TEXTO PAGINA: 63
El Peruano Viernes 25 de julio de 2014 528605 publicación del texto completo del presente Decreto en el portal Institucional www.municomas.gob.pe. Artículo Cuarto.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en el presente Decreto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Servicios Públicos y a la Sub Gerencia de Limpieza Publica y Control del Ambiente, para los fi nes de su estricta competencia funcional. Artículo Quinto.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente Decreto de Alcaldía al Ministerio del Ambiente, para los fi nes de su competencia. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos a través de la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Control del Ambiente el cumplimiento del presente Decreto. Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los dieciséis días del mes de Julio del año dos mil Catorce. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 1115299-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Modifican la Ordenanza Nº 326-MDJM, que consolida la residencialidad del Sector Catastral 09 del distrito de Jesús María ORDENANZA Nº 440-MDJM Jesús María, 21 de julio del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARIA VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto mayoritario de los señores regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, entre los que se encuentra la de planifi car el desarrollo urbano de sus circunscripciones, conforme lo establecen los artículos 194 y 195 numeral 6, de la Constitución Política del Perú; Que, en virtud de lo señalado en la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, en su artículo 79, parágrafo 3, numerales 3.2., 3.6. y 3.6.2., son funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales, autorizar y fi scalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos y privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como sus modifi caciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental; además de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica; Que, mediante Memorando Nº 522-2014-MDJM/ GDUyA, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ambiental propone que se amplíe la suspensión de los trámites de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Licencia de Obra de Demolición, Licencia de Obra para Edifi cación en todas sus modalidades, así como cualquier otro trámite previsto en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Licencia de Funcionamiento, a fi n de velar por la residencialidad, tranquilidad y seguridad de los vecinos y en tanto se establezca la reglamentación que se adecue a la realidad urbanística, constructiva y funcional que hoy en día registra la Zona Catastral 9 del distrito de Jesús María; preservando la residencialidad ya existente; Que, mediante Informe Nº 1135-2014/MDJM-GAJyRC de fecha 16 de julio del 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, ha opinado por la procedencia legal de lo solicitado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ambiental; Teniendo en consideración lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 326-MDJM CONSOLIDA LA RESIDENCIALIDAD DEL SECTOR CATASTRAL 09 DEL DISTRITO DE JESUS MARIA Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 326-MDJM, en los siguientes términos: “Artículo Primero: En tanto no sea aprobada la nueva zonifi cación del distrito de Jesús María, por la Municipalidad Metropolitana de Lima, quedan suspendidos los trámites de Habilitación Urbana, Constancias de Zonifi cación y Usos, Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Licencia de Obra de Demolición, Licencia de Obra para Edifi cación en todas sus modalidades, así como cualquier otro trámite previsto en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Licencia de Funcionamiento de la zona catastral 09 del distrito de Jesús María.” Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Ambiental y sus unidades orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 1115603-1 Modifican la Ordenanza Nº 261-MDJM e incorporan disposiciones a las Ordenanzas Nºs. 378 y 412-MDJM ORDENANZA Nº 443-MDJM Jesús María, 21 de julio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA Visto, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto mayoritario de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en el artículo 195 la atribución de planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones; Que, el numeral 3.6 del artículo 79 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, establece como función exclusiva de las municipalidades distritales, normar la construcción, remodelación o demolición de inmuebles,