Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2014 (25/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Viernes 25 de MORDAZA de 2014

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otras vias alternativas y adecuadas donde se encuentra permitida y es tecnicamente viable su circulacion. Por lo MORDAZA expuesto, se considera factible restringir la circulacion de vehiculos de transporte regular de personas desde la Av. Tacna altura del cruce con la Av. MORDAZA Alcazar hasta la Av. MORDAZA altura del Ovalo Miraflores; Que, de conformidad con la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley N° 27783, Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, Decreto Supremo N° N° 017-2007-MTC, Reglamento de Jerarquizacion Vial, Ordenanza Nº 812-MML, aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la MML, Ordenanza N° 1680, que reglamenta la interferencia de vias en MORDAZA Metropolitana; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DISPONER LA RESTRICCION DE LA CIRCULACION DE VEHICULOS que prestan el servicio de transporte publico regular de personas, con excepcion de los vehiculos que formaran parte de las pruebas de simulacion para la implementacion del Corredor Complementario N° 03: Tacna ­ Garcilaso ­ MORDAZA desde la Av. Tacna altura del cruce con la Av. MORDAZA Alcazar hasta la Av. MORDAZA altura del Ovalo Miraflores. · Plazo para la restriccion: 26, 27, 28 y 29 de MORDAZA y 2 y 3 de agosto de 2014. · Horario: - 26, 28 y 29 de MORDAZA y 02 de agosto de 2014: desde las 5:00 am hasta las 11:00 pm - 27 de MORDAZA y 3 de agosto de 2014: desde las 1:00 pm hasta las 11:00pm · Distritos: MORDAZA, Cercado de MORDAZA, Lince, San MORDAZA y Miraflores. Articulo 2°.- Excepcionalmente y segun la ficha tecnica de cada ruta, los vehiculos autorizados para prestar el servicio de transporte publico regular de personas podran circular por los siguientes tramos del Corredor Complementario N° 03 Tacna ­ Garcilaso ­ Arequipa: - Av. Prolongacion Tacna tramo Jr. MORDAZA MORDAZA Jr. MORDAZA de Superunda (500 metros). - Av. MORDAZA tramo Jr. MORDAZA Banon - Ca. MORDAZA (420 metros). - Av. MORDAZA Tramo Ov. Miraflores ­ Jr. Gral. Pershing (130 metros) Articulo 3°.- La presente resolucion entrara en vigencia desde la publicacion en el MORDAZA Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 4°.- Dispongase la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano. Articulo 5°.- Notificar la presente resolucion al Instituto Metropolitano Protransporte de MORDAZA (PROTRANSPORTE), a la Subgerencia del Regulacion de Transporte, a la Subgerencia de Fiscalizacion de Transporte, a la Policia Nacional del Peru y a la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo 6°.- Es responsabilidad del Instituto Metropolitano Protransporte de MORDAZA (PROTRANSPORTE) adoptar las medidas de seguridad y hacer uso de la senalizacion preventiva e informativa correspondiente. Articulo 7°.- El Instituto Metropolitano Protransporte de MORDAZA (PROTRANSPORTE) debera efectuar la difusion y volantear a fin de informar a los usuarios la realizacion de las pruebas de simulacion del Corredor Complementario N° 03: Tacna ­ Garcilaso ­ Arequipa. Articulo 8°- El Instituto Metropolitano Protransporte de MORDAZA (PROTRANSPORTE) sera responsable de asignar efectivos de la Policia Nacional del Peru (Policia de Transito) durante el periodo de las pruebas de simulacion del Corredor Complementario N° 03. Registrese, comuniquese y cumplase. FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente (e) Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA Gerencia de Transporte MORDAZA 1115467-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental del distrito de Carabayllo (PLANEFA-2014)
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 306-2014-A/MDC Carabayllo, 25 de junio del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 006-2014-CSSYS/MDC de la Comision Permanente de Regidores de la Comision de Saneamiento, Salubridad y Salud; el Informe Nº 165-2014-SGMAGSCMA/MDC de la Sub Gerencia de Medio Ambiente que remite conjuntamente con su Informe Nº 166-2014-SGMAGSCMA/MDC el Proyecto de Ordenanza y el Informe Tecnico de la Ordenanza Municipal que aprueba el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental del Distrito de Carabayllo (PLANEFA-2014), con la conformidad de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente y el Informe Nº 169-2014-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la citada Ley Organica senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, en su articulo 62º, dispone que los Gobiernos Locales organizan el ejercicio de sus funciones ambientales, considerando el diseno y la estructuracion de sus organos internos o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y caracter transversal de la Gestion Ambiental. Que, segun el articulo 4º de la Ley Nº 29325 ­ Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (SINEFA), senala que forman parte del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental el Ministerio del Ambiente - MINAM, el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (OEFA) y las entidades de Fiscalizacion Ambiental Nacional, Regional y Local. Que, el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (PLANEFA) de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental es un instrumento tecnico normativo necesario para fortalecer la coordinacion entre el OEFA y las Entidades de Fiscalizacion Ambiental (EFA), en materia de la formulacion, ejecucion y evaluacion de sus respectivos planes, y que por lo tanto es necesario aprobar mediante Ordenanza Municipal el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (PLANEFA ­ 2014) del distrito de Carabayllo, entidad de Evaluacion Fiscalizacion Ambiental (EFA - Carabayllo) que conforma el Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (SINEFA) de acuerdo a Ley. Que, la Sub Gerencia de Medio Ambiente de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, elaboro el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (PLANEFA) para el periodo fiscal 2014 del distrito de Carabayllo remitiendolo

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