Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2014 (17/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA 17 de agosto de 2014

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6. Ahora bien, del analisis de los medios probatorios presentados en la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos y el escrito de subsanacion, se verifica en copias legalizadas los recibos de pago del impuesto predial de los anos 2010 y 2011 (fojas 50 a 53), los mismos que se encuentran a nombre de MORDAZA Janeth MORDAZA Anculle, contribuyente del predio ubicado en el centro poblado Nuestra Senora de MORDAZA, manzana A lote 21-A, del distrito de MORDAZA, direccion similar al contenido en su DNI. 7. Asimismo, de la MORDAZA literal de inscripcion de compra venta, emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - MORDAZA Registral Nº XI, sede Ica, de fecha 31 de enero de 2011, a favor de MORDAZA Janeth MORDAZA Anculle, el inmueble ubicado en el centro poblado Nuestra Senora de MORDAZA, manzana A lote 21-A, del distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica (fojas 59); asi como, el recibo del suministro de agua, de la empresa Emapa MORDAZA Sociedad de Responsabilidad limitada, del 27 de octubre de 2011 (fojas 60); y el recibo Nº 10131965 del servicio de energia electrica de la empresa Electrodunas del mes de setiembre de 2012 (fojas 61), documentos obrantes en copias legalizadas, se verifican que estos se encuentran a nombre de la citada candidata, lo cual complementa la acreditacion del referido requisito de dos anos de domicilio al lugar por el cual postula. 8. Finalmente, obra en el expediente de inscripcion, la constatacion y certificacion domiciliaria, suscrito por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, juez de paz titular del distrito de MORDAZA, del que se advierte que la candidata MORDAZA Janeth MORDAZA Anculle, el dia de la constatacion 18 de MORDAZA de 2014, se encontraba en su domicilio de la manzana A, lote 21-A del centro poblado Menor de Nuestra Senora de MORDAZA, del distrito citado (fojas 85), con el cual coadyuva con los medios probatorios precedentes con el fin de acreditar el requisito de dos anos de domicilio. 9. En virtud de lo expuesto, este Supremo Tribunal Electoral, luego de valorar los documentos presentados, concluye que los medios probatorios descritos precedentemente coadyuvan a acreditar el requisito de los dos anos de domicilio continuo de la candidata MORDAZA Janeth MORDAZA Anculle, por lo que corresponde declarar fundado el recurso de apelacion presentado por la personera legal de la citada organizacion politica y revocar la resolucion apelada en el extremo que declaro la exclusion de la citada candidata a regidora y disponer que el MORDAZA Electoral Especial de Ica continue con el tramite correspondiente. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal titular de la organizacion politica Union por el Peru; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 002-2014-JEE-ICA/JNE, en el extremo que declaro la exclusion de MORDAZA Janeth MORDAZA Anculle, candidata a regidora por el Concejo Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de Ica, para participar en las elecciones municipales de 2014. Articulo Segundo.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial de Ica continue con el tramite correspondiente, debiendo admitir y publicar la solicitud de inscripcion de MORDAZA Janeth MORDAZA Anculle como candidata a regidora para el Concejo Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de Ica. Articulo Tercero.- DEVOLVER los actuados del presente expediente al MORDAZA Electoral Especial de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1124559-7

Confirman resolucion del MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur en extremo que declaro improcedente candidatura de ciudadano como regidor para el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1142-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01243 MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO - MORDAZA - MORDAZA MORDAZA JEE MORDAZA SUR (EXPEDIENTE Nº 000182014-067) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, cinco de agosto de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico Solidaridad Nacional, acreditado ante el MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, en contra de la Resolucion Nº 0002-2014-JEE-LIMASUR2/JNE, del 14 de MORDAZA de 2014, en el extremo que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de MORDAZA MORDAZA Condemarin MORDAZA, candidato a regidor para el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, presentado por la referida organizacion politica con el objeto de participar en las elecciones municipales 2014, y oido el informe oral. ANTECEDENTES El procedimiento de inscripcion de la lista de candidatos Con fecha 6 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico Solidaridad Nacional, presento la solicitud de inscripcion de lista de candidatos de la referida agrupacion politica para el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, con el objeto de participar en las elecciones municipales 2014 (fojas 102). El MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur (en adelante JEE), mediante Resolucion Nº 0001-2014JEE-LIMASUR2/JNE, de fecha 8 de MORDAZA de 2014 (fojas 227 a 228), declaro inadmisible la mencionada solicitud de inscripcion de lista de candidatos y otorgo a dicha organizacion politica el plazo de dos dias naturales, a efectos de subsanar, entre otros, las observaciones advertidas con respecto al candidato a regidor, MORDAZA MORDAZA Condemarin MORDAZA, para que acredite el tiempo de domicilio en el distrito por el que postula. Con escrito presentado el 11 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico Solidaridad Nacional, presento escrito de subsanacion (fojas 66 a 68), a fin de levantar las observaciones advertidas por el JEE, respecto de MORDAZA MORDAZA Condemarin MORDAZA, adjuntando los siguientes documentos: a) Partida de nacimiento del citado candidato (fojas 69). b) MORDAZA literal de inmueble a nombre de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aceretto (fojas 70 a 73). c) Dos declaraciones juradas de los padres del candidato (fojas 74 a 76). d) Declaracion jurada de domicilio (fojas 77). e) Copias legalizadas de recibos de servicio de agua potable y suministro de energia electrica (fojas 78 a 80). f) MORDAZA literal, vigencia de poder y RUC de inmueble propiedad de la empresa de los padres del candidato (fojas 81 a 91). Mediante Resolucion Nº 0002-2014-JEE-LIMASUR2/ JNE (fojas 58 a 63), de fecha 14 de MORDAZA de 2014, el JEE, notificado el 21 de MORDAZA del mismo ano (fojas 64), admitio y publico la lista de candidatos, presentada por el partido politico Solidaridad Nacional, y declaro improcedente la inscripcion de la candidatura de, entre otros, de

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