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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (24/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 78

El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540936 Segunda.- DECLARAR la Semana Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica Tacna, en la Región Tacna, la Tercera semana de setiembre de cada año, como actividad preparatoria para la semana nacional de la promoción y desarrollo científi co y tecnológico del país, en cumplimiento del artículo 1 de la Ley 28673. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinticuatro de marzo del año dos mil catorce. NOE FELIX SOTO PEREZ Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día cinco de noviembre del año dos mil catorce. TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1181402-3 Declaran de interés regional la conformación de un Centro de Tecnología y Servicios Agroindustriales en la Región Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha nueve de mayo del dos mil catorce, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 191 y 192 establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” y “(...) promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (...) 7) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, viabilidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a ley (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 47 establece como funciones en materia de ciencia y tecnología: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de (...) ciencia y tecnología (...) de la región”. Asimismo, en su artículo 51 sobre funciones en materia agraria de los gobiernos regionales se establece: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la región en materia agraria (...). d) Promover la transformación, comercialización, exportación y consumo de productos naturales agroindustriales de la región (...) i) Planifi car, promover y concertar con el sector privado, la elaboración de planes y proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial”. Que, con Ofi cio Nº 007-2014-NAJM-CR/GOB.REG. TACNA de fecha 21 de febrero de 2014 la Consejera Regional Ing. Nelly Amparo Jahuira Mamani presente la propuesta de ordenanza regional: “Declarar de interés regional la conformación de un centro de tecnología y servicios agroindustriales en la región Tacna”. Que, el Gobierno Regional reconoce la importancia de contar con una institución que fomente la investigación y transferencia de tecnologías y servicios, que principalmente innove en el sector agroindustrial; así como el de monitorear los avances científi cos para aplicarlos en el sector agrícola, como también la permanente investigación de precios y mercados para la colocación de los productos que produce la Región de Tacna; por lo que, corresponde conformar mediante ordenanza regional un centro de tecnología y servicios agroindustriales que esté conformado por representantes de las asociaciones de productores; así como representantes del Gobierno Regional de Tacna, del Gobierno local y del Centro de Formación Agrícola Tacna (CFAT). Que, con el Ofi cio Nº 400-2014-GRDE/GOB.REG. TACNA de fecha 17 de Marzo del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico; el Ofi cio Nº 355-2014-OPP-DR-DRA/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de Marzo de 2014 emitido por la Dirección Regional de Agricultura de Tacna; el Ofi cio Nº 504-2013-GRDE/GOB. REG.TACNA de fecha 02 de abril del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 004-2014-CODE de fecha 03 de abril del 2014, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “DECLARAR DE INTERES REGIONAL LA CONFORMACION DE UN CENTRO DE TECNOLOGIA Y SERVICIOS AGROINDUSTRIALES EN LA REGION TACNA”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de mayo del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA CONFORMACIÓN DE UN CENTRO DE TECNOLOGÍA Y SERVICIOS AGROINDUSTRIALES EN LA REGIÓN TACNA que servirá como institución de apoyo en la innovación y transferencia de tecnología de la Región de Tacna. Artículo Segundo.- El Centro de Tecnología y Servicios Agroindustriales en la Región Tacna estará conformado por: a) Un representante de las asociaciones de productores olivícolas. b) Un representante de las asociaciones de productores de orégano. c) Un representante de las asociaciones de productores de pisco. d) Un representante de las asociaciones de productores de ajíes. e) Un representante de las asociaciones de productores de cucurbitáceas. f) Un representante de la Gerencia de Desarrollo Económico del Gobierno Regional. g) Un representante de la Municipalidad Provincial de Tacna. h) Un representante del Centro de Formación Agrícola Tacna (CFAT). Artículo Tercero.- El Centro de Tecnología y Servicios Agroindustriales en la Región Tacna tendrá las siguientes funciones: a) Brindar servicios de asistencia técnica en mejora de productividad, reducción de costos y mejora de calidad. b) Brindar servicios de diseño de nuevos productos. c) Brindar servicios especializados de producción. d) Brindar capacitación en diseño, nuevos procesos y uso efi ciente de insumos. e) Promover y realizar estudios e investigaciones con centros de investigaciones aplicadas y universidades tendientes a profesionalizar a los productores de la cadena agroindustrial. f) Celebrar contratos y convenios con organizaciones y