio un Regimen Provisional para la extraccion comercial del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), con vigencia hasta el 30 de junio de 2010; Que, con los escritos del visto, la empresa PERUKO MARITIMA S.A., en representacion de MORDAZA FISHERIES CO., LTD. solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera coreana denominada "AGNES 102", en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas, asi como, la licencia para la operacion de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la misma, para desarrollar la actividad de congelado, por el plazo de un mes a contarse desde el 08 de MORDAZA del 2010; Que, de acuerdo a la evaluacion efectuada a la documentacion presentada, se ha determinado que la solicitante ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que, procede otorgar el permiso de pesca y la licencia de operacion solicitados; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 304-2010PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; la Resolucion Ministerial Nº 571-2008PRODUCE, prorrogada por Resolucion Ministerial Nº 240-2009-PRODUCE y el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio

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