Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2013 (04/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Sabado 4 de MORDAZA de 2013

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se aprueba en el MORDAZA Institucional (www.cofopri.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Articulo Tercero.- Notificar la presente Resolucion a los organos estructurados del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Registrese, comuniquese y publiquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo 932786-1

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Modifican el formato de "Notificacion de Oferta de Venta" aprobado por R.D. Nº 220-2012-COFOPRI/DE
RESOLUCION DIRECTORAL N° 043-2013-COFOPRI/DE MORDAZA, 02 de MORDAZA de 2013 VISTO: El Informe Nº 019-2013-COFOPRI/DND de fecha 18 de MORDAZA de 2013, emitido por la Direccion de Normalizacion y Desarrollo de COFOPRI, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 220-2012COFOPRI/DE de fecha 20 de diciembre de 2012, se aprobo, entre otros, el formato de "Notificacion de Oferta de Venta", que como anexo c forma parte integrante de la citada Resolucion, el mismo que sera utilizado en el procedimiento de formalizacion a titulo oneroso en areas de propiedad del Estado, regulado en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, modificado por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 020-2012VIVIENDA; Que, con el documento de visto, la Direccion de Normalizacion y Desarrollo, sustenta la necesidad de modificar el formato de "Notificacion de Oferta de Venta", que como anexo c, fue aprobado por la Resolucion Directoral a que se refiere el considerando precedente, con la finalidad de incluir en dicho formato, el costo de la formalizacion que deben asumir los beneficiarios de la titulacion onerosa de los predios que son materia del procedimiento de formalizacion y titulacion en areas de propiedad del Estado, establecido en el Capitulo I, Titulo II del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA; Que, en ese orden de ideas, la Direccion de Normalizacion y Desarrollo, remite el proyecto de formato de "Notificacion de Oferta de Venta" que modifica aquel que fue aprobado por Resolucion Directoral Nº 220-2012COFOPRI/DE, para su aprobacion; Que, teniendo en cuenta, que COFOPRI se encuentra facultado para aprobar las directivas y formatos que MORDAZA necesarios para la ejecucion de los procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, de conformidad a lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria Final del citado Decreto Supremo, resulta necesario modificar el formato de "Notificacion de Oferta de Venta", que como anexo c, fue aprobado por Resolucion Directoral Nº 220-2012-COFOPRI/DE, para una mejor aplicacion del procedimiento a que se refiere el primer considerando de la presente Resolucion; Con el visado de la Secretaria General, y de las Direcciones de Formalizacion Individual y, Normalizacion y Desarrollo, asi como de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el formato de "Notificacion de Oferta de Venta" que como anexo C, fue aprobado por la Resolucion Directoral Nº 220-2012-COFOPRI/ DE, el mismo que sera utilizado en el procedimiento de formalizacion a titulo oneroso en areas de propiedad del Estado, regulado en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 007-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 020-2012-VIVIENDA. Articulo Segundo.- Publicar el texto de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y el anexo que

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban Transferencia del Fondo Intangible Solidario de Salud FISSAL para las Unidades Ejecutoras, correspondiente al mes de MORDAZA de 2013
RESOLUCION JEFATURAL Nº 086-2013/SIS MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio Nº 0088-2013-SIS-FISSAL/J del Fondo Intangible Solidario de Salud, sobre la Programacion de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios relacionados al Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atencion que brindaron los establecimientos de salud a los beneficiarios del Seguro Integral de Salud, el Informe N° 015-2013/SIS-FISSALPLANEAMIENTO del Responsable de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL y el Proveido Nº 259-2013-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11° de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2012, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que estan consideradas el Seguro Integral de Salud; aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante el articulo 10º de la Ley Nº 29761, Ley de Financiamiento Publico de los Regimenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Unidad Ejecutora: Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL, con la finalidad de financiar la atencion de las enfermedades de alto costo de atencion, asi como la atencion de salud de las personas con enfermedades raras o huerfanas establecidas en la Ley Nº 29698; Que, mediante el articulo 21º de la Ley Nº 29344 Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, se establece que las enfermedades de alto costo de atencion que no estan incluidas en el PEAS, pueden ser financiadas para la poblacion bajo los regimenes subsidiado y semicontributivo con el Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL y que el listado de las enfermedades que seran aseguradas, deberan ser definidas previamente por el Ministerio de Salud; Que, a traves del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 325-2012/MINSA, se aprueba el Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atencion y mediante su articulo 2º se dispone que los gastos generados por la atencion de las enfermedades de alto costo MORDAZA financiadas por la Unidad Ejecutora 002 del SIS: 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario

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