Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de noviembre de 2011 454099 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Dan por concluido encargo y designan Director de la Oficina de Administración de COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 252 -2011-COFOPRI/DE Lima, 29 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7° que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1º de esa Ley; Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones, la potestad de designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Directoral Nº 234-2011-COFOPRI/DE de fecha 04 de noviembre de 2011, se encargó al señor Wilder Herbert Yazawa Goto, las funciones correspondientes al Director de la Ofi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto la referida encargatura y proceder a designar al funcionario que desempeñará el citado cargo, con retención de su plaza de origen; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo N° 025- 2007-VIVIENDA; Con el visado de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo efectuado al señor Wilder Herbert Yazawa Goto, para desempeñar las funciones de Director de la Ofi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI. Artículo 2º.- Designar al señor Wilder Herbert Yazawa Goto, en el cargo de Director de la Ofi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, con retención de su plaza de origen. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 722902-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican cuadros del Anexo Nº 8 y el Artículo 20º de la Res. Nº 184-2009- OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 209-2011-OS/CD Lima, 28 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “OSINERGMIN”), mediante la Resolución OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD, fi jó las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT), correspondientes al periodo noviembre 2009 - abril 2013, donde entre otros aspectos, se establecieron las compensaciones de los SST y/o SCT asignados total o parcialmente a la generación, conforme lo establece la norma “Procedimiento para la Asignación de Responsabilidad de pago de los SST y SCT”, aprobado con Resolución OSINERGMIN Nº 383-2008-OS/CD (en adelante “Norma para Asignación de Responsabilidad de Pago”), y se establecieron los Generadores Relevantes a los que se les asignó responsabilidad de pago respecto de cada una de las instalaciones; Que, la Resolución OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/ CD, estableció en su Artículo 20º, que la revisión de la distribución de responsabilidades de pago entre los generadores de las compensaciones de los SST y/o SCT, se realizará en cada fi jación tarifaria o a solicitud de los interesados, debiendo en este último caso ser sustentado por el solicitante; la referida disposición, se encuentra además contemplada en el numeral VII, literal e), del Artículo 139º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93- EM, y en el numeral 6.3.4 del Artículo 6º de la norma “Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión” aprobada por Resolución OSINERGMIN Nº 050-2011-OS/CD; Que, la empresa Enersur S.A. presentó a través de la Carta Nº ENR/663-2011, la solicitud de revisar la distribución de responsabilidad de pago entre los generadores en relación al uso de los SST Chilca – San Juan y Mantaro – Lima, debido a que con el ingreso de la central termoeléctrica Las Flores esta distribución debió variar, agregando también, que en la actualidad esta central viene haciendo uso de las referidas instalaciones de transmisión, sin que haya sido identifi cada en la regulación vigente como responsable de realizar pago alguno, lo que considera, debe corregirse; Que, habiéndose revisado los argumentos presentados por la empresa Enersur S.A., se consideró necesario solicitar información adicional sobre la modifi cación de operación de esta central, al Comité de Operación Económica del Sistema (COES), que es el coordinador de la operación de corto, mediano y largo plazo del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), y a la empresa Duke Energy Egenor S. en C. por A., que es propietaria de la central termoeléctrica Las Flores, solicitud que fue respondida con las cartas COES/D/DO-707-2011 y C- 177-2011, respectivamente; Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 192- 2011-OS/CD, publicado en el diario ofi cial el Peruano el 26 de octubre de 2011, se dispuso dar inicio al procedimiento para la revisión de la asignación de responsabilidades