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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de noviembre de 2012 478703 facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en ejercicio del cargo jurisdiccional. Para el caso de designaciones de Jueces Provisionales o Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, éstas se realizaran en base a la normatividad administrativa pertinente, bajo un estricto análisis de los perfi les de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la Judicatura, para lo cual se tienen en consideración su capacidad e idoneidad, además de lo previsto en el artículo 2° de la Ley de la Carrera Judicial N° 29277, y los requisitos exigidos por Ley. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al abogado OSWALDO FRANK HUANILO PÉREZ, personal adscrito a esta Corte Superior de Justicia de Lima Sur, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia de Villa El Salvador, del 15 al 29 de noviembre de 2012, debiendo retornar a su dependencia de origen una vez concluida su designación. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Sur, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de esta Corte Superior de Justicia y Magistrados interesados, para los fi nes pertinentes.. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO CARTOLIN PASTOR Presidente Corte Superior de Justicia de Lima Sur 866421-1 ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de título profesional de ingeniero civil otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1691 Lima, 7 de noviembre de 2012 Visto el expediente STDUNI: 2012-50984 presentado por el señor Roberto Mejía Caballero, quien solicita duplicado de su diploma del Título Profesional de Ingeniero Civil; CONSIDERANDO: Que, el señor Roberto Mejía Caballero, identifi cado con DNI Nº 07273022, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Título Profesional de Ingeniero Civil, por pérdida de dicho documento, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad, mediante informe de fecha 10-10-2012 precisa que el diploma del señor Roberto Mejía Caballero se encuentra registrado en el Libro de Títulos Profesionales Nº 13, página 111, con el número 9359; teniéndose en cuenta el Ofi cio Nº 976- 2012-1er. VR, de fecha 30 de octubre del 2012, del Primer Vicerrector, y la recomendación de la Comisión Académica y de Investigación en su sesión Nº 46-2012 realizada el 29-10-2012; y Que el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Nº 35 del 31 de octubre del 2012 acordó aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Título Profesional de Ingeniero Civil del señor Roberto Mejía Caballero; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso c), artículo número 52º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del Título Profesional de Ingeniero Civil del señor ROBERTO MEJÍA CABALLERO, otorgado el 27 de setiembre del 1979, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO M. PADILLA RÍOS Rector 865523-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Distrital de Chucuito, provincia y departamento de Puno RESOLUCIÓN Nº 951-2012-JNE Expediente Nº J-2012-1170 Lima, veintidós de octubre de dos mil doce. VISTO en audiencia pública de fecha 20 de setiembre de 2012, el recurso de apelación interpuesto por Estanislao Cruz Chambi contra el Acuerdo de Concejo Nº 006-2012- CMDCH/P, que declaró infundada la solicitud de vacancia de Inés Teodocia Cruz Cruz, Rodolfo Cahuana Quispe y Heracleo Albino Flores Durán, del cargo de regidores de la Municipalidad Distrital de Chucuito, provincia y departamento de Puno, por incurrir en la causal prevista en los artículos 11 y 22, inciso 9, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Con fecha 30 de julio de 2012, Pedro Pascual Condori solicita la vacancia de los regidores Inés Teodocia Cruz Cruz, Rodolfo Cahuana Quispe y Heracleo Albino Flores Durán por las siguientes consideraciones: í La regidora Inés Teodocia Cruz Cruz ha percibido dietas en el mes de octubre de 2011, a pesar de no haber asistido a las dos sesiones ordinarias realizadas el 18 y 25 de octubre. í La decisión de efectuar el pago de las dietas fue acordado en la sesión de concejo del 17 de noviembre de 2011, en la que participó la propia regidora. í Los regidores que votaron en dicha sesión, ya sea a favor o en contra, han ejercido funciones administrativas, pues la decisión le compete a la administración municipal y no al cuerpo de regidores. Al hacerlo, aunque tanto por quienes votaron a favor (Rodolfo Cahuana Quispe e Inés Teodocia Cruz Cruz), como en contra (Heracleo Albino Flores Durán) han infringido el artículo 11. Lo correcto hubiera sido abstenerse, tal como lo hicieron otros dos regidores. í Respecto a la infracción al artículo 63, se confi gura solo en la persona de Inés Teodocia Cruz Cruz, quien percibió indebidamente las dietas por sesiones de concejo a las que no asistió.