Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2013 (04/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Sabado 4 de MORDAZA de 2013

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del Sector Justicia, tiene por objeto dictar las politicas tecnico administrativas de los Registros Publicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional, en el MORDAZA de un MORDAZA de simplificacion, integracion y modernizacion de los Registros; Que, para cumplir adecuadamente su rol y funciones, debe estar correctamente organizado y debidamente dotado de los instrumentos legales, y de otro orden, que resulten necesarios para permitir el desarrollo de un sistema agil, seguro, de costos razonables y acorde con el desarrollo economico; Que, es politica de la SUNARP, ser una organizacion eficiente y transparente en su gestion, que incentive el desarrollo de la actividad economica del MORDAZA, de tal modo que constituya un modelo de organizacion y gestion en el sector publico nacional; Que, el Registro de Predios, al ser uno de los principales instrumentos de oponibilidad de derechos sobre inmuebles, tiene una MORDAZA importancia para el desarrollo del MORDAZA peruano y la capitalizacion de la riqueza en nuestro MORDAZA, siendo que con la expedicion de una nueva reglamentacion de los actos inscribibles en el Registro de Predios, no solo se modifican criterios de calificacion aplicables al citado registro, sino que se dan pautas y lineamientos que los agentes economicos deberan conocer y observar, al efectuar sus inversiones en los distintos negocios vinculados con el sector inmobiliario; Que, se ha previsto, entre otros, regular la inscripcion en merito a decisiones arbitrales, compatibilizando las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1071, que ha reiterado el caracter jurisdiccional de las actuaciones arbitrales; no obstante se esta otorgando mayores elementos de seguridad, para efectos de evitar las inscripcion de laudos arbitrales con un origen fraudulento; Que, asimismo, se estan realizando las adecuaciones, a fin de compatibilizar el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios con las disposiciones contenidas en la Ley N° 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado y su vinculacion con el Registro de Predios y su Reglamento y demas disposiciones complementarias referidas al Codigo Unico Catastral; Que, a su vez, se esta posibilitando la anotacion preventiva del proyecto de habilitacion MORDAZA aprobado por silencio positivo, compatibilizando las disposiciones de nuestra reglamentacion con la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo; Que, asimismo, se han realizado las precisiones necesarias, a fin de adecuar las nuevas disposiciones en materia de habilitaciones urbanas ejecutadas y habilitaciones urbanas de oficio; Que, se han realizado las adecuaciones en materia de subdivision e independizaciones de acuerdo con las nuevas disposiciones del Reglamento de Licencias de Habilitacion Urbana; Que, a fin de agilizar los procesos de inscripcion, se ha previsto la MORDAZA de informacion digital de la memoria descriptiva en varios actos registrales, lo cual sera de aplicacion progresiva, coadyuvando en la disminucion en los tiempos de calificacion de diversos actos registrales, contribuyendo a su vez en la disminucion de los errores materiales en los asientos de inscripcion; Que, asimismo, se han realizado precisiones y unificado criterios en la forma de extension de los asientos registrales de inmatriculacion de predios de las Comunidades Nativas; Que, a su vez se han establecido los requisitos necesarios para inscribir la transferencia de cuotas ideales; Que, asimismo, se han efectuado precisiones necesarias en el caso de acumulacion de predios afectados con garantias reales o medidas cautelares; Que, se han realizado precisiones a los requisitos para extender los asientos de inscripcion de jurisdiccion, evitando el uso indebido e indiscrimidado del mismo, entre otras modificaciones; Que, mediante Acta N° 292 del Directorio de la SUNARP, correspondiente a la sesion de fecha 15 de MORDAZA

Relaciones Publicas y el Informe Nº 213-2013-SUNARP/ GL, elaborado por la Gerencia Legal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 10º de la Ley Nº 26366, Ley de Creacion del Sistema Nacional de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos establece que la SUNARP es el ente rector de los Registros Publicos del MORDAZA, integrando bajo su competencia a todos los registros existentes; Que, de conformidad con el MORDAZA parrafo del articulo 5º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, los organos que componen la SUNARP se identificaran por un unico logotipo institucional; Que, el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0142012-JUS dispone que en el caso de publicacion de normas legales de caracter general que tengan anexos conteniendo graficos, formatos, formularios, se publicaran dichos anexos en el MORDAZA Electronico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, en tal contexto, mediante Resolucion N° 024-2013SUNARP/SN se aprobo el MORDAZA logotipo que identifica a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, asi como a los Organos Desconcentrados bajo su alcance; Que, en atencion a lo dispuesto en la citada resolucion, la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Publicas de la SUNARP ha elaborado un proyecto de Directiva que regula el uso y aplicacion del logotipo institucional y otros elementos de la imagen institucional y corporativa; Que, siendo asi, resulta necesaria aprobar la Directiva que establecera los lineamientos para la Proyeccion de una Imagen Institucional y Corporativa Homogenea de los Registros Publicos en el ambito nacional, con el objeto de gestionar la nueva MORDAZA SUNARP como un activo estrategico, alineado con la estrategia del servicio que brinda la Institucion para generar valor de MORDAZA de una manera planificada; De conformidad con el literal v), del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 04-2013SUNARP/SN, que establece los "Lineamientos para la Proyeccion de una Imagen Institucional y Corporativa Homogenea de los Registros Publicos en el Ambito Nacional a traves de la Aplicacion adecuada del Logotipo Institucional", la misma que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Publicas de la SUNARP vele por el cumplimiento y aplicacion de la presente resolucion en los distintos organos desconcentrados de la SUNARP. Articulo Tercero.- Disponer que el anexo de la presente Directiva sea publicada en la pagina Web de la SUNARP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos SUNARP 933016-3

Aprueban Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 097-2013-SUNARP/SN MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2013 Vistos, el Informe Tecnico N° 016-2013-SUNARP-GR de la Gerencia Registral de la Sede Central; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, Organismo Tecnico Especializado

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