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El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540909 (57% en promedio ponderado). Las ampliaciones son consistentes en los cuatro distritos y prolongan el periodo de investigación entre 37 días (Ayacucho) y 55 días (Lima). Hay casos con más de una ampliación, siendo la segunda bastante común (36% de los casos en Junín y 45% en Ayacucho). 8.- Los archivos de denuncias de peculado toman más tiempo -en promedio- que los de colusión. En Lima se ha evidenciado que existe una mayor duración de la investigación para ambas denuncias. Los extremos en la duración de la investigación hasta el archivo, son Ayacucho y Lima. En peculado pasan 241 días, para Ayacucho; y 306 días, para Lima. En colusión, para estos mismos distritos fi scales, pasan 149 días y 292 días, respectivamente. 9.- La práctica más usada por los fi scales para obtener la documentación necesaria para la investigación es el requerimiento a través de ofi ciosa la entidad involucrada. Su frecuencia de uso (89% en las carpetas revisadas) contrasta con su efectividad. Además, se identifi có que el trámite interno en las Fiscalías Anticorrupción en la remisión de ofi cios dura en promedio 23 días. 10.- Frente a la inefi ciencia de los requerimientos mediante ofi cios, constituirse personalmente a la entidad es una fi gura percibida como más efectiva y necesaria por un importante grupo de fi scales. Sin embargo, solo es poco utilizada (16% en los cuatro distritos fi scales estudiados). En Ayacucho, la constitución se presentó como una estrategia más frecuente (se advirtió en el 35% de las carpetas revisadas). Situación distinta se presentó en Lima, donde sólo se practicó en el 6% de los mismos. La incautación es el medio menos recurrido, solo representa el 2% de las actuaciones. 11.- La pericia es una herramienta para investigar aspectos técnicos especializados que conducen al establecimiento de la existencia o no, de indicios del delito investigado. Es importante para los casos de peculado y colusión, pero no es necesaria en todos los casos. En el estudio, se observó que fueron programadas u ordenadas en el 33% de los casos y sólo se realizaron en 6 de cada 10 casos (57%). Los distritos con mayor índice de pericias no realizadas fueron Ayacucho (82 %) y Junín (58 %). Disposiciones de archivo y el recurso de elevación de actuados 12.- Un problema frecuente en las denuncias archivadas es el alto porcentaje de diligencias que se programan y no se realizan. Se observó que un 57% de las declaraciones programadas a los denunciantes no se realizaron. Lo mismo ocurrió con un 47% de las declaraciones programadas a los testigos y un 25% de las declaraciones programadas a los investigados. En el caso de las pericias, el 42% de éstas no se realizaron. 13.- En esta investigación las disposiciones de archivo fueron evaluadas en función a cuatro criterios: (a) orden, claridad y completitud en la narración de los hechos denunciados; (b) completitud en el listado de evidencias encontradas y de los indicios no hallados; (c) coherencia en la información extraída de las evidencias; y, (d) claridad en la determinación de las causas del archivo. Ello permitió identifi car áreas críticas en la elaboración de las disposiciones fi scales; por ejemplo, que el 68% de disposiciones presenta defi ciencias en el segundo criterio y que el 51% de disposiciones las presenta en el tercero. También permitió determinar el porcentaje de disposiciones defi cientes (24%), aceptables o buenas (26%) y óptimas (2%); y advertir, por ejemplo, que Lima es el distrito con menor porcentaje de disposiciones defi cientes (10%) y con mayor porcentaje de disposiciones no cuestionadas u óptimas (53%); lo cual se condice con su menor tasa de archivos inadecuados (14%) en relación al resto de distritos (31%). 14.- Según las disposiciones de archivo, las principales razones para archivar una denuncia de peculado y/o de colusión, son: (i) no es delito, 36% y (ii) falta de pruebas, 31%. Este es el dato sin distinguir archivos inadecuados o no; pero centrando el análisis sólo en los archivos inadecuados, se puede apreciar que la tendencia cambia signifi cativamente. En estos archivos las principales razones son: (i) falta de pruebas, 41% y (ii) no es delito, 14%. El estudio realizado revela, que este cambio de tendencias que presentan los archivos inadecuados es consistente en los delitos investigados cuando se alega “falta de pruebas”: 46% en colusión, 37% en peculado y 45% en ambos delitos (promedio ponderado general 41%). Lo mismo puede decirse cuando la razón alegada es: “no es delito”; 15% para peculado, 9% para colusión y 15% para las denuncias en las que concurren ambos delitos (promedio ponderado general 14%). 