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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (15/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de noviembre de 2012 478699 en circulación de USD $ 15 000 000,00 (Quince Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y se registró el prospecto complementario correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, respecto de los valores denominados “Primera Emisión del Cuarto Programa de Papeles Comerciales Palmas del Espino”, se ha verifi cado la cancelación total de las obligaciones derivadas de dichas emisiones; Que, respecto de los valores denominados “Primera Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos Palmas del Espino”, “Tercera Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos Palmas del Espino”, “Cuarta Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos Palmas del Espino” “Sexta Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos Palmas del Espino” y “Tercera Emisión del Tercer Programa de Instrumentos de Corto Plazo”, se ha verifi cado el cese del interés público del valor, por haber expirado el plazo de colocación sin que hayan sido colocados; Que, de conformidad con la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV Nº 031-2012-SMV/01 que entró en vigencia el día 24 de octubre de 2012 se ha establecido que las solicitudes de inscripción y exclusión de un valor nacional o extranjero que se encuentren en trámite en la SMV a la entrada en vigencia del presente Reglamento, se evaluarán conforme a las normas vigentes a la fecha de su presentación; Que, el artículo 37º, inciso b), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modifi catorias; y, por aplicación de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV Nº 031-2012-SMV/01, el artículo 27º, incisos b) y d), del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución CONASEV Nº 125-98-EF/94.10 y sus normas modifi catorias, establecen que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores tiene lugar por resolución fundamentada de la Superintendencia del Mercado de Valores cuando opere la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; o cuando opere el cese del interés público sobre el valor; Que, de otro lado, el artículo 38º de la Ley del Mercado de Valores y el artículo 32º del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONASEV Nº 009- 2006-EF/94.10, disponen que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una oferta pública de compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando precedente, la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores materia de la solicitud a que se contrae la presente Resolución, se encuentra dentro de la causal de excepción para la realización de una Oferta Pública de Compra, contemplada por el artículo 37º, inciso a), del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONASEV Nº 009-2006- EF/94.10; Que, el artículo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución Nº 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el artículo 52º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 0079-1997-EF/94.10, vigente a la presentación de la solicitud de exclusión y por el artículo 46º, numeral 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores. RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor de la exclusión del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima de los valores denominados “Primera Emisión del Cuarto Programa de Papeles Comerciales Palmas del Espino”; así como de los valores denominados “Primera Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos Palmas del Espino”, “Tercera Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos Palmas del Espino”, “Cuarta Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos Palmas del Espino” “Sexta Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos Palmas del Espino” y “Tercera Emisión del Tercer Programa de Instrumentos de Corto Plazo” de Palmas del Espino S.A. Artículo 2º.- Disponer la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores señalados en el artículo anterior. Artículo 3º.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Palmas del Espino S.A. en su calidad de Emisor; a la Bolsa de Valores de Lima S.A., y; a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. Alix Godos Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas 860550-1 ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Acuerdos adoptados sobre Directores de empresas en las que FONAFE participa como accionista ACUERDO DE DIRECTORIO N° 005-2012/024-FONAFE De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24° del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2000-EF y normas modifi catorias, la designación de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de esta Empresa. Se comunica que mediante Acuerdo de Directorio N° 005-2012/024-FONAFE, correspondiente a la sesión instalada, con fecha 30 de Octubre de 2012, se aprobó lo siguiente: Designar como Miembro de Directorio, a la persona que se señala a continuación: NOMBRE CARGO EMPRESA SECTOR QUE PROPONE ALFONSO TOLMOS LEON DIRECTOR COFIDE MEF TITTO ALMORA AYONA Director Ejecutivo 866753-1