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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2013 (04/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 65

El Peruano Sábado 4 de mayo de 2013 494195 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aceptan renuncia de Subdirector de Supervisión a Entidades del OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 049-2013-OEFA/PCD Lima, 2 de mayo de 2013 VISTO: El escrito de renuncia presentado por el abogado WALTER RICARDO GÓMEZ HIDALGO, Subdirector de Supervisión a Entidades del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, y; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 122-2012-OEFA/PCD del 23 de noviembre de 2012 se designó al abogado WALTER RICARDO GÓMEZ HIDALGO en el cargo de Subdirector de Supervisión a Entidades del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, mediante el documento del Visto el citado funcionario ha formulado renuncia al referido cargo, por lo que resulta necesario emitir el acto de administración que formalice su aceptación; Contando con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y en uso de la atribución conferida por el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado WALTER RICARDO GÓMEZ HIDALGO al cargo de Subdirector de Supervisión a Entidades del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con efectividad al 03 de mayo de 2013, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Entidad. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 932706-1 Dan por concluido encargo de funciones de Directora de la Dirección de Evaluación del OEFA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 052-2013-OEFA/PCD Lima, 3 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 030-2013-OEFA/PCD se le encargó a la abogada CARMEN ROSA ROMERO GALLEGOS, en adición a sus labores y hasta que se designe al titular, las funciones de Directora de la Dirección de Evaluación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Contando con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la atribución conferida por el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido el encargo de funciones de Directora de la Dirección de Evaluación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ejercido por la abogada CARMEN ROSA ROMERO GALLEGOS, agradeciéndosele los servicios prestados a la Entidad. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 932934-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Autorizan difusión del Proyecto de modificación del Reglamento del Mercado Alternativo de Valores RESOLUCIÓN SMV Nº 009-2013-SMV/01 Lima, 30 de abril de 2013 VISTOS: El Expediente Nº 2012033784, el Memorándum Conjunto Nº 1022-2013-SMV/06/11/12 del 23 de abril de 2013, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el Proyecto de Modifi cación del Reglamento del Mercado Alternativo de Valores – MAV; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modifi cado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley Nº 29782, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, asimismo, de acuerdo con el literal b) del artículo 5º de la precitada norma, el Directorio de la SMV tiene por atribución aprobar la normativa del mercado de valores, así como a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión, incluidas las empresas que deseen efectuar una oferta pública primaria de valores; Que, mediante Resolución SMV Nº 025-2012-SMV/01 se aprobó el Reglamento del Mercado Alternativo de Valores, en el cual se establecen requisitos, obligaciones y requerimientos de información más fl exibles que aquellos que resultan exigibles en el régimen general, para aquellas empresas cuyos ingresos no excedan de los montos que establece el Reglamento ni cuenten con valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, con el objetivo de promover el ingreso de empresas al MAV, permitiendo que las mismas obtengan fi nanciamiento a través de la emisión por oferta pública primaria de instrumentos de corto plazo que cuenten con garantías específi cas adicionales a la garantía genérica de su patrimonio, se propone modifi car el numeral 5.1 del artículo 5º y el numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento del Mercado Alternativo de Valores; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1º y el literal b) del artículo 5º la Ley Orgánica de la SMV, aprobada por Decreto Ley Nº 26126 y modifi cada por la Ley Nº 29782;