Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2014 (24/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARESE DE INTERES Y NECESIDAD REGIONAL BRINDAR APOYO A LOS INTEGRANTES DE LAS JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA EXISTENTES EN LA REGION TACNA cuyo objetivo es establecer beneficios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policia Nacional de Peru. Articulo Segundo.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna promueva los convenios que MORDAZA necesarios con la Policia Nacional del Peru y con el Ilustre Colegio de Abogado de Tacna para que a traves de sus consultorios juridicos, se brinde asesoria y asistencia juridica gratuita a los integrantes de las juntas vecinales de seguridad ciudadana, en materias de prevencion comunitaria de faltas, delitos u otros eventos sociales adversos, proyeccion social para la seguridad ciudadana y otros temas afines. Articulo Tercero.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna en coordinacion con las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana desarrollen las siguientes actividades: a) Implementar medidas de prevencion y proteccion con respecto a la seguridad ciudadana en su respectiva jurisdiccion. b) Difundir las normas que regulan la participacion de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. c) Contribuir y brindar informacion a la Policia Nacional del Peru sobre la comision de delitos y faltas cometidos con frecuencia dentro de su jurisdiccion. d) Otras acciones necesarias para fortalecer la seguridad ciudadana. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional del Gobierno Regional de Tacna la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- EXHORTAR a los Gobiernos Locales de la Region de Tacna a que en el MORDAZA de sus funciones y competencias implementen la presente Ordenanza Regional en sus respectivas jurisdicciones. Articulo Sexto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Setimo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veintitres de junio del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 11 de noviembre del ano 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1181402-9 POR CUANTO:

El Peruano Miercoles 24 de diciembre de 2014

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha trece de agosto del dos mil catorce, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 44 establece: "Son deberes primordiales del Estado: defender la soberania nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 10 sobre Competencias exclusivas y compartidas establecidas en la Constitucion Politica del Peru y la Ley de Base de la Descentralizacion establece: "(...) 2. Competencias Compartidas: Son competencias compartidas, de acuerdo al articulo 36º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, las siguientes: (...) i) Seguridad Ciudadana". Asimismo, el articulo 61 del mismo cuerpo legal sobre funciones en materia de defensa civil y seguridad ciudadana, indica lo siguiente: "a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas regionales en materia de defensa civil y seguridad ciudadana (...). e) Promover y apoyar la educacion en seguridad vial y ciudadana (...)". Que, la Ley Nº 29611, Ley que modifica a la Ley Nº 29010, Ley que faculta a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a disponer recursos a favor de la Policia Nacional del Peru, y la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 1 senala: "Los Gobiernos Regionales (...) estan facultados para realizar gastos de inversion en materia de seguridad ciudadana, infraestructura y equipamiento en el ambito de su jurisdiccion con cargo a los recursos procedentes de toda fuente de financiamiento (...)". Que, mediante Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), que en su articulo 2 define a la seguridad ciudadana como: "(...) la accion integrada que desarrolla el Estado, con la colaboracion de la ciudadania, destinada a asegurar su convivencia pacifica, la erradicacion de la violencia y la utilizacion pacifica de las vias y espacios publicos. Del mismo modo, contribuir a la prevencion de la comision de delitos y faltas". Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 006-2012CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 18 de octubre del 2013, se aprobo: "Declarar de necesidad publica e interes regional el Sistema de Seguridad Ciudadana en las 04 provincias y 26 distritos del departamento de Tacna debiendo implementarse y/o fortalecerse los Comites Provinciales (COPROSEC) y los comites Distritales (CODISEC) de Seguridad Ciudadana asi como sus respectivas Secretarias Tecnicas; dandose estricta observancia a lo previsto en la normatividad vigente referida al Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (...)". Que, mediante Oficio Nº 064-2014-PHP-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 10 de junio del 2014 el Consejero Regional MORDAZA MORDAZA Parqui remite la propuesta de Ordenanza Regional sobre: "DECLARAR DE INTERES REGIONAL LA DIFUSION DE TEMAS RELACIONADOS CON SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL EN LA REGION TACNA". Que la presente Ordenanza Regional tiene como finalidad principal el acceso a la informacion que deberian obtener todos los ciudadanos de la region, ya que es un derecho que tiene toda persona de recibir informacion, sobre todo cuando la seguridad personal y patrimonial estan en riesgo, por lo que el ciudadano pueda acceder y conocer de informacion necesaria para poder colaborar con las instancias pertinentes, y asimismo fortalecer la participacion en la seguridad ciudadana en la Region Tacna, implementando politicas publicas que mejoren la calidad de MORDAZA de la poblacion y ayuden a disminuir los indices de violencia y sensacion de inseguridad que existe en nuestra Region. Que, con el Oficio Nº 122-2014-OEDEN/GOB.REG. TACNA, de fecha 24 de junio del 2014 emitido por la Oficina Ejecutiva de Defensa Nacional del G.R.T.; el Oficio Nº 1393-2014-GRDS/GOB.REG.TACNA de fecha 30 de junio del 2014 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del G.R.T. que remite

Declaran de interes regional la difusion de temas relacionados con seguridad ciudadana y convivencia social en la Region Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 029-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA

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