Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2014 (24/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna y a la Direccion Regional de Salud de Tacna, la creacion de una Comision Interinstitucional para la elaboracion de un Plan de Contingencia para Contrarrestar esta agresion climatica, basada en la informacion que genere el Servicio Nacional de Meteorologia (SENAMHI). Asimismo, la implementacion de la presente Ordenanza Regional se tendra que realizar en un plazo no mayor a sesenta (60) dias calendarios, asi como las actividades de monitoreo, vigilancia, diseno de programacion y ejecucion de campanas de sensibilizacion sobre la radiacion ultravioleta y su prevencion. Articulo Setimo.- EXHORTAR a los Gobiernos Locales de la Region de Tacna a que en el MORDAZA de sus funciones y competencias implementen la presente Ordenanza Regional en sus respectivas jurisdicciones. Articulo Octavo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano Articulo Noveno.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia nueve de MORDAZA del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 29 OCT. 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1181402-6

El Peruano Miercoles 24 de diciembre de 2014

Modifican Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha trece de diciembre del dos mil trece aprobo y con fecha nueve de MORDAZA del dos mil catorce ratifico la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191 establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, el articulo 192 establece: "Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 6. Dictar la normas inherentes a la gestion regional". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en sus articulos 13 y 15 prescriben: "El Consejo Regional. Es el organo normativo y fiscalizador

del Gobierno Regional", teniendo como atribuciones: "a. Aprobar, modificar, o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) e. Aprobar su Reglamento Interno (...)", mientras que el articulo 38 senala: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2011CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de noviembre del 2011, se dispuso: "ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, el mismo que consta de: Glosario de Terminos y Siglas, 174 (ciento setenta y cuatro) articulos distribuidos en VII Titulos, 02 (dos) Disposiciones Transitorias y 06 (seis) Disposiciones Finales (...)". Que, al haberse efectuado un estudio y analisis minucioso del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna se ha identificado algunas disposiciones que requieren ser mejoradas en su redaccion para ser mas claras y precisas; asi como se ha encontrado algunos vacios normativos que necesitan ser integrados; por lo que, se considera pertinente proponer una modificacion parcial a dicho reglamento a fin de que se constituya en un instrumento normativo adecuado que permita cumplir mejor la funcion normativa y fiscalizadora del Consejo Regional de Tacna. Que, la Comision Especial de Fiscalizacion del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedio a emitir el Dictamen Nº 003-2013-CEFCR de fecha 27 de noviembre del 2013, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "Modificacion parcial del reglamento interno del consejo regional del gobierno regional de Tacna", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria de fecha 13 de diciembre del 2013, aprobandose con la Ordenanza Regional Nº 036-2013CR/GOB.REG.TACNA de fecha 13 de diciembre del 2013, la misma que fue observada en forma extemporanea por el Ejecutivo Regional mediante Oficio Nº 066-2014-ORAJPR/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de febrero del 2014 y cuya observacion fue desestimada con Dictamen Nº 0012014-CEF-CR de fecha 25 de MORDAZA del 2014 aprobado con Acuerdo de Consejo Regional Nº 029-2014-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 09 de MORDAZA del 2014; ratificandose el contenido de la misma y procediendose a expedir la presente Ordenanza Regional. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado y ratificado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- MODIFICAR los articulos 02, 03, 10, 20, 28, 37, 39, 40, 45, 56, 57, 58, 74, 75, 79, 91, 95, 99, 101, 102, 135, 139, 149, 150, 152, 158 y 171 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2011-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de noviembre del 2011, segun el texto considerado en el anexo I que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- INCORPORAR el articulo 29-A al Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2011-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de noviembre del 2011, segun el texto considerado en el anexo II que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que

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