Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2014 (17/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA 17 de agosto de 2014

530207
Interno de Trabajo de Poder Judicial, e inobservando los principios establecidos en los articulos I y IV del Titulo Preliminar de la Ley de la MORDAZA Judicial y en el articulo cinco, numeral uno, de la Ley de Justicia de Paz, habiendo incurrido en falta muy grave prevista en el numeral nueve del articulo cuarenta y ocho de la Ley de la MORDAZA Judicial y en el articulo cincuenta, numeral ocho, de la Ley de Justicia de Paz. Sexto. Que, en tal sentido, para los efectos de la imposicion de la sancion correspondiente, conforme lo dispuesto en el numeral tres del articulo cincuenta y uno de la Ley de la MORDAZA Judicial, las faltas muy graves, como el presente caso, se sancionan con suspension, con una duracion minima de cuatro meses y MORDAZA de seis meses, o con destitucion. Por otro lado, el articulo cincuenta y cuatro de la Ley de Justicia de Paz establece que la destitucion se impone en caso de la comision de faltas muy graves; en consecuencia, la inconducta funcional atribuida al quejado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez del Juzgado de Paz del Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA, merece la imposicion de la medida disciplinaria de destitucion. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 256-2014 de la decima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores Almenara MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor De MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo ochenta y dos del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor Lecaros Cornejo. Preside el Colegiado el senor Almenara MORDAZA por licencia concedida al senor MORDAZA Ramirez. Por unanimidad, SE RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su desempeno como Juez del Juzgado de Paz del Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Distrito de MORDAZA MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Inscribiendose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA ALMENARA MORDAZA Presidente (e) 1124568-4

y en contubernio con el quejoso establecio una relacion extraprocesal, afectando su independencia e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones como juez de paz; proponiendose como se ha indicado su destitucion. Por otro lado, se advierte tambien de los presentes actuados administrativos, que el quejado fue debidamente emplazado, efectuando su descargo que obra a fojas sesenta y cuatro, sosteniendo que el quejoso no dice la verdad con relacion a la inspeccion ocular que le solicito y a la MORDAZA de posesion que le expidio, pues esta fue otorgada en merito de una minuta de compra venta, celebrada con el doctor MORDAZA Hualla MORDAZA, quien dijo ser el liquidador de la Cooperativa MORDAZA de Lima; agregando que el quejoso no lo deja trabajar y lo hostiga, por lo que para evitar ello acepto devolver la suma de mil trescientos nuevos soles, en partes, pero que se atraso unos dias lo que no fue del agrado del quejoso, quien es una persona peligrosa, que graba las conversaciones; y, finalmente, el quejado senala que no es hacendado ni cuidador de los terrenos abandonados. Cuarto. Que no obstante lo referido por ambos, de las pruebas aportadas se ha podido establecer: a) Que a fojas catorce, obra la MORDAZA de posesion expedida por el juez de paz quejado, de fecha veintiseis de febrero de dos mil diez, en la cual se consigna que el quejoso MORDAZA Gliserio MORDAZA MORDAZA se encontraba en posesion del terreno ubicado en el lote dieciseis, manzana K, de la Lotizacion MORDAZA de la Ensenada de Chillon, MORDAZA MORDAZA, desde el veintidos de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, lo que acredito con la minuta de compra venta de fojas diez, y de la que se aprecia que la persona de MORDAZA MORDAZA Hualla MORDAZA vendio al quejoso el citado bien inmueble en esa fecha. Sin embargo, se advierte de la mencionada MORDAZA de posesion que fue expedida con la sola MORDAZA de la anotada minuta de compra venta, sin concurrir al terreno a realizar la verificacion correspondiente como era su deber; circunstancia que el quejado ha reconocido en su descargo de fojas sesenta y cuatro, lo que constituye acto irregular, tanto mas si conforme se aprecia del Acta de Inspeccion Predial realizada por la Sub Gerencia de Catastro y Planeamiento MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA con fecha veintiuno de MORDAZA de dos mil, de fojas quince, no se ha consignado al quejoso como posesionario; por el contrario, en el rubro observacion se dejo MORDAZA que durante la inspeccion se acerco la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA para senalar que la propietaria de dicho predio era la senora MORDAZA MORDAZA Balcazar Saldana; y, b) Que a fojas ochenta y siete, obra el Acta de Diligencia de Visualizacion de Video con Audio, de cuyo contenido se desprende la relacion extraprocesal del juez de paz investigado y el quejoso, respecto al incumplimiento del acuerdo de devolucion del dinero entregado al primero de los nombrados, por la transferencia del predio mencionado, lo que guarda relacion con la propia declaracion del quejado, de fojas noventa y tres, quien ante la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, reconocio que el treinta de MORDAZA de dos mil once firmaron un convenio de devolucion de la suma de mil trescientos nuevos soles, como consta de fojas cuarenta y nueve, y que si bien senalo que dicho concepto era para resarcir los gastos que le genero al quejoso el tramite para adquirir el terreno en cuestion, agrego que no le cancelo el saldo al quejoso, porque este no le hizo llegar el desistimiento de la queja que habia presentado. Quinto. Que, estando a lo expuesto, resulta incoherente que el citado juez de paz devuelva la suma de ochocientos nuevos soles para que el quejoso lo deje trabajar, como afirma en su declaracion de fojas noventa y tres; asi como en su descargo de fojas sesenta y cuatro; y, si bien no se MORDAZA que el juez de paz cuestionado emitio las minutas presentadas por el quejoso, si se ha determinado que aquel se aprovecho de su cargo para obtener un beneficio economico, al expedir una MORDAZA de posesion para fines distintos a los previstos en la ley, mas aun establecio una relacion extraprocesal, afectando de esa forma su independencia e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones, infringiendo su deber establecido en el articulo cuarenta y uno, inciso b), del Reglamento

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1015-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00985 HUAMANGA - MORDAZA MORDAZA, treintiuno de MORDAZA de dos mil catorce VISTO el Oficio Nº 172-2014-MPH/SG, presentado el 18 de MORDAZA de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ambia, secretario general de la Municipalidad Provincial de Huamanga, departamento de MORDAZA, comunicando la

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