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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (24/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540913 en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 073- 2014-CM/MDS, del 8 de agosto de 2014 (fojas 8), el Concejo Distrital de Samegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, declaró la vacancia del regidor Wilmer Alexe Sucasaire Mamani, por inasistencia injustifi cada a más de tres sesiones ordinarias consecutivas, siendo estas últimas los días 9 y 24 de abril, 19, 20 y 28 de mayo, 12 y 13 de junio de 2014, causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada, por el correspondiente concejo municipal, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notifi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verifi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM. 3. Del análisis de autos se puede apreciar que el regidor Wilmer Alexe Sucasaire Mamani inasistió injustifi cadamente a las sesiones ordinarias de concejo, siendo estas últimos los días 9 y 24 de abril, 19, 20 y 28 de mayo, 12 y 13 de junio de 2014, según las respectivas actas que obran en el expediente (fojas 16 a 19). 4. En ese sentido, se puede verifi car que el regidor en mención fue notifi cado el 20 de agosto de 2014 con la copia Acuerdo de Concejo Nº 073-2014-CM/MDS, del 8 de agosto de 2014, en el que se declaró su vacancia en el cargo de regidor (fojas 4 y 7). 5. Por otro lado, aparece en el expediente, a fojas 30, el Acuerdo de Concejo Nº 094-2014-CM/MDS, del 7 de noviembre de 2014, emitida por el alcalde de la citada municipalidad, declarando consentido el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 073-2014-CM/MDS. Según ello, la declaración de vacancia ha quedado fi rme. 6. Por consiguiente, al haberse verifi cado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley. 7. De acuerdo con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que corresponde convocar a José Antonio Gonzales Mamani, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 04434849, candidato no proclamado por la organización política local Samegua Sigue Avanzando para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Samegua. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 9 de agosto de 2013, remitida por el Jurado Electoral Especial de Tacna, con motivo de las Nuevas Elecciones Municipales del año 2013. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Wilmer Alexe Sucasaire Mamani, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Samegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Wilmer Alexe Sucasaire Mamani como regidor del Concejo Distrital de Samegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, emitida con motivo de las Nuevas Elecciones Municipales del año 2013. Artículo Tercero.- CONVOCAR a José Antonio Gonzales Mamani, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 04434849, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Samegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, debiéndose otorgar la respectiva credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1181393-1 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Provincial de Tumbes RESOLUCIÓN Nº 3773-2014-JNE Expediente Nº J-2014-03870 TUMBES – TUMBES RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecinueve de diciembre dos mil catorce. VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Isabel Marjorie Jimenez Gonzales en contra del Acuerdo de Concejo Nº 062-2014- MPT-SG, adoptado en la sesión extraordinaria de concejo del 21 de agosto de 2014, mediante el cual se declara infundado el recurso de reconsideración presentado en contra del Acuerdo de Concejo Nº 055-2014-MPT-SG, en el que se acordó la suspensión en su cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Tumbes, departamento de Tumbes, por incurrir en la causal del artículo 25, inciso 3, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el Expediente Acompañado Nº J-2014-02555. ANTECEDENTES Del mandato de prisión preventiva En mérito a la situación jurídica de Isabel Marjorie Jiménez Gonzales, alcaldesa de la Municipalidad de la Provincia de Tumbes, departamento de Tumbes, reportada por los medios de comunicación, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones remitió el Ofi cio Nº 6174- 2014-SG/JNE a la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes a fi n de conocer la situación jurídica de la citada autoridad. En tal sentido, a través del Ofi cio Nº 0549-2014-P- CSJPU/PJ, recibido el 15 de agosto de 2014, la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes remite copia certifi cada de la Resolución Nº 7, de fecha 25 de julio de 2014, en la cual el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva contra la citada alcaldesa como presunta autora del delito de colusión ilegal agravada en agravio de la Municipalidad Provincial de Tumbes, por el plazo de seis meses. Dicho ofi cio fue remitido al Concejo Provincial de Tumbes a través de la Resolución Nº 2223-2014- JNE (obrante en el Expediente Acompañado Nº J-2014- 02555), de fecha 1 de setiembre de 2014, con la fi nalidad de que evalúe los hechos conforme a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Posición del Concejo Provincial de Huancané En la sesión extraordinaria de concejo municipal, del 21 de agosto de 2014, formalizado en el Acuerdo