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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2013 (27/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 70

El Peruano Sábado 27 de julio de 2013 500208 En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 4525-2013, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013 N° SBS-DIR- ADM-085-16, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Roxana Buendía Benavides, Analista Principal de Inclusión Financiera I del Departamento de Educación e Inclusión Financiera de la Gerencia de Productos y Servicios al Usuario de la SBS, del 03 al 09 de agosto de 2013 a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue la citada funcionaria en cumplimiento de la presente autorización para participar en el referido evento, por concepto de pasajes aéreos, alojamiento y alimentación, serán cubiertos por la Ofi cina de Asistencia Técnica del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América (OTA), en tanto los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos complementarios US$ 387.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i) 967409-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Carabayllo (PMRS) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 285/MDC Carabayllo, 19 de julio del 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CARABAYLLO. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen 006-2013-CSSYS/MDC de los integrantes de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Saneamiento, Salubridad y Salud respecto de todos los actuados que contienen el documento fi nal del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Carabayllo; el Informe Nº 208-2013-GSCMA/MDC de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, e Informes Nº 203, 204 y 205-2013-SGMA-GSCMA/MDC de la Sub Gerencia de Medio Ambiente, relacionados al Propuesta de Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Carabayllo; y el Informe Nº 167- 2013-GAJ/MDC de la Gerente de Asesoría; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, los numerales 3.1) y 3.2) del Articulo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala como funciones especifi cas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza publica, determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; asimismo, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales; Que, mediante Ley Nº 27314, se aprobó la Ley General de Residuos Sólidos y su modifi catoria al Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su Artículo 10º preceptúa que Las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos, en todo el ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante D.S. 057 -2004- PCM, precisa en el Artículo 23 que las municipalidades distritales formulan sus Planes sobre el Manejo de Residuos Sólidos, con participación de la ciudadanía, en coordinación con el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y demás autoridades competentes previstas en la Ley. Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) para el Distrito de Carabayllo, ha sido elaborado por la Municipalidad Distrital de Carabayllo por el Equipo Técnico Municipal de la Sub Gerencia de Medio Ambiente órgano de línea de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición fi nal, asegurando una efi ciente y efi caz prestación de los servicios y actividades. Que, mediante los Informes Nº 180, 203, 204 y 205- 2013-SGMA-GSCMA/MDC, la Sub Gerencia de Medio Ambiente, formula, presenta el Informe Técnico y remite el Proyecto de Ordenanza del nuevo Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Carabayllo, el cual sustenta el cumplimiento de metas establecidas en el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2013 acorde al Decreto Supremo Nº 002 – 2013 EF. Que, según el Informe Nº 167-2013-GAJ/MDC de la Gerente de Asesoría, en aplicación de los fundamentos de orden factico y jurídicos esbozados emite opinión favorable por la aprobación del Proyecto de Ordenanza que la Municipalidad de Distrital de Carabayllo y su equipo técnico ambiental, han elaborado respecto del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Carabayllo, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición fi nal, asegurando una efi ciente y efi caz prestación de los servicios y actividades. De conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, inciso 8), Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: