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El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540953 2.7. Delinear políticas de prevención y protección de las personas, el ambiente y la propiedad. 2.8. Organizar operativos para fi scalizar en las vías de la Región Tacna, el cumplimiento de las normas del transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos en la Región de Tacna. 2.9. Organizar capacitaciones de materiales y residuos peligrosos a la población escolar, universitaria, SUTRAN, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios de la Región de Tacna, Policía Nacional del Perú, Dirección de Transportes, entre otros. 2.10. Recabar las necesidades de materiales y equipos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios de la Región de Tacna para su adquisición. 2.11. Llevar las estadísticas del transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, de los accidentes, proveedores, destinatarios, cantidad y denominación de dichos materiales. 2.12. Otras iniciativas. Artículo Tercero.- EXHORTAR a las Municipalidades de la Región de Tacna, implementen las vías alternas para el tránsito de los vehículos y unidades de carga en los que se transporta materiales y/o residuos peligroso, así como los lugares de estacionamiento de los mismos, de acuerdo a lo establecido en al artículo 9 del Decreto Supremo Nº 021-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposición regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- Disponer que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veintiséis de setiembre del año dos mil catorce. PABLO HUACASI PARQUI Presidente (E) Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día once de noviembre del año dos mil catorce. TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1181402-14 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Direccion Regional de la Produccion de Tacna y el Organigrama Estructural ORDENANZA REGIONAL Nº 054-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintinueve de octubre del dos mil catorce, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 respecto a las atribuciones del Consejo Regional refi ere: “Son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”: en su artículo 38 establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (…)”. Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública, en su artículo 5 señala: “(…) REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF. Es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas (...)”; en su artículo 34 dispone: “La aprobación del ROF de las entidades se realizarán de acuerdo al siguiente esquema: (…) Gobierno Regional. Por Ordenanza Regional”. Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 376- 2004-G.R.TACNA, la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Tacna dispuso: “(…) Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de la Producción de Tacna, el mismo que forma parte de la presente Resolución. (…)”. Que, con Resolución Ministerial Nº 175-2006- PRODUCE, el Ministerio de la Producción estableció: “(…) Artículo 2º.- Declarar que los Gobiernos Regionales de (…) Tacna y (…), han concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de pesquería e industria, contenidas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004”, (…)”. Que, con Ofi cio Nº 2928-2014-GGR/GOB.REG. TACNA de fecha 08 de setiembre del 2014 la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna solicita la aprobación del “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCION REGIONAL DE LA PRODUCCION”, con el objeto de que sea aprobada mediante Ordenanza Regional; adjuntándose los respectivos documentos e informe Técnico y Legal que sustentan su pedido. Que, con el Informe Nº 379-2014-SGDO-GRPPAT/ GOB.REG.TACNA de fecha 14 de agosto del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Informe Nº 1700-2014-ORAJ-GOB.REG.TACNA de fecha 05 de setiembre del 2014 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 017-2014-CR-COPPAT de fecha 24 de octubre del 2014, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCION REGIONAL DE LA PRODUCCION DE TACNA”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 29 de octubre del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente;