TEXTO PAGINA: 82
El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540940 Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna y a la Dirección Regional de Salud de Tacna, la creación de una Comisión Interinstitucional para la elaboración de un Plan de Contingencia para Contrarrestar esta agresión climática, basada en la información que genere el Servicio Nacional de Meteorología (SENAMHI). Asimismo, la implementación de la presente Ordenanza Regional se tendrá que realizar en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendarios, así como las actividades de monitoreo, vigilancia, diseño de programación y ejecución de campañas de sensibilización sobre la radiación ultravioleta y su prevención. Artículo Sétimo.- EXHORTAR a los Gobiernos Locales de la Región de Tacna a que en el marco de sus funciones y competencias implementen la presente Ordenanza Regional en sus respectivas jurisdicciones. Artículo Octavo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano Artículo Noveno.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día nueve de mayo del año dos mil catorce. NOE FELIX SOTO PEREZ Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 29 OCT. 2014. TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1181402-6 Modifican Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha trece de diciembre del dos mil trece aprobó y con fecha nueve de mayo del dos mil catorce ratifi có la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, el artículo 192 establece: “Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (…) 6. Dictar la normas inherentes a la gestión regional”. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en sus artículos 13 y 15 prescriben: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional”, teniendo como atribuciones: “a. Aprobar, modifi car, o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) e. Aprobar su Reglamento Interno (...)”, mientras que el artículo 38 señala: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2011- CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de noviembre del 2011, se dispuso: “ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, el mismo que consta de: Glosario de Términos y Siglas, 174 (ciento setenta y cuatro) artículos distribuidos en VII Títulos, 02 (dos) Disposiciones Transitorias y 06 (seis) Disposiciones Finales (...)”. Que, al haberse efectuado un estudio y análisis minucioso del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna se ha identifi cado algunas disposiciones que requieren ser mejoradas en su redacción para ser más claras y precisas; así como se ha encontrado algunos vacios normativos que necesitan ser integrados; por lo que, se considera pertinente proponer una modifi cación parcial a dicho reglamento a fi n de que se constituya en un instrumento normativo adecuado que permita cumplir mejor la función normativa y fi scalizadora del Consejo Regional de Tacna. Que, la Comisión Especial de Fiscalización del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 003-2013-CEF- CR de fecha 27 de noviembre del 2013, a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “Modifi cación parcial del reglamento interno del consejo regional del gobierno regional de Tacna”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 13 de diciembre del 2013, aprobándose con la Ordenanza Regional Nº 036-2013- CR/GOB.REG.TACNA de fecha 13 de diciembre del 2013, la misma que fue observada en forma extemporánea por el Ejecutivo Regional mediante Ofi cio Nº 066-2014-ORAJ- PR/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de febrero del 2014 y cuya observación fue desestimada con Dictamen Nº 001- 2014-CEF-CR de fecha 25 de abril del 2014 aprobado con Acuerdo de Consejo Regional Nº 029-2014-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 09 de mayo del 2014; ratifi cándose el contenido de la misma y procediéndose a expedir la presente Ordenanza Regional. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado y ratifi cado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos 02, 03, 10, 20, 28, 37, 39, 40, 45, 56, 57, 58, 74, 75, 79, 91, 95, 99, 101, 102, 135, 139, 149, 150, 152, 158 y 171 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2011-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de noviembre del 2011, según el texto considerado en el anexo I que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- INCORPORAR el artículo 29-A al Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2011-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de noviembre del 2011, según el texto considerado en el anexo II que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que