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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2014 (14/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Miércoles 14 de mayo de 2014 523180 - Distribuir, en coordinación con el auditor encargado o jefe de comisión, las actividades programadas, considerando la capacidad y experiencia de los integrantes de la comisión auditora. Etapa de ejecución - Elaborar en coordinación con el auditor encargado o jefe de comisión el plan de muestreo que se aplicará a los componentes, cuentas, actividades a examinar, entre otras. - Verifi car la adecuada aplicación de las técnicas y procedimientos de auditoría, que permitan el cumplimiento de los objetivos previstos. - Verifi car el adecuado desarrollo de los procedimientos de auditoría, así como la evaluación específi ca y conclusiones del auditor encargado o jefe de comisión y demás integrantes, asegurando que cada aspecto del procedimiento se desarrolle en la documentación de la auditoría y cédulas de trabajo. - Revisar la organización de la documentación de la auditoría, de acuerdo a la normativa de control gubernamental. - Revisar y refrendar la documentación de la auditoría, asegurando que contengan la información necesaria que sustente el trabajo y conclusiones arribadas, principalmente de aquellos que presentan hechos que a criterio del auditor encargado o jefe de comisión constituyan desviaciones signifi cativas, que pueden derivar en responsabilidades funcionales. - Verifi car que las evidencias que respaldan los resultados de la auditoría sean sufi cientes y apropiadas. - Verifi car que las defi ciencias de control interno se determinen, evalúen y validen en forma adecuada. - Verifi car que los hallazgos o desviaciones de cumplimiento se determinen, evalúen y validen en forma adecuada, a través de espacios de discusión y uso previo de recursos técnicos, entre otros, de la matriz de hallazgos o de desviaciones de cumplimiento. - Verifi car que los hallazgos o desviaciones de cumplimiento se redacten de manera clara y objetiva, revisando el enfoque, coherencia de sus atributos y materialidad. - Supervisar que los hallazgos o desviaciones de cumplimiento se encuentren sustentados con las evidencias apropiadas y sufi cientes, previo a su comunicación a los funcionarios o personal de la entidad involucrado en los hechos. - Verifi car que se haya realizado la comunicación de hallazgos o desviaciones de cumplimiento de acuerdo a los procedimientos establecidos. Etapa de elaboración del informe - Cautelar que la elaboración del informe, su aprobación y remisión a los niveles correspondientes, se realice en cumplimiento de las normas de control y los estándares de calidad establecidos, incluyendo adicionalmente la síntesis gerencial o resumen ejecutivo. - Cumplir el plazo otorgado para la elaboración del informe, a fi n de permitir su emisión oportuna. - Cuidar la redacción, concisión, exactitud y objetividad de los hechos contenidos en el informe. - Cautelar que el informe incluya los aspectos relacionados con el diseño y la efi cacia operativa de los controles internos implantados por la entidad. - Verifi car en el contenido del informe, el enfoque y atributos de las observaciones con las respectivas conclusiones y recomendaciones. - Cuidar que el hecho o situación defi ciente detectada se revele de manera ordenada, sistemática, lógica, evitando el uso de califi cativos. - Verifi car la evidencia apropiada y sufi ciente para sustentar las observaciones. - Verifi car que la evaluación de los comentarios y aclaraciones, se encuentre sustentada con elementos que desvirtúen cada uno de los argumentos invocados, así como contenga la opinión del auditor respecto de aquellos hechos irregulares que no han sido subsanados o superados y que por lo tanto dan mérito a considerarlos como observaciones. - Verifi car que luego de la evaluación de los comentarios y aclaraciones se consigne la opinión resultante del auditor, incluyendo el señalamiento de las presuntas responsabilidades que en su caso se hubieran identifi cado. - Proponer las correcciones o ajustes pertinentes para mantener la calidad del informe. c) Inspección de la unidad orgánica de la CGR a cuyo ámbito pertenece el OCI De conformidad con lo establecido en los artículos 17° y 21° de la Ley, el OCI mantiene vinculación de dependencia funcional con la CGR, sujetándose a las disposiciones de control, cuyo cumplimiento es objeto de supervisión permanente por el órgano rector del SNC. La unidad orgánica a cuyo ámbito pertenece el OCI, interviene en el proceso operativo de control hasta la emisión del informe, a través de actividades de supervisión y asesoramiento técnico cautelando la implementación de las mejoras recomendadas, con el propósito de buscar el perfeccionamiento de los productos derivados de los servicios de control a cargo de dicho órgano. Le corresponde a dicha unidad orgánica, en atención a la naturaleza, alcance, complejidad, riesgos identifi cados y número de las auditorías practicadas por los OCI bajo su ámbito, diseñar las estrategias para su labor de inspección con la fi nalidad que los informes se emitan conforme a los lineamientos técnicos y estándares de calidad, considerando, entre otras, las actividades siguientes: - Realizar el seguimiento del cumplimiento del Plan Nacional de Control y Plan Anual de Control de OCI, verifi cando entre otros, el estado de ejecución, aspectos técnicos y cumplimiento oportuno de los servicios de control. - Asesorar y proveer orientación técnica al OCI. - Realizar la supervisión de los servicios de control a cargo del OCI, a través de actividades de seguimiento y verifi cación. - Realizar con la periodicidad necesaria sesiones de validación con el OCI durante el desarrollo del servicio de control, respecto a los aspectos técnicos y resultados alcanzados en la auditoría. - Efectuar el seguimiento de la implementación de las mejoras recomendadas al OCI. - Velar que los registros en el sistema informático, relacionados con los aspectos técnicos y administrativos de los OCI, sean efectuados de manera oportuna y veraz. - Mantener un adecuado control de la calidad de los procesos y productos de control, que le permita la evaluación, correctivos y retroalimentación del proceso, proporcionando sufi ciente grado de confi abilidad respecto de los resultados del proceso de control a cargo del OCI. d) Instrumentos del control de calidad El control de calidad a cargo del jefe del OCI, supervisor de auditoría y la unidad orgánica a cuyo ámbito pertenece dicho órgano, se realiza a través de diversos recursos técnicos, principalmente mediante fi chas de revisión (Check List) del cumplimiento de los estándares de calidad (en adelante Fichas de revisión) desarrollados en los Lineamientos emitidos con carácter vinculante por la unidad orgánica competente de la CGR. Los recursos técnicos para el control de calidad, se encuentran publicados en la intranet y portal electrónico de la CGR a fi n de facilitar su difusión y uso por los órganos del SNC. En el marco de la mejora continua, los citados recursos técnicos pueden ser modifi cados, publicándose las versiones vigentes. Las Fichas de revisión deben contar con las fi rmas de las instancias intervinientes en el proceso, como sustento del control de calidad en cada una de sus etapas, formando parte de la documentación de auditoría. 7.1.2 Aseguramiento de la calidad La unidad orgánica de la CGR encargada del aseguramiento de la calidad, revisa selectivamente los procesos de control a cargo del OCI, en sus etapas de planifi cación, ejecución y elaboración del informe, así como el seguimiento a la implementación de las recomendaciones formuladas en los resultados de los servicios de control, a fi n de verifi car si han sido sujetos a control de calidad por parte de los responsables en cada etapa de la auditoría y cumplen con los estándares