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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de julio de 2011 447583 Artículo Tercero.- Integrar la presente Resolución Jefatural a la Resolución Jefatural Nº 231-2011-AGN/J. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSEPH DAGER ALVA Jefe Institucional 670549-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia para Unidades Ejecutoras así como el pago directo para acreditados al subsidio por sepelio a nivel nacional RESOLUCION JEFATURAL Nº 104- 2011/SIS Lima, 27 de julio de 2011 VISTOS: El Informe Nº 162-2011-SIS-GF de la Gerencia de Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud y el Informe Nº 265-2011-SIS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, las transferencias fi nancieras entre entidades del Gobierno Nacional, consideradas del Seguro Integral de Salud, durante el Año Fiscal 2011; se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en concordancia con lo establecido en los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16° de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, de acuerdo al Convenio de Gestión para la Implementación, Desarrollo y Ejecución del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud y la Primera Addenda a este convenio, suscrito entre el SIS y la Región Huancavelica para fi nanciamiento de las prestaciones del I nivel de atención bajo el mecanismo de pago capitado; Que, de acuerdo al párrafo precedente y a la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el subsidio por sepelio de Inscrito y Asegurados al SIS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 148-2009/SIS, que en su título VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES, Inciso 8.2 DE LAS ADECUACIONES, IMPLEMENTACIONES Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, 8.2.3 dispone; “La Ofi cina de Administración del SIS (OA), a través de los sistemas administrativos, formalizará la operación bancaria para el pago del subsidio a través de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nación a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS”; Que, conforme a la adición dispuesta en el artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 612-2010/MINSA, el Seguro Integral de Salud, solo reconocerá los gastos del Componente de Gestión que se encuentren dentro de los límites establecidos en lo dispuesto por el numeral 7 Disposiciones Específi cas de la Directiva Administrativa Nº 112-MINSA/SIS-V.01.: Nivel I-1 al II-1 40%, Nivel II-2 al III- 1 36% y III-2 24% y según la gradualidad desarrollada en el artículo 6º de la citada Resolución Ministerial; Que, vistos los informes favorables de la Gerencia de Financiamiento Gerencia de Operaciones, Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, se incluye las prestaciones pendientes de pago del año 2008; Que, con el visto bueno de la Secretaría General, Gerencia de Financiamiento, Gerencia de Operaciones, Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, Ofi cina de Administración y la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de CUARENTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTIDOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42’832,842.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de julio 2011 detallado en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolución. El que incluye el importe de S/. 15´693,836.49, resultado del ingreso de las prestaciones pendientes de pago del año 2008, detallado en el Anexo 02 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de DOSCIENTOS CUARENTIUN MIL NOVECIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 241,905.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de julio 2011 detallado en el Anexo 03 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Aprobar la Transferencia para la Unidad Ejecutora 799-Región Huancavelica-Sede Central, por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´307,790.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente a los meses de julio, agosto y setiembre 2011 detallado en el Anexo 04 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4º.- Aprobar el pago directo para los acreditados al subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTIDOS MIL SEISCIENTOS TREINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 2’432,638.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de julio 2011. Articulo 5º.- Aprobar el pago directo para los acreditados al subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma de SIETE MIL CUARENTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 7,045.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudado, correspondiente al mes de julio 2011. Artículo 6°.- El Titular del Pliego aprueba mediante la Resolución Ejecutiva Regional la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático y respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno Regional. Artículo 7°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; así como publicar en el portal institucional, www.sis.gob.pe, opción Transparencia > Transferencias > Calendario de Pago, el texto de la presente Resolución y sus Anexos 01, 02, 03 y 04. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO HUARACHI QUINTANILLA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 671322-1