Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2011 (30/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
GENERADORES RELEVANTES MAY10ABR11 Ventanilla MAY11ABR12 MORDAZA MAY12ABR13 MORDAZA Platanal Restitucion Yaupi Yuncan

454101

ELEMENTO

NOV09ABR10

Aguaytia Cahua MORDAZA Mantaro L.T. Paramonga Nueva - Chimbote (L2216) Restitucion Ventanilla Yaupi Yuncan

Aguaytia Cahua MORDAZA Kallpa Mantaro Platanal Restitucion Ventanilla Yaupi Yuncan

Aguaytia Cahua MORDAZA Kallpa Mantaro MORDAZA Platanal Restitucion Yaupi Yuncan

Aguaytia Cahua MORDAZA Kallpa Mantaro MORDAZA Platanal Restitucion Yaupi Yuncan

" "Cuadro 8.31.- Sistema MORDAZA San MORDAZA ­ MORDAZA
GENERADORES RELEVANTES ELEMENTO NOV09ABR10 MORDAZA L.T. San Juan-Chilca (L2093) Kallpa Platanal MORDAZA L.T. San Juan-Chilca (L2094L2095) Kallpa Platanal MAY10ABR11 MORDAZA Kallpa Platanal MORDAZA Kallpa Platanal MAY11ABR12 MORDAZA Kallpa Platanal MORDAZA MORDAZA Kallpa Platanal MORDAZA MAY12ABR13 MORDAZA Kallpa Platanal MORDAZA MORDAZA Kallpa Platanal MORDAZA

redes del SST, seran reguladas por OSINERGMIN; el Articulo 139º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM, dispone que las compensaciones y las tarifas de transmision a que se refieren los Articulos 44º y 62º de la Ley de Concesiones Electricas, y las compensaciones y tarifas del SCT a que se refiere el Articulo 27º de la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, seran fijadas por OSINERGMIN, de acuerdo a los criterios alli explicitados. OSINERGMIN en cumplimiento de sus funciones fijo las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision (SST) y Sistemas Complementarios de Transmision (SCT), correspondientes al periodo noviembre 2009 - MORDAZA 2013, mediante la Resolucion OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD. Estableciendose en el Articulo 20º de la referida resolucion, que la revision de la distribucion de responsabilidades de pago entre los generadores de las compensaciones de los SST y/o SCT, se realizaran en cada fijacion tarifaria o a solicitud de los interesados, debiendo en este ultimo caso ser sustentado por el solicitante. En este sentido, la empresa Enersur S.A. solicito revisar la distribucion de responsabilidad de pago entre los generadores en relacion al uso de los Sistemas Secundarios de Transmision MORDAZA ­ San MORDAZA y Mantaro ­ MORDAZA debido al ingreso de la central termoelectrica Las MORDAZA, por lo cual se procedio a la revision de la misma, concluyendo que la referida central deber ser incluida como Generador Relevante en algunos Elementos de los Sistemas Secundarios de Transmision, motivo por el cual es necesaria la modificacion de la Resolucion OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD 723082-1

" Articulo 2º.- El COES incluira como Generador Relevante a la central termoelectrica Las MORDAZA en los elementos descritos en el articulo anterior, tanto para las compensaciones mensuales como para la liquidacion anual del periodo MORDAZA 2011 ­ MORDAZA 2012, conforme lo establece su Procedimiento Tecnico PR-35 "Asignacion de Responsabilidad de Pago de los SST y SCT por parte de los Generadores por el Criterio de Uso". Articulo 3º.- Incorporar en la parte final del Articulo 20º de la Resolucion OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD, el siguiente parrafo: "Las solicitudes de los interesados, a que se refiere el parrafo anterior, seran tramitadas dentro del Procedimiento de Fijacion de los Precios en Barra". Articulo 4º.- La presente resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con el Informe Nº 0398-2011-GART en la pagina Web de OSINERGMIN. www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN EXPOSICION DE MOTIVOS La normatividad legal vigente, como la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, determinan la regulacion de precios de las instalaciones de los Sistemas Complementarios de Transmision (SCT) y de los Sistemas Secundarios de Transmision (SST). Dicha regulacion es competencia de OSINERGMIN, tal como lo establece el Articulo 62º de la LCE, en el cual se dispone que las compensaciones y peajes por las

Disponen publicar en la pagina web de OSINERGMIN el proyecto de resolucion que aprueba el MORDAZA Procedimiento Tecnico COES PR-25 "Factores de Indisponibilidad de las Unidades de Generacion"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 212-2011-OS/CD MORDAZA, 28 de noviembre de 2011 VISTOS: La propuesta presentada por el COES, mediante carta COES/D-356-2011, para aprobar el Procedimiento Tecnico COES PR-25 "Factores de Indisponibilidad de las Unidades de Generacion" y la propuesta con la subsanacion de observaciones presentada mediante carta COES/D-478-2011. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar el proyecto de resolucion que aprueba el Procedimiento Tecnico COES PR-25 "Factores de Indisponibilidad de las Unidades de Generacion", para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados, de acuerdo con

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.