Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2014 (25/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Viernes 25 de MORDAZA de 2014

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l) Ordenar los pagos a los acreedores conforme a la prelacion establecida. m) Abrir y cerrar cuentas corrientes y de ahorros, MORDAZA a plazo o no, obtener certificados y realizar todo otro MORDAZA de depositos e imposiciones; sobre las cuentas corrientes, de ahorros y de plazo; girar cheques sobre los saldos acreedores; emitir los documentos que fueren requeridos para realizar depositos y/o retiros; abrir, desdoblar y cancelar los certificados a plazo, cobrarlos, endosarlos, y retirarlos; y en general, efectuar toda clase de operaciones que conlleven al cumplimiento del objeto de la liquidacion. n) En tanto no exista una posibilidad de venta de los bienes, estos podran ser objeto de arrendamiento, suscribiendo para tales efectos los documentos e instrumentos publicos o privados que MORDAZA necesarios; cuidando que no se afecte el objeto de la liquidacion. o) Iniciar procesos judiciales y continuar con los iniciados indistintamente por dicho banco en contra de terceros. p) Mantener los recursos liquidos de la liquidacion en empresas de operaciones multiples clasificadas en las categorias "A" o "B", segun la MORDAZA vigente sobre la materia. q) Usar el sello de la empresa; expedir y retirar la correspondencia, cualquiera sea su naturaleza. r) Realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que considere pertinentes para el desarrollo de sus labores y el mejor cumplimiento de las acciones que le han sido encomendadas. A tal fin, el liquidador encargado de administrar el MORDAZA liquidatorio del banco, cuenta con todos los poderes necesarios para cumplir las funciones que les corresponden por el solo hecho de firmar los contratos correspondientes, conforme a los articulos 21º, 26º, 27º y 28º del Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado por Resolucion SBS Nº 455-99. s) Emplear las facultades generales y especiales para litigar, contenidas en los articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil, gozando estos poderes de las prerrogativas senaladas en el articulo 368º de la Ley Nº 26702. Adicionalmente, podra delegar facultades para el mejor desarrollo de sus actividades. t) Las demas acciones necesarias para realizar su labor de administracion y liquidacion, asi como las que la Superintendencia autorice. La descripcion de las facultades tiene un caracter enunciativo y no limitativo, siendo extensivas a todos los actos que se requieran para ejecutarlas eficazmente. La persona encargada del MORDAZA liquidatorio, debera observar lo dispuesto por el Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado por Resolucion SBS Nº 455-99 de fecha 25 de MORDAZA de 1999, asi como en sus disposiciones modificatorias y complementarias. Articulo Segundo.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General, la suscripcion de los correspondientes contratos de locacion de servicios con el MORDAZA Liquidador del Banco Hipotecario en Liquidacion y del Banco Republica en Liquidacion, con vigencia a partir del 01 de agosto de 2014. Articulo Tercero.- Encargar al Liquidador del Banco Hipotecario en Liquidacion y del Banco Republica en Liquidacion, los tramites pertinentes ante los Registros Publicos, a fin de inscribir la presente Resolucion, revocando todos aquellos poderes conferidos anteriormente que se opongan a los otorgados en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese, y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1115687-1

Republica en Liquidacion, realizado el dia 15 de agosto de 2013, fue declarado desierto por falta de postores, y a que, tanto esta empresa como el Banco Hipotecario en Liquidacion se encuentran en su fase final de cierre, se requiere impulsar mecanismos de gestion que incentiven el pronto cierre de los procesos liquidatorios MORDAZA referidos, los que deben estar a cargo de personas idoneas para tal fin; Que, los procesos liquidatorios del Banco Republica en Liquidacion y del Banco Hipotecario en Liquidacion, no pueden verse afectados en tanto se proceda a un MORDAZA concurso publico para la designacion de persona juridica liquidadora, MORDAZA si tales procesos se encuentran en su etapa final; razon por la cual esta Superintendencia, sobre la base de principios prudenciales y de transparencia, considera necesario e imperativo encargar la continuacion de los referidos procesos liquidatorios al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rabines, con amplia experiencia en gestion de procesos liquidatorios de entidades financieras, a partir del 01 de agosto de 2014; Estando a lo opinado por el Departamento de Asuntos Contenciosos y con la conformidad de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo Primero.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rabines, con DNI Nº 29687855, los procesos liquidatorios del Banco Hipotecario en Liquidacion y del Banco Republica en Liquidacion, en tanto se lleve a cabo el concurso publico a que se hace referencia en la presente Resolucion; estando facultado, en cada empresa en liquidacion, para realizar los siguientes actos: a) Liquidar los negocios de la empresa en liquidacion, realizar y suscribir todos los actos y contratos, asi como efectuar los gastos que a su juicio MORDAZA necesarios para la culminacion del MORDAZA liquidatorio. b) Suscribir en representacion de la empresa en liquidacion todos los documentos publicos y privados que se requieran para formalizar contratos de compraventa, arrendamiento de muebles, inmuebles o cualquier otro bien de la citada empresa. c) Pagar de los fondos de la empresa en liquidacion todos los gastos del MORDAZA liquidatorio. d) Supervisar la contabilidad y MORDAZA, cuidando que los fondos, recursos materiales y humanos se utilicen adecuadamente. e) Disponer la venta directa de los bienes muebles, inmuebles, acreencias, derechos, valores y acciones de propiedad de la empresa en liquidacion, siempre que el valor de los mismos no exceda de treinta (30) Unidades Impositivas Tributarias. La venta de los bienes cuyo valor excede el monto referencial, debera llevarse a cabo por subasta publica. f) Refinanciar los creditos vencidos o en cobranza judicial otorgados por dicho banco. g) Castigar o condonar parte del valor capital de cualquier credito otorgado a un deudor clasificado "Perdida", siempre que dicho valor capital no exceda de diez (10) Unidades Impositivas Tributarias y se cumplan los demas requisitos senalados por la Superintendencia. Cuando el valor del capital del credito exceda el monto senalado o se trate de un deudor no clasificado como "Perdida", requerira autorizacion de la Superintendencia. h) Continuar las acciones para una efectiva y oportuna recuperacion de los creditos otorgados por dicho banco, asi como para el cobro de los reaseguros y coaseguros, en caso corresponda. i) Otorgar los documentos de cancelacion y levantamiento de garantias que se requieran, de acuerdo a ley. j) Transferir, parcial o totalmente, en venta o administracion, la cartera de colocaciones a una o mas personas. k) Suscribir los Balances y los Estados Financieros, asi como toda la documentacion que se presente a esta Superintendencia para su aprobacion.

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