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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de julio de 2012 470820 Que, mediante Resolución Ministerial N° 0283- 2006-AG de 5 de abril de 2006, se estableció la Zona Reservada Sierra del Divisor sobre la superfi cie de un millón cuatrocientos setenta y ocho mil trescientas once hectáreas con tres mil novecientos metros cuadrados (1 478 311,39 ha), ubicada en el departamento de Ucayali, distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo; y en el departamento de Loreto, distritos de Vargas Guerra, Pampa Hermosa, Contamana y Padre Márquez, provincia de Ucayali; Maquia, Emilio San Martín, Alto Tapiche, Soplin y Yaquerana, provincia de Requena; en la zona fronteriza con Brasil; Que, de acuerdo a los artículos 6º y 7º de la precitada Resolución Ministerial, se constituyó una Comisión encargada de la formulación de la propuesta de ordenación territorial para la categorización defi nitiva de la Zona Reservada Sierra del Divisor, a la cual se le otorgó un plazo de cuatro (4) meses, contados desde su instalación, para alcanzar la propuesta de categorización correspondiente; Que, por Resolución Ministerial Nº 01546-2006- AG de 27 de diciembre de 2006, se amplió por seis (6) meses adicionales el plazo para que la Comisión encargada de la formulación de la propuesta de ordenación territorial para la categorización defi nitiva de la Zona Reservada Sierra del Divisor, presente la propuesta de categorización; Que, la citada Comisión cumplió con entregar al entonces Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, en abril de 2007, la propuesta de categorización de la Zona Reservada Sierra del Divisor, sin embargo, mediante el documento de visto, sobre la base del Informe Nº 018-2012-SERNANP-DDE/OAJ de 15 de febrero de 2012 y del Informe Nº 214-2012-SERNANP- DDE de 7 de junio de 2012, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Desarrollo Estratégico del SERNANP, respectivamente, se señala que aún existen temas por defi nir respecto a la mencionada propuesta, los mismos que en conjunto deben ser tratados, evaluados y coordinados por el SERNANP; por lo que se solicita la reactivación de la Comisión encargada de la formulación de la propuesta de ordenación territorial para la categorización defi nitiva de la Zona Reservada Sierra del Divisor, constituida por Resolución Ministerial N° 0283-2006-AG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reactivar el funcionamiento de la Comisión encargada de la formulación de la propuesta de ordenación territorial para la categorización defi nitiva de la Zona Reservada Sierra del Divisor, constituida por Resolución Ministerial N° 0283-2006-AG, la misma que estará integrada de acuerdo al siguiente detalle: - Un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP del Ministerio del Ambiente, quien la preside; - Un representante de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre - DGFFS del Ministerio de Agricultura; - Un representante del Gobierno Regional de Ucayali; - Un representante del Gobierno Regional de Loreto; - Un representante del Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA del Ministerio de Cultura; - Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; - Un representante del Ministerio de Energía y Minas; - Un representante de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana - AIDESEP; - Un representante de la Organización Regional de AIDESEP Ucayali - ORAU; - Un representante de la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Oriente - ORPIO; - Un representante de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú - CONAP; - Un representante de la Municipalidad Provincial de Ucayali (Contamana - Loreto); - Un representante de la Fundación Peruana para la Conservación de la Naturaleza - PRONATURALEZA; y, - Un representante de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental - SPDA. Articulo 2°.- La Comisión tendrá las siguientes funciones: 1. Aprobar el cronograma de trabajo de la Comisión. 2. Emitir opinión sobre la propuesta fi nal de categorización de la Zona Reservada Sierra del Divisor. 3. Informar localmente sobre los avances del proceso de categorización Artículo 3º.- La Comisión se instalará dentro de los treinta (30) días siguientes contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial, y deberá alcanzar al SERNANP, en un plazo de cinco (5) meses contados a partir de su instalación, un Informe de las acciones realizadas, así como sus recomendaciones sobre la propuesta fi nal de categorización de la Zona Reservada Sierra del Divisor. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 816133-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2012-MINCETUR/DM Lima, 21 de junio de 2012 Visto, los Memorándum Nºs. 300 y 374-2012- MINCETUR/VMT, de la Viceministra de Turismo. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo– MINCETUR, conjuntamente con la Embajada de Perú en Washington D.C, han organizado el evento “Kaypi Perú” - Art and Cultural Legacy, que se llevará a cabo en el Museo Nacional del Indígena Americano del Instituto Smithsonian, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 23 al 30 de julio de 2012, con el objeto de promover las expresiones culturales y tradiciones peruanas, realizando una exposición de diferentes líneas artesanales peruanas, tales como: joyería, cerámica, trabajos en madera, textiles, fi bra vegetal, imaginería, bordados, entre otras; Que, para tal fi n, el MINCETUR, a través de la Dirección Nacional de Artesanía, se encargará de la promoción de la Marca País, de la selección de los artesanos de Ayacucho, Cusco, Arequipa, Junín, Lima, Loreto, Ucayali, Pasco, Piura y Puno, y de la coordinación de la participación de los mismos, para que demuestren su producción artesanal e interactúen con los visitantes al Museo; Que, por lo expuesto, la Viceministra de Turismo ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrázaga, Directora Nacional de Artesanía y de las señoras Danithza Yahaira Velásquez Turín y Katia María Rachitoff Flórez Estrada, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Turismo, para que participen en el evento antes mencionado, realizando acciones de promoción y brindando asesoría técnica a los participantes peruanos;