Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2014 (25/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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El Peruano Viernes 25 de MORDAZA de 2014

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Modifican la Ordenanza Regional Nº 034-2009-CR/GOB.REG.TACNA, que declaro de interes regional la actividad artesanal en la Region Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinte de febrero del dos mil catorce, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en sus articulos 191 y 192 senala: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia", senalandose ademas que: "(...) promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (...) 7) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 35 prescribe: "Competencias exclusivas. (...) g) Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesania, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 10 establece como competencias exclusivas de los gobiernos regionales: "(...) 1. Competencias Exclusivas. Son Competencias Exclusivas (...) las siguientes: (...) g) Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesania (...)"; asimismo, el articulo 15 establece como atribuciones del Consejo Regional: "(...) a. Aprobar, modificar, o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...)". Que, la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, en el articulo 5 establece: "Entiendase por artesania a la actividad economica y cultural destinada a la elaboracion y produccion de bienes, ya sea totalmente a mano o con ayuda de herramientas manuales, e incluso medios mecanicos, siempre y cuando el valor agregado principal sea compuesto por la mano de obra directa y esta continue siendo el componente mas importante del producto acabado (...)". Asimismo, en su articulo 12 prescribe: "Consejo Nacional de Fomento Artesanal.- 12.1) Crease el Consejo Nacional de Fomento Artesanal en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo el cual reemplazara al Comite Consultivo de Artesania". Que, con Ordenanza Regional Nº 031-2009-CR/ GOB.REG.TACNA de fecha 07 de diciembre del 2009 se dispone: "Articulo Primero.- DECLARAR DE INTERES REGIONAL LA ACTIVIDAD ANTESANAL EN LA REGION TACNA. Articulo Segundo.- CREAR el Consejo Regional de Fomento Artesanal de la Region Tacna ­ COREFAR, el cual estara conformado de la siguiente manera: (...)". Que, mediante Oficio Nº 068-2013-NAJM-CR/GOB. REG.TACNA, de fecha 17 de octubre del 2013, la Consejera Regional Ing. MORDAZA MORDAZA Jahuira MORDAZA remite la propuesta normativa de Ordenanza Regional DEL GOBIERNO

sobre: "MODIFICAR EL Articulo MORDAZA DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 034-2009-CR/GOB.REG. TACNA". Que, con el Oficio Nº 5311-2013-GRDE/GOB.REG. TACNA de fecha 25 de setiembre del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional de Tacna; el Oficio Nº 6642013-DIRCETUR/GOB.REG.TACNA de fecha 20 de setiembre del 2013 emitido por la Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo; el Informe Nº 0632013-DTA-DIRCETUR/GOB.REG.TACNA de fecha 12 de setiembre del 2013 emitido por la Direccion Regional de Turismo y Artesania; y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Desarrollo Economico del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedio a emitir el Dictamen Nº 001-2014-CODE-CR de fecha 24 de enero del 2014, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "MODIFICAR EL Articulo MORDAZA DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 034-2009-CR/GOB", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 20 de febrero del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoria la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 034-2009-CR/GOB.REG. TACNA, de fecha 07 de Diciembre del 2009, publicada el 20 de Diciembre del 2009, en el Diario Oficial El Peruano, con el texto siguiente: "Articulo Segundo.- CREAR el Consejo Regional de Fomento Artesanal de la Region de Tacna ­ COREFAR - TACNA. 2.1. Conformacion: El COREFAR-TACNA, estara conformado por: a) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, quien la presidira. b) Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior de Turismo de Tacna, quien asumira la Secretaria Tecnica. c) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna. d) Un representante de la Direccion Regional de la Produccion de Tacna. e) Un representante de la Direccion Regional de Educacion de Tacna. f) Un representante del Instituto Nacional de Cultura g) Tres representantes elegidos entre las asociaciones de artesanos formalmente constituidos e inscritos en el Registro Nacional Artesanal. h) Un representante de artesanos por cada provincia de la Region Tacna. i) Un representante de la Facultad de Ciencias de la administracion de la Universidad Nacional MORDAZA Basadre Grohmann. j) Un representante de la Escuela de Administracion Turistica y Hotelera de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Privada de Tacna. 2.2. Funciones: El COREFAR - TACNA tendra las siguientes funciones: a) Proponer la politica artesanal de la Region Tacna las normas y acciones de apoyo a dicha actividad. b) Evaluar permanentemente el cumplimiento de los objetivos propuestos y sustentar las medidas necesarias para su eficaz aplicacion. c) Promover la organizacion de certamenes regionales, para la superacion de los artesanos. d) Proponer el clasificador regional de lineas artesanales.

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