15.- Del total de archivos revisados, el 37% en promedio subió a revisión de parte del fi scal superior (48% para peculado, 29% para colusión y 23% cuando concurrieron ambos delitos). Igual, la denuncia terminó por archivarse. 16.- Se identifi caron problemas con el procesamiento de los recursos de elevación de actuados. En primer lugar, las disposiciones de los fi scales superiores ordenan la realización de diligencias adicionales sin precisar qué aportarán a la investigación; lo que termina incidiendo poco en el criterio original del fi scal, quien fi nalmente archiva nuevamente la denuncia. Otro problema se presenta en la determinación de los sujetos preprocesales a ser notifi cados con la disposición de archivo, de aquellos legalmente autorizados para impugnarla. Se han identifi cado también algunos problemas de interpretación con la ley penal que incurren los fi scales provinciales, pero que no son corregidos por los fi scales superiores. Por último, se han apreciado defi ciencias en la construcción y estructura de las disposiciones que resuelven los recursos de elevación de actuados, lo que se observa en la falta de homogeneidad en listar las evidencias recolectadas, así como en la información que cada una de éstas aporta. En suma, se han encontrado denuncias que fueron archivadas inadecuadamente. Del análisis de las carpetas fi scales que las contienen y de las disposiciones fi scales que ordenan su archivo, se advierte un conjunto diverso de actos de investigación fi scal no realizados o planteados de manera poco estratégica, elementos probatorios escasamente examinados, interpretaciones jurídicas cuestionables o discordantes con precedentes jurisprudenciales, entre otras. En Áncash y Junín los archivos inadecuados llegaron al 32% y en Ayacucho al 29%. En Lima fueron de 14%. El promedio ponderado, en función al número de denuncias archivadas en cada distrito, es de 26%. Si agrupamos Áncash, Junín y Ayacucho, aproximadamente, 1 de cada 3 archivos es inadecuado; y, en Lima, lo es 1 de cada 7. Aspectos de política y gestión que inciden en la labor fi scal 17.- Los fi scales tardan, en promedio, 58 días para rechazar liminarmente una denuncia de peculado y colusión, y 275 días para rechazarla de manera no liminar. Así los plazos de las investigaciones, en promedio, exceden el plazo máximo de las diligencias preliminares. 18.- En los distritos fi scales estudiados no se evidencia uniformidad de criterios respecto a la relevancia jurídica de denuncias por peculado y colusión, que determine su investigación por parte del Ministerio Público. 19.- La generalidad de las funciones de coordinación que se reguló en el Reglamento de Organización y Funciones de los Fiscales Coordinadores, vigente al tiempo de desarrollarse la investigación, ha propiciado que la personalidad del fi scal coordinador (dinámica o pasiva) y la comunicación que éste propicia (abierta o cerrada), o que ya existe en las Fiscalías Anticorrupción, sea la pauta que marque el estilo de coordinación propia en el despacho fi scal de coordinación. Esto determina que se alienten buenas prácticas corporativas o que, por el contrario, éstas sean poco estimuladas para su práctica. 20.- Los fi scales entrevistados coinciden en identifi car varios mecanismos existentes para controlar la calidad de su trabajo: recurso de elevación de actuados, control de calidad del trabajo entre fi scales, Fiscalía Suprema de Control Interno, ratifi cación por parte del Consejo Nacional de la Magistratura, permanencia en el cargo y el control judicial. El resultado es un sistema donde las diligencias y las disposiciones de cada fi scal son controladas en una limitada proporción, bajo criterios sesgados a lo jurídico y procesal, y con estándares de efi ciencia fi jados sobre todo en la mayor producción y no en la calidad de las resoluciones. Esto explicaría por qué 1 de cada 3 archivos es inadecuado (en Áncash, Junín y Ayacucho), y por qué éste ha sido un problema casi inadvertido por las Fiscalías Anticorrupción estudiadas. La incidencia de actores clave en la labor fi scal: Contraloría General de la República y Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción