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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2014 (25/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Viernes 25 de julio de 2014 528600 Regional de Tacna y será puesto de conocimiento de la Comisión de Desarrollo Social del Consejo Regional de Tacna. e) Incidir con las autoridades municipales para el fortalecimiento de las capacidades técnicas de los registradores civiles. f) Otros que sean de acuerdos a ley. Artículo Tercero.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, determine en su presupuesto los recursos necesarios y sufi cientes, para los fi nes a que se refi ere la presente norma regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna la implementación de la presente Ordenanza Regional otorgándosele un plazo de noventa (90) días calendarios contados a partir de su entrada en vigencia para la constitución e instalación de la Comisión Regional Multisectorial de Monitoreo del Derecho al Nombre y a la Identidad de Niñas, Niños y Adolescentes de Tacna. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna el seguimiento de las acciones desarrolladas por la Comisión Regional Multisectorial Regional de Monitoreo del Derecho al Nombre y a la Identidad de Niñas, Niños y Adolescentes de Tacna. Artículo Sexto.- La Comisión Regional Multisectorial Regional de Monitoreo del Derecho al Nombre y a la Identidad de Niñas, Niños y Adolescentes de Tacna elaborará su Reglamento Interno en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de su instalación, el cual deberá ser aprobado por el Ejecutivo Regional. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna la implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Noveno.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinte de febrero del año dos mil catorce. NOE FELIX SOTO PEREZ Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 14 de julio de 2014. TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1114707-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de la Provincia de Lima ORDENANZA Nº 1803 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de julio de 2014 los Dictámenes Nºs. 69-2014-MML-CMAL, 6- 2014-MML-CMMASBS y Nº 172-2014-MML-CMAEO de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales, de Medio Ambiente Salud y Bienestar Social y de Asuntos Económicos y Organización. Y en uso de las atribuciones establecidas en el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA PROVINCIA DE LIMA Artículo Primero.- Aprobar el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de la Provincia de Lima (PIGARS LIMA), cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La Municipalidad Metropolitana de Lima, con el fi n de efectuar un mejor seguimiento y evaluación de los avances del PIGARS, incentivará la conformación de una comisión externa para dicho fi n, con la participación de autoridades de salud, sectoriales y municipales con competencias en gestión y manejo de residuos sólidos, así como con aquellos que representen a la ciudadanía en la Comisión Ambiental Metropolitana. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza será publicada en el diario ofi cial El Peruano, y el íntegro del texto del Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de la Provincia de Lima (PIGARS LIMA), será publicado en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 22 de julio de 2014. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1115139-1 Modifican el D.A. Nº 013, sobre implementación del “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva y Formalización de Recicladores” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006 Lima, 23 de julio de 2014 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente y la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, así como por su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM y la Ordenanza Nº 1016 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se emitió el Decreto de Alcaldía Nº 013 de fecha 31 de agosto de 2011, a través del cual se aprobó la implementación de un Programa de Recolección Selectiva de Residuos Sólidos para los vecinos que se ubiquen en las jurisdicciones correspondientes a las Casas Vecinales Nº 03 y Nº 05 del Cercado de Lima, y la implementación de un Registro de Asociaciones y MYPES de Recicladores Urbanos que operan en el Cercado de Lima; Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-2014-EF, se aprobaron los Procedimientos para el Cumplimiento