Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2014 (18/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Viernes 18 de MORDAZA de 2014

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hecho justificativo para su adopcion; en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la apertura de la Oficina Registral de Alto MORDAZA, en los terminos recomendados por los organos competentes; Que la Gerencia General mediante el documento de vistos, solicita la expedicion del acto resolutivo correspondiente; Que la presente Resolucion Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el literal m) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones y la Estructura Organica del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y lo dispuesto en el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, con eficacia anticipada al 09 de junio de 2014, la apertura de la Oficina Registral de Alto MORDAZA, la cual se encuentra ubicada en la Mz. T, Lt. 2, del Barrio 3 del Centro Poblado de Alto MORDAZA, distrito de El Porvenir, provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, a cargo de la Jefatura Regional 2 ­ MORDAZA de la Gerencia de Operaciones Registrales. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional

RENIEC (19JUN2014) emitido por la Gerencia de Talento Humano, el Informe N° 000021-2014/GTH/SGPS/RENIEC (19JUN2014) emitido por la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano, los Informes N° 0002402014/GAJ/SGAJR/RENIEC (26MAY2014) y N° 0002782014/GAJ/SGAJR/RENIEC (23JUN2014) emitidos por la Sub Gerencia de Asesoria Juridica Registral de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorando N° 0005742014/GAJ/RENIEC (12JUN2014) y las Hojas de Elevacion N° 000331-2014/GAJ/RENIEC (27MAY2014), N° 0004002014/GAJ/RENIEC (24JUN2014) emitidos por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el articulo 11° de la Ley N° 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais; Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando las dependencias que fueren necesarias; Que en ese mismo sentido, los articulos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que mediante Resolucion de Alcaldia N° 015-2012MCPAT de fecha 08 de febrero de 2012, la Municipalidad del Centro Poblado de Alto MORDAZA autoriza dar en afectacion en uso a favor del RENIEC de manera indefinida los ambientes que hoy se utilizan como Centro Cultural ubicado en la Mz. T, lote 2, del Barrio 3; para que se pueda instalar una Oficina Registral en el Centro Poblado de Alto Trujillo; Que en virtud a ello, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos, anexa la documentacion referida a la carta de compromiso unilateral suscrita por el MORDAZA de la Municipalidad del Centro Poblado de Alto MORDAZA, a traves de la cual se compromete a designar un ambiente adecuado, dotar de personal de vigilancia, limpieza, mobiliario e instalacion de punto de acceso de internet; para el correcto funcionamiento de la Oficina del RENIEC que se instalara en dicha Municipalidad; Que a la fecha la Municipalidad del Centro Poblado de Alto MORDAZA ha dado cumplimiento a los compromisos MORDAZA indicados, precisandose que el equipamiento informatico y servicio de conectividad, han sido atendidos mediante redistribucion de equipos de la Jefatura Regional 2 - MORDAZA e instalacion y configuracion del Kit de radio enlace, siendo la senal transmitida desde la Oficina Registral El Porvenir; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante los documentos de vistos opina favorablemente sobre la apertura y funcionamiento de una Oficina Registral dentro de las instalaciones de la Municipalidad del Centro Poblado de Alto MORDAZA, considerandose como fecha de inicio de operaciones el dia 09 de junio de 2014; Que la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano mediante documento de vistos, emite opinion favorable con relacion a la propuesta de encargatura de la Oficina Registral de Alto MORDAZA al servidor CAS MORDAZA MORDAZA Minano MORDAZA, con cargo de Registrador Civil, y el traslado de los servidores CAS Jhoan MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con cargo de Registrador y MORDAZA MORDAZA Ascoy MORDAZA, con cargo de Registrador DNI; adjuntando para ello las conformidades del personal para prestar servicios en dicha Oficina Registral, una vez que esta sea creada; Que conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podra disponer en el mismo acto administrativo que este tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al BBVA Continental la rectificacion de direccion de agencia ubicada en el departamento de Ucayali
RESOLUCION SBS N° 4391-2014
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el BBVA Continental para que esta Superintendencia autorice la rectificacion de una (01) agencia, segun se indica en la parte resolutiva de la presente Resolucion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS N° 6424-2013 de fecha 25 de octubre de 2013, esta Superintendencia autorizo al Banco la apertura de una (01) agencia con la direccion Av. Centenario Nro. 4614, Area de Expansion MORDAZA Calleria, Local Comercial B1, distrito de Yarinacocha, provincia de Pucallpa y departamento de Ucayali; Que, el citado Banco ha informado que, de acuerdo a lo indicado en los Certificados de Nomenclatura y Numeracion: N° 024-2013-MDY-GAT-SGCUC, N° 025-2013-MDY-GATSGCUC y N° 026-2013-MDY-GAT-SGCUC, todos de fecha 26 de setiembre 2013, y N° 027-2013-MDY-GATSGCUC de fecha 30 de setiembre 2013, emitidos por la

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