Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2012 (19/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2012

Posada Ugaz, Viceministro de Comercio Exterior, a partir del 22 de MORDAZA de 2012 y en tanto dure la ausencia de la titular. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 815194-1

1. Capitan MORDAZA Gibbs FERGUSON. 2. Suboficial de Tercera MORDAZA RUIZ. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el Articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa 816230-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 813-2012 DE/SG MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 574 del 13 de MORDAZA de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 1568-2012-MINDEF/VPD/B/01.a del 17 de MORDAZA de 2012, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, del Equipo de Apoyo da la Informacion Militar (MIST), ingresara a territorio de la Republica, del 19 de MORDAZA de 2012 al 31 de enero de 2013, a fin de brindar apoyo a las Fuerzas Armadas del Peru en temas de informacion; Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 19 de MORDAZA de 2012 al 31 de enero de 2013, a fin de brindar apoyo a las Fuerzas Armadas del Peru en temas de informacion.

Aprueban Escala Transitoria Mensualizada correspondiente al personal civil administrativo de la Unidad Ejecutora 003: Ejercito del Peru, comprendido en el regimen laboral del D. Leg. Nº 276
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 816-2012-DE/SG MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2012 Que, la Quincuagesima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, dispone el financiamiento de hasta S/. 171 807 524,00 (Ciento setenta y un millones ochocientos siete mil quinientos veinticuatro y 00/100 nuevos soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con el objeto de atender de manera anualizada en el ano 2012, la implementacion de medidas que se aprueben por Ley y que se destinen a fijar una escala base para el otorgamiento de los incentivos laborales que el Estado otorga a traves de los Comites de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE); Que, mediante la Ley Nº 29874, se implementan las medidas destinadas a fijar una escala base para el otorgamiento del incentivo laboral que se otorga a traves de los Comites de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE); Que, el articulo 3º de la citada Ley, dispone que las entidades del Sector Publico, comprendidas en su ambito de aplicacion, incorporan al incentivo laboral que se otorga a traves de los Comites de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE), las asignaciones de contenido economico, racionamiento o movilidad, mensual u ocasional, que efectivamente percibe el personal administrativo bajo el regimen laboral del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que ocupa una plaza destinada a funciones administrativas en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), registradas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico MORDAZA del 1 de marzo de 2011; Que, asimismo, el articulo 4º de la Ley Nº 29784, posibilita la aprobacion de escalas transitorias de incentivo laboral, adicionando las entregas economicas detalladas en el referido articulo, luego de incluir los conceptos previstos en el articulo 3º. Dicha escala debe aprobarse en forma conjunta por el Pliego y el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE), a nivel de cada Unidad Ejecutora; Que, mediante Acta Extraordinaria de Sesion de Directorio del Sub Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo de la Unidad Ejecutora: 003: Ejercito del Peru, se acordo aprobar por unanimidad que el monto de incentivo laboral que perciben los trabajadores administrativos a traves del FAE, es de S/. 100.00 (CIEN Y 00/100 nuevos soles) mensuales, lo que servira como base para la elaboracion de la escala transitoria dispuesta por la Ley Nº 29874;

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