Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2014 (25/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Viernes 25 de MORDAZA de 2014

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correspondientes a las MORDAZA Vecinales Nº 01, 02, 04 y 06 del Cercado de Lima", para lo cual es necesario implementar el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva y Formalizacion de Recicladores", que permitira atender a los vecinos de las jurisdicciones de la seis MORDAZA Vecinales del Cercado de MORDAZA y declarar formalizados a aquellos recicladores que hubieran cumplido y culminado satisfactoriamente con las etapas senaladas para ello; Que, a traves de la Primera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 1016, el Concejo Metropolitano faculto a la Alcaldia Metropolitana para aprobar mediante decreto los instrumentos tecnicos, procedimientos administrativos y demas normas de cada una de las Lineas de Gestion del Sistema Metropolitano de Gestion Ambiental, dentro de los cuales el articulo 9º de la Ordenanza Nº 1016 incluye la Linea de Gestion Residuos Solidos; Que, de conformidad a lo dispuesto en los articulos 20º inciso 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo Primero del Decreto de Alcaldia Nº 013 de fecha 31 de agosto de 2011, con el texto siguiente : "Articulo Primero.- APROBAR la implementacion del "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva y Formalizacion de Recicladores", que incluye a los vecinos que se ubiquen en las jurisdicciones de las seis Zonas Vecinales en que se divide el Cercado de Lima. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia del Ambiente adoptar las medidas, ejecutar las acciones e impartir las instrucciones necesarias para el cumplimiento y viabilidad de lo dispuesto en el presente decreto, conforme al MORDAZA normativo correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 1115151-1

de Metas y la Asignacion de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2014, senalandose en el "Anexo Nº 03: Ponderadores para la asignacion de los recursos por el cumplimiento de metas al 31 de MORDAZA del ano 2014", como tercera meta "Implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en un 25% de Viviendas Urbanas del Distrito"; Que, asimismo, por Resolucion Directoral Nº 003-2014EF/50.01 el Ministerio de Economia aprobo los Instructivos para el cumplimiento de las Metas en el MORDAZA del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal para el ano 2014, correspondientes a las Metas 01 al 25, cuya fecha de vencimiento es el 31 de MORDAZA del ano 2014 y Metas 26 al 54 cuya fecha de vencimiento es el 31 de diciembre del ano 2014, conteniendo estos instructivos los pasos que deben seguirse para cumplir cada una de las metas; Que, para el caso de la referida Meta 03, denominada "Implementar un programa de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos domiciliarios en un 25% de viviendas urbanas del distrito", el instructivo aprobado establece cuatro indicadores que las municipalidades deben desarrollar para cumplir la meta, senalandose como el MORDAZA de ellos la "Implementacion de un Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos domiciliarios en un 25% de Viviendas Urbanas del Distrito"; Que, la Politica Metropolitana del Ambiente, aprobada por Ordenanza Nº 1628, se constituye en un lineamiento de gestion ambiental regional y municipal de conformidad con el Sistema Metropolitano de Gestion Ambiental, estructurada en base a cinco ejes tematicos esenciales de la gestion ambiental municipal metropolitana, respecto de los cuales se establecen lineamientos de politica orientados a alcanzar el desarrollo sostenible de la provincia de MORDAZA, siendo uno de ellos el Eje de Politica 3: Gestion Integral de la Calidad Ambiental, dentro de los cuales se encuentra el numeral 8.3.3 sobre Lineamientos de Politica en materia de Gestion de los Residuos Solidos, entre cuyos objetivos establece "d) Promover la reduccion, el reuso y el reciclaje, estableciendo gradualmente el manejo selectivo de los residuos solidos, garantizando el mantenimiento del criterio de segregacion en todo el ciclo de MORDAZA del residuo solido"; asi como el numeral 8.3.5 sobre Lineamientos de Politica en materia de Inclusion de los Recicladores en la Gestion Integral de los Residuos Solidos, con los objetivos de "a) Promover el reciclaje y la puesta en valor de esta actividad... b) Fomentar la formalizacion de las personas, operadores y demas entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos sin las autorizaciones correspondientes..., c) Promover la segregacion y el reciclaje de los residuos solidos para fines de su revaloracion lo mas cercano a su generacion..."; Que, por su parte, la Ordenanza Nº 1640 que aprueba la Agenda Ambiental Metropolitana, instrumento basico operativo de gestion ambiental regional y municipal, ha priorizado dentro de sus ejes programaticos al medio ambiente, para el uso racional de los recursos naturales y la mejora de la calidad ambiental de la MORDAZA, delineando objetivos especificos como Optimizar la gestion de residuos solidos en MORDAZA Metropolitana (OE 3), siendo su objetivo especifico 3.3 "Promover el reciclaje y humanizar el trabajo de los recicladores", planteandose como accion inicial, "Disenar e implementar un sistema modelo de segregacion in situ y reciclaje en el Cercado de Lima"; Que, del mismo modo, a la fecha viene llevandose a cabo la formalizacion de Recicladores Urbanos, MORDAZA que se desarrolla al MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 29419 ­ Ley que Regula la Actividad de los Recicladores y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0052010-MINAM, siendo necesario declarar de modo expreso la condicion de formalizados de aquellos recicladores que se encuentren inscritos en el Registro de Asociaciones y MYPES de Recicladores Urbanos que operan en el Cercado de MORDAZA a cargo de la Subgerencia de Operaciones Ambientales de la Gerencia del Ambiente; Que, en orden a lo expuesto, resulta necesario y coherente de acuerdo a las politicas ambientales vigentes, ampliar el ambito de desarrollo del Programa de Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos aprobado por el Decreto de Alcaldia Nº 013, a fin de incluir en el mismo a los vecinos que se ubiquen en las jurisdicciones

Disponen restringir la circulacion de vehiculos que prestan servicio de transporte publico regular de personas, con excepcion de los vehiculos que formaran parte de las pruebas de simulacion para la implementacion del Corredor Complementario Nº 03: Tacna - Garcilaso - MORDAZA
RESOLUCION DE SUBGERENCIA N° 10024-2014-MML/GTU-SIT MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Oficio N° 029-2014-MML/IMPL/PD de fecha 23 de MORDAZA de 2014, el Informe Nº 730-2014-MML/GTU-SETT de fecha 24 de MORDAZA de 2014, Informe Tecnico Nº 150-2014MML/GTU-SIT-wovr de fecha 24 de MORDAZA de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru preceptua en su articulo 195º, numeral 8, que los gobiernos locales son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulacion y transito; asimismo, en su articulo 198º establece que la Capital de la Republica no integra ninguna region y que tiene regimen especial en las leyes de descentralizacion y en la Ley Organica de Municipalidades; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley N° 27783, senala en su articulo 33° el regimen especial

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