Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2014 (24/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, por motivos de seguridad. Segundo. Que, no obstante ello, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Oficio N° 1821-2014-PCNM, hace de conocimiento de este Organo de Gobierno el Acuerdo N° 1053-2014, adoptado por el Pleno del mencionado organo constitucional MORDAZA con fecha 28 de octubre del ano en curso, por el cual desestimo el otorgamiento del titulo de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur al senor MORDAZA MORDAZA Changaray MORDAZA, a fin de continuar con la Convocatoria N° 009-2014-SN/CNM en lo que respecta a las plazas de Juez Superior Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur. El referido acuerdo se sustenta en el Informe 101-2014-SG-CNM, de la Secretaria General, mediante el cual se establece, entre otros aspectos, lo siguiente: a) Que el 1 de octubre del presente ano, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura acordo convocar a concurso las plazas de Juez Superior Penal de MORDAZA Sur; b) Que el 3 de octubre del presente ano se publico la Convocatoria N° 009-2014-SN/CNM que incluyo dichas plazas; c) Que el 23 de octubre del presente ano el Poder Judicial informo que sobre una de las plazas convocadas declaro fundado el traslado de Juez Superior MORDAZA MORDAZA Changaray Segura; y, d) Que el acuerdo de trasladar al referido juez fue informado con posterioridad a la convocatoria a concurso. Tercero. Que, teniendo en cuenta lo senalado precedentemente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, considerando que el traslado por razones de seguridad debe tener como destino a un Distrito Judicial proximo al de origen; y en ese sentido no necesariamente debe ser una Corte Superior ubicada en la MORDAZA de Lima; mediante Acuerdo N° 906-2014 adoptado con fecha 12 de noviembre de 2014 dejo sin efecto el Acuerdo N° 889-2014 de fecha 22 de octubre de 2014, que declaro fundada la solicitud de traslado presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA Changaray MORDAZA, Juez Superior titular y Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. Asimismo, por Acuerdo N° 908-2014 de esa fecha, dispuso que la Gerencia General del Poder Judicial informe respecto a las plazas de jueces superiores que se encuentran vacantes, y no han sido convocadas a concurso publico por el Consejo Nacional de la Magistratura. Cuarto. Que, al respecto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 2392-2014-GG/PJ, y de conformidad con el Informe N° 761-2014-GRHB-GG-PJ, de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, precisa las plazas vacantes de Juez Superior registradas en los Sistemas de Personal, y que no han sido convocadas a concurso. Quinto. Que, dentro del MORDAZA anteriormente descrito, y considerando el informe de la Gerencia General, corresponde analizar nuevamente el pedido presentado por el doctor MORDAZA MORDAZA Changaray MORDAZA, Juez Superior titular y Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por el cual ha solicitado su traslado a la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, o en su defecto a cualquiera de las Cortes Superiores de Justicia que se ubican en la MORDAZA de MORDAZA, por razones de seguridad (amenaza de muerte). Sexto. Que el derecho de peticion se encuentra previsto en el articulo 2°, numeral 20, de la Constitucion Politica del Peru, y faculta a cualquier persona a formular peticiones ya sea en forma individual o colectiva, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta tambien por escrito y dentro del plazo legal. Setimo. Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 29° del Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa N° 312-2010-CE-PJ, "La solicitud de traslado de un Distrito a otro sera resuelta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. La Presidencia de Corte, luego de verificar que el documento cumple con los requisitos formales respectivos, al elevar el expediente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, debera acompanar un informe en relacion a si el juez solicitante se encuentra incurso o no en las causales establecidas en los articulos 9° y 10° del presente reglamento. Este informe, en el caso del traslado por seguridad, es independiente de aquel que debe emitir la Presidencia de la Corte con relacion a la situacion de inseguridad del juez". Octavo. Que los presentes actuados contienen la peticion formulada por el Juez Superior MORDAZA MORDAZA

El Peruano Miercoles 24 de diciembre de 2014

Changaray MORDAZA, en su condicion de Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, quien solicita su traslado definitivo de dicha plaza a una del mismo nivel del Distrito Judicial de MORDAZA, MORDAZA Norte, MORDAZA Este o Ventanilla, segun lo considere este Organo de Gobierno. Noveno. Que el doctor MORDAZA MORDAZA Changaray MORDAZA fundamenta su peticion de traslado en que ha sido objeto de amenaza de muerte. Precisa que en circunstancias en que ingresaba a su vivienda el pasado lunes 29 de setiembre del presente ano, a horas 7.30, a su retorno de MORDAZA, encontro en la parte exterior de su vivienda sito en Jr. Azucenas N° 186, Mariscal MORDAZA, MORDAZA una MORDAZA de carton tapada con un trapo MORDAZA con el simbolo de la hoz y el martillo, motivo por el cual llamo al Jefe de la Policia Nacional del Peru, MORDAZA PNP MORDAZA, quien se hizo presente en compania de varios efectivos policiales y la Fiscal de Terrorismo, levantandose el acta respectiva, la misma que acompana a su solicitud en calidad de medio probatorio. Posteriormente, al efectuarse la revision de la MORDAZA en presencia de las mencionadas autoridades se hallo en el interior cinco (05) municiones de fusil automatico ligero (FAL) y revolver, dos (02) petardos de dinamita y una hoja de papel con la inscripcion: "Pronto Moriras Perro (con el simbolo de la hoz y el martillo) y la abreviatura P.C.P", que representa al Partido Comunista - Sendero Luminoso. Decimo. Que el juez recurrente acredita lo expuesto precedentemente con el acta de constatacion policial, que obra a fojas 36 y 37, en la cual la Fiscal Jhousy MORDAZA Garavito, a cargo de la Primera Fiscalia Provincial Penal Supraprovincial de MORDAZA dio cuenta de lo mencionado, diligencia en la que fue asistida por personal policial de la Unidad de Desactivacion de Explosivos (UDEX) de la Policia Nacional del Peru; SO PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Patino y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes dieron fe de lo expuesto, y suscribieron el acta en mencion en senal de conformidad. Undecimo. Que, asimismo, del analisis de la solicitud presentada se verifica que el doctor Changaray MORDAZA ha presentado en calidad de medios probatorios, diversos documentos de relevancia, entre los cuales se encuentra el Informe Policial N° 168-2014-DIRTEPOL-A/DIVPOS-A/ PEPSE del 30 de setiembre de 2014, de fojas 15 al 18, que da cuenta de los siguientes hechos: a) "El 16SET13, con Oficio N° 880-2013-PCSJA/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Changaray MORDAZA dirigido al Sr. Crnl. PNP MORDAZA Munoz MORDAZA, Director de la Direccion Territorial de la Policia de MORDAZA, hace de conocimiento que con fecha 13SET13, fue objeto de reglaje por parte de tres (03) sujetos en su domicilio ubicado en Jr. Azucenas N° 186, ocurrido a horas 2.00 p.m. en circunstancias que retornaba a descansar despues de almorzar, de cuyo hecho son testigos su conductor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los vigilantes de la empresa ubicada frente a la Institucion Educativa Nuestra Senora de las MORDAZA los mismos que portaban filmadoras". b) "El 13NOVT13, Con Oficio N° 1098-2013-PCSJA/ PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Changaray MORDAZA dirigido al Sr. Crnl. PNP MORDAZA Munoz MORDAZA, Director de la Direccion Territorial de la Policia de MORDAZA, solicita resguardo policial en razon de haber sido objeto de continuos reglajes por personas desconocidas, por lo que peligraria su integridad fisica". c) "A merito de los documentos referidos en los puntos 2 y 3 el Jefe de Seguridad del Estado formula el Informe N° 191-2013-DIRTEPOL-DIVPOS-AAYAC/PEPSE del 22 de noviembre del 2013, donde se llega a las conclusiones de que cabe la probabilidad que movimientos y/o grupos contrarios al Orden Constitucional y del estado de Derecho (miembros de MOVADEF - OT de "Sendero Luminoso", estarian realizando reglajes a MORDAZA MORDAZA Changaray Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA MORDAZA con la finalidad de realizar alguna accion que podria atentar contra su integridad fisica, y asi generar mala imagen al Poder Judicial de MORDAZA, motivo por el cual sugieren a la superioridad se le asigne (01) efectivo PNP como seguridad" (resaltado y negritas es nuestro)"; y, d) "El 29SET14, a horas 7:30 en el Jardin de la vivienda del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Changaray MORDAZA ubicado en Jr. Azucenas N° 186, de la Urbanizacion El Jardin

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