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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2014 (14/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Viernes 14 de marzo de 2014 518863 2.- Dar por concluido el proceso disciplinario, declarándose que los hechos materia del mismo no ameritan la sanción de destitución al doctor Eshkol Valentín Oyarce Moncayo, por los cargos imputados en los literales a) y b), sino una menor que compete imponer al Poder Judicial, absolviéndolo por el cargo imputado en el literal c). 3.- Remitir los actuados al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República para los fi nes a que se contrae la presente resolución y proceda conforme a sus atribuciones, inscribiéndose esta decisión en el registro personal del magistrado Eshkol Valentín Oyarce Moncayo, debiéndose asimismo publicar la presente resolución, una vez que la misma quede consentida o ejecutoriada. Regístrese y comuníquese MAXIMO HERRERA BONILLA LUZ MARINA GUZMAN DIAZ LUIS MAEZONO YAMASHITA GASTON SOTO VALLENAS VLADIMIR PAZ DE LA BARRA GONZALO GARCIA NUÑEZ PABLO TALAVERA ELGUERA 1059638-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de Ingeniería a Colombia para participar en taller “Modelación de Bases de Datos de Exposición y de la Vulnerabilidad Sísmica de Edificios” UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 298 Lima, 5 de marzo de 2014 Visto el Ofi cio Nº 89/CISMID-FIC/2014 del Centro Peruano - Japonés de Investigaciones Sísmicas y Mitigación de Desastres - CISMID; CONSIDERANDO: Que, la Global Earthquake Model (GEM) viene organizando el taller “Modelación de Bases de Datos de Exposición y de la Vulnerabilidad Sísmica de Edifi cios”, a realizarse en la ciudad de Medellín - Colombia, del 12 al 14 de marzo de 2014, en las instalaciones de la Universidad ESFIT así como en la sede de la compañía de Seguros Suramericana S.A.; Que, la Fundación GEM es un esfuerzo cooperativo global cuyo objetivo es proveer a instituciones e individuos herramientas y recursos para una estimación transparente del riesgo sísmico; que actuando como un foro internacional para la colaboración y el intercambio de información, impulsa el conocimiento científi co para el benefi cio de la sociedad; habiendo formulado invitación al señor Miguel Luis Estrada Mendoza como expositor, para que participe en el taller “Modelación de Bases de Datos de Exposición y de la Vulnerabilidad Sísmica de Edifi cios”, cubriendo los gastos de viaje, transporte y hotel; Que, el Director (e) del Centro Peruano - Japonés de Investigaciones Sísmicas y Mitigación de Desastres - CISMID, Dr. Miguel Luis Estrada Mendoza, mediante el documento de la referencia, solicita se autorice la subvención de viáticos para solventar los gastos que demande su estadía en la ciudad de Medellín; De conformidad con el artículo 50°, inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Medellín - Colombia, del Dr. Miguel Luis Estrada Mendoza del 12 al 14 de marzo de 2014, para que en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería participe en el taller “Modelación de Bases de Datos de Exposición y de la Vulnerabilidad Sísmica de Edifi cios”, organizado por la Fundación Global Earthquake Model (GEM). Artículo 2º.- Otorgar al Dr. Miguel Luis Estrada Mendoza, los viáticos respectivos, para sufragar los gastos que por dicho conceptos irroguen su participación en la actividad antes mencionada, que será fi nanciada a través de los Recursos Directamente Recaudados del Centro Peruano - Japonés de Investigaciones Sísmicas y Mitigación de Desastres (CISMID), por el equivalente en nuevos soles del total del monto que a continuación se indica: Nombres y Apellidos Fecha de Viaje Monto por Viáticos Dr. Miguel Luis Estrada Mendoza 12 al 14 de marzo 03 días x $ 250= $ 750.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentará un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentará la rendición de las cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados del Centro Peruano - Japonés de Investigaciones Sísmicas y Mitigación de Desastres (CISMID). Regístrese, comuníquese y archívese JOSÉ MARTÍNEZ TALLEDO Rector (e) 1060946-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo el Acuerdo de Concejo N° 021-SE-CM-MDB, que declaró improcedente recurso de reconsideración, así como Acuerdo de Concejo que aprobó solicitud de vacancia de regidor del Concejo Distrital de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto RESOLUCIÓN N° 1003-2013-JNE Expediente N° J-2013-00922 BELÉN - MAYNAS - LORETO RECURSO DE APELACIÓN Lima, doce de noviembre de dos mil trece VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Rodolfo Ramos Huaynacari, regidor de la Municipalidad Distrital de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto contra el Acuerdo de Concejo N° 021-SE-CM-MDB, de fecha 10 de junio de 2013, que declaró infundado su recurso de reconsideración interpuesto contra el Acuerdo de Concejo N° 012-SE-CM-MDB, del 26 de abril de 2013, que aprobó la solicitud de vacancia en su contra, presentada por Juan Augusto Curto Mori, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.