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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2014 (25/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 56

El Peruano Viernes 25 de julio de 2014 528598 ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- CREAR la Comisión Regional para Promover una Cultura de Paz en la Región Tacna - COREPAZ, como espacio de participación Estado, Sociedad, así como la promoción, seguimiento, y evaluación de las políticas de cultura de paz. Asimismo, será un ente concertador y generador de políticas sociales y tendrá a su cargo el diseño y monitoreo del cumplimiento de las políticas sociales aprobadas a favor de promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades la misma que estará conformada por: a) Un representante del Gobierno Regional de Tacna - Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien la presidirá. b) Un representante de la Dirección Regional de Educación de Tacna. c) Un representante de la Dirección Regional de Salud de Tacna. d) Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna. e) Un representante de cada una de las Municipalidades Provinciales de la Región Tacna. f) Un representante de cada una de las Municipalidades Distritales de la Región Tacna. g) Un representante de la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza. h) Un representante de la Policía Nacional del Perú. i) Un representante de la UGEL Tacna. j) Un representante de la UGEL Jorge Basadre. k) Un representante de la UGEL Candarave. l) Un representante de la UGEL Tarata. m) Un represente del Ministerio Público. n) Un representante de la Corte Superior de Justicia de Tacna. o) Otros representantes que deberán integrarse de acuerdo a ley. Los miembros titulares de la Comisión Regional, contarán con sus respectivos alternos, que concurrirán en ausencia del titular. Asimismo, podrán participar en calidad de invitados los representantes de las organizaciones nacionales e internacionales que la Comisión Regional considere conveniente. Artículo Segundo.- Son funciones específi cas de la Comisión Regional para Promover una Cultura de Paz en la Región Tacna - COREPAZ, las siguientes: a) Formular el Plan Operativo Anual que identifi que prioridades para su intervención respectiva, el mismo que será parte del Plan de Acción por la Igualdad de Oportunidades. b) Impulsar procesos orientados a fortalecer una cultura de paz, promoviendo la acción concertada del sector público, privado y sociedad civil organizada en aras de una convivencia pacífi ca y armónica. c) Incorporar en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y demás instrumentos de gestión la promoción de la cultura de paz y de la igualdad de oportunidades. d) Incluir los objetivos orientados al desarrollo de capacidades en cultura de paz, prevención y manejo constructivo de los confl ictos. e) Impulsar la promoción de los derechos humanos, la ética pública, así como el uso de los medios de comunicación para el fomento de una cultura de paz. f) Otros que sean de acuerdo a ley. Artículo Tercero.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, determine en su presupuesto los recursos necesarios y sufi cientes para los fi nes a que se refi ere la presente norma regional. Artículo Cuarto.- INSTITUCIONALIZAR el Día Internacional de la Paz el 21 de setiembre de todos los años en la Región Tacna, ocasión en que se desarrollará un programa de actividades a nivel local y regional, las mismas que deberán ser coordinadas entre los diferentes sectores e instancias del Gobierno Regional, Gobiernos Locales y la Sociedad Civil Organizada. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, la incorporación en el Plan de Desarrollo Concertado, Planes de Desarrollo de Capacidades y los instrumentos de gestión del Gobierno Regional, la promoción de la cultura de paz e igualdad de oportunidades, que incluya objetivos específi cos orientados al desarrollo de capacidades en cultura de paz, prevención y manejo constructivo de confl ictos, promoción de los derechos humanos, la ética pública, así como el uso de los medios de comunicación para el fomento de una cultura de paz. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna el seguimiento de las acciones desarrolladas por la Comisión Regional para Promover una Cultura de Paz en la Región Tacna - COREPAZ. Artículo Sétimo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna la implementación de la presente Ordenanza Regional otorgándosele un plazo de noventa (90) días calendarios contados a partir de su entrada en vigencia para la constitución e instalación de la Comisión Regional para Promover una Cultura de Paz en la Región Tacna - COREPAZ. Artículo Octavo.- La Comisión Regional para Promover una Cultura de Paz en la Región Tacna – COREPAZ elaborará su Reglamento Interno en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendarios contados a partir de la fecha de su instalación, el cual deberá ser aprobado por el Ejecutivo Regional. Artículo Noveno.- EXHORTAR a los Gobiernos Locales para que en el marco de sus funciones y competencias, implementen la presente Ordenanza Regional, en sus respectivas jurisdicciones. Artículo Décimo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Décimo Primero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinte de febrero del año dos mil catorce. NOE FELIX SOTO PEREZ Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 14 de julio 2014. TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1114707-2 Crean la Comisión Regional Multisectorial de Monitoreo del Derecho al Nombre y a la Identidad de Niñas, Niños y Adolescentes de Tacna ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinte de febrero del dos mil catorce, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 1 prescribe lo siguiente: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado”; en tanto el artículo 2 prescribe: