Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2013 (04/05/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 76

494206
registral debera presentar la declaracion jurada con firma certificada por notario o fedatario de la Oficina Registral senalando el MORDAZA numero de motor, asi como la MORDAZA certificada por notario del documento que acredite su adquisicion. Articulo 31.Busquedas previas a la inmatriculacion El Registrador, dentro de la funcion de calificacion registral, verificara en el sistema informatico que: a) No MORDAZA inmatriculacion del mismo bien mueble, incluso en otra Oficina Registral, efectuando la busqueda nacional a traves de la red interconectada. b) La concesion minera o de beneficio, o el contrato de cesion o explotacion, cuando corresponda, se encuentre inscrito y vigente en el Registro de Derechos Mineros a cargo de la SUNARP. c) El bien mueble no MORDAZA sido objeto de garantia u otra afectacion en el Registro Mobiliario de Contratos; de lo contrario, se realizara el traslado a que se refiere el articulo 44 del presente reglamento. Articulo 32.- El titular en la inmatriculacion y acreditacion del derecho del ultimo adquirente 32.1. Si el importador hubiere transferido la propiedad sobre el bien mueble MORDAZA de solicitar su inscripcion, la inmatriculacion se extendera a favor de quien acredite ser el ultimo adquirente. 32.2. En el caso previsto en el parrafo precedente, ademas de lo establecido en el articulo 21 del presente reglamento, el ultimo adquirente debera presentar los documentos que acrediten la propiedad de acuerdo a las siguientes reglas: a) Cuando el bien mueble ha sido adquirido de una empresa distribuidora o comercializadora de dicho bien, mediante la MORDAZA de los correspondientes comprobantes de pago por dicha adquisicion conteniendo la MORDAZA de cancelacion, de ser el caso, o instrumento publico. Cuando se trate de empresas unipersonales, en el instrumento publico sera necesario la intervencion de ambos conyuges, de ser el caso. b) Cuando el bien mueble ha sido adquirido de un particular que no cuenta con los comprobantes de pago de la adquisicion, mediante la MORDAZA del correspondiente instrumento publico. c) Cuando se trate de remate del bien mueble sujeto al regimen de almacenes generales de deposito, mediante la MORDAZA del certificado de deposito y/o warrant segun corresponda, acta de remate y poliza de adjudicacion expedida por el martillero publico, asi como el acta de entrega en el que se describa en forma completa las caracteristicas registrables del bien rematado. 32.3. La inmatriculacion del bien mueble constituye un solo acto inscribible para efecto del cobro de los derechos registrales correspondiente a la inscripcion del bien a favor del ultimo adquirente. 32.3. Las enajenaciones ininterrumpidas anteriores a la del ultimo adquirente que hubieren ocurrido MORDAZA de la inmatriculacion, no constituyen actos inscribibles independientes. Articulo 33.- Contenido del asiento de inmatriculacion 33.1. El asiento de inscripcion, adicionalmente a lo previsto en el articulo 50 del TUO del Reglamento General de los Registros Publicos, debe contener la siguiente informacion: a) Las caracteristicas del bien: MORDAZA de bien o maquinaria, numero de serie, marca. b) El nombre, la denominacion o razon social del propietario del bien. c) El Codigo alfanumerico. 33.2. Asimismo, el registrador indicara el numero de motor, ano de fabricacion, modelo y otras caracteristicas adicionales, solo cuando consten en el titulo. Articulo 34.- Calificacion de actos traslativos de propiedad La transferencia de propiedad del bien mueble por acto entre vivos se inscribe en merito al instrumento publico que acredite la adquisicion con las siguientes reglas:

El Peruano Sabado 4 de MORDAZA de 2013

a) Se presume que una vez presentada la solicitud de inscripcion del titulo se ha hecho la tradicion del bien mueble, salvo que en el contenido del mismo se desprenda lo contrario. En este ultimo caso, no podra inscribirse el titulo y el Registrador debera observarlo a fin de que mediante otro instrumento las partes declaren que se ha hecho tradicion del bien mueble. No obstante, si del contrato se desprende que el bien mueble se encuentra en posesion del adquiriente o de un tercero, la tradicion se considerara efectuada, en aplicacion del articulo 902 del Codigo Civil. b) En el caso que exista pacto de reserva de propiedad en el contrato de compraventa, solo debera registrarse la correspondiente afectacion. Una vez cancelado el precio de venta, se procedera a transferir el bien mueble al MORDAZA titular. c) En el caso de transferencia de acciones y derechos del bien mueble, debera de indicarse la cuota ideal respecto a la totalidad del bien que es objeto de enajenacion, circunstancia que debe de precisarse en el titulo respectivo. d) Se puede registrar la trasferencia de propiedad como consecuencia de la ejecucion de una clausula resolutoria expresa mediante la declaracion unilateral de la parte que goza del derecho de resolver el contrato a que se refieren los articulos 1429 y 1430 del Codigo Civil. Para la calificacion del supuesto previsto en el articulo 1429 del Codigo Civil, debera adjuntarse la carta notarial que indique la prestacion incumplida cursada al propietario en el sentido que quiere valerse de la clausula resolutoria, y la declaracion jurada con firma legalizada una vez transcurrido los quince (15) dias a que se refiere el articulo MORDAZA senalado, indicando que el deudor no ha cumplido con la prestacion debida en dicho plazo y que no ha sido emplazado judicialmente. Para la calificacion del supuesto previsto en el articulo 1430 del Codigo Civil, solamente se requerira la carta notarial que indique la prestacion incumplida cursada al propietario en el sentido que quiere valerse de la clausula resolutoria. e) Cuando se realice una transferencia por donacion, en el asiento de inscripcion constaran el valor del bien mueble y las cargas que ha de satisfacer el donatario, de ser el caso. Si se solicita registrar un anticipo de legitima, debe acreditarse la condicion de heredero forzoso, mediante la MORDAZA certificada de la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil respectivo, MORDAZA legalizada notarialmente o inserta en el instrumento publico respectivo. f) La inscripcion de la transferencia del bien mueble a favor de una sociedad, como consecuencia de un aporte, se efectuara presentandose los correspondientes partes notariales de constitucion de la sociedad, aumento de capital o pago de capital, en su caso. Articulo 35.- Calificacion de transmision de propiedad por sucesion La transmision de propiedad del bien mueble por sucesion se realizara con posterioridad a la inscripcion de la sucesion en el registro correspondiente del Registro de Personas Naturales, en merito al respectivo asiento de inscripcion, y de ser el caso, del titulo que dio merito para su extension. Articulo 36.- Calificacion de la transferencia por fenecimiento de la sociedad de gananciales 36.1. La inscripcion de propiedad a favor de uno de los conyuges por fenecimiento de la sociedad de gananciales se inscribira en merito al instrumento publico que contiene la liquidacion del patrimonio de la sociedad y la adjudicacion del bien o, en su caso, la respectiva division y particion. 36.2. Para la inscripcion a que se refiere el parrafo anterior debe verificarse que se MORDAZA inscrito previamente el fenecimiento de la sociedad de gananciales en el Registro de Personas Naturales que corresponda. Articulo 37.- Calificacion de mandato judicial El Registrador, dentro de la funcion de calificacion registral, debera realizar las actuaciones senaladas en la Directiva N° 002-2012-SUNARP/SA, Procedimiento para que los Registradores Publicos soliciten aclaraciones a los Magistrados del Poder Judicial en cumplimiento de los dispuesto en el articulo 2011 del Codigo Civil.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.