Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2014 (22/11/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

538150
Que, conforme obra en la base de datos del Ministerio de la Produccion, la embarcacion pesquera MORDAZA 6 de matricula CE-11716-PM, ostenta actualmente permiso de pesca para los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que, respecto a la solicitud de ampliacion del permiso de pesca, a traves del Informe Tecnico Nro. 008-2014PRODUCE/DGCHD-Depchd, el area tecnica concluye que dicha embarcacion se encuentra en buenas condiciones de saneamiento e higiene y operativa para efectuar faenas de pesca de los recursos jurel y caballa asi como desarrollar actividades de procesamiento de congelado a bordo; Que, a traves del Informe Nro. 903-2014-PRODUCE/ DGCHD-Depchd, el area tecnica concluyo que PESQUERA NIROCI S.A.C. cumplio con acreditar en el plazo otorgado mediante la Resolucion Directoral Nro. 040-2012-PRODUCE/DGCHD, la modificacion estructural de la embarcacion MORDAZA 6, en el extremo de la instalacion del sistema de preservacion RSW, tal como se desprende del Protocolo Tecnico Nro. PTM Nro. 00114-EP-DG-SANIPES, asi como cumplio con los requisitos tecnicos establecidos en el Procedimiento Nro. 5 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, por lo que opina que resulta procedente otorgar la ampliacion del permiso de pesca solicitado, en adicion a los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto que actualmente ostenta; Que, el area legal a traves del Informe Nro. 1086-2014PRODUCE/DGCHD-Depchd, concluyo que PESQUERA NIROCI S.A.C e INVERSIONES REGAL S.A., cumplieron con todos los requisitos del Procedimiento Nro. 5 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion y con las condiciones establecidas en la Resolucion Directoral Nro. 040-2012PRODUCE/DGCHD, en lo referido a que se ha mantenido vigente en el tiempo la titularidad de la licencia de operacion otorgada por Resolucion Nro. 221-2004-PRODUCE/ DNEPP a favor de INVERSIONES REGAL S.A. y que el contrato de asociacion en participacion celebrado entre PESQUERA NIROCI S.A.C. e INVERSIONES REGAL S.A., se ha mantenido vigente en el tiempo; Que, atendiendo al MORDAZA de informalismo establecido en el numeral 1.6 del articulo IV del Titulo Preliminar de la ley Nro. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, mediante el Informe Nro. 1423 2014-PRODUCE/DGCHD-Depchd el area legal opino, que PESQUERA NIROCI S.A.C. e INVERSIONES REGAL S.A. cumplieron con acreditar la modificacion estructural de la embarcacion MORDAZA 6, en el extremo de la instalacion del sistema de preservacion RSW, asi como interpuso la solicitud de la ampliacion del permiso de pesca dentro de los plazos establecidos en la Resolucion Directoral Nro. 40-2012-PRODUCE/DGCHD; Que, el area legal opina que en tanto se cumplio con acreditar la modificacion estructural de la embarcacion MORDAZA 6, en virtud al contrato de asociacion en participacion celebrado entre PESQUERA NIROCI S.A.C. e INVERSIONES REGAL S.A. se tiene que esta MORDAZA ha culminado con la ejecucion del incremento de flota autorizado; Estando a lo opinado por la Direccion de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo mediante los informes tecnicos Nros. 008-2014PRODUCE/DGCHD-Depchd y 903-2014-PRODUCE/ DGCHD-Depchd e informes legales Nros. 1086-2014PRODUCE/DGCHD-Depchd y 1423-2014-PRODUCE/ DGCHD-Depchd y; De conformidad con lo establecido por la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nro. 25977; con su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nro. 012-2001-PE, con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nro. 27444; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nro. 012-2001-PE y por los literales l) y o) del articulo 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nro. 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que las empresas PESQUERA NIROCI S.A.C. e INVERSIONES REGAL S.A. cumplieron con ACREDITAR la modificacion estructural e instalacion del sistema de preservacion R.S.W. en la embarcacion

El Peruano Sabado 22 de noviembre de 2014

pesquera MORDAZA 6 de matricula CE-11716-PM con capacidad de bodega de 200.17 m3, dentro del plazo establecido en la Resolucion Directoral Nro. 040-2012PRODUCE/DGCHD. Articulo 2º.- Declarar que conforme a lo senalado en el articulo MORDAZA de la Resolucion Directoral Nro. 0402012-PRODUCE/DGCHD, no se reconocera el saldo remanente de la capacidad de bodega de 498.34 m3 no utilizada por INVERSIONES REGAL S.A., que asciende a 298.17 m3, en la ejecucion del incremento de flota a traves de la embarcacion pesquera MORDAZA 6 de matricula CE-11716-PM con capacidad de bodega de 200.17 m3. Articulo 3º.- APROBAR a favor de las empresas PESQUERA NIROCI S.A.C. e INVERSIONES REGAL S.A. la ampliacion del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA 6 de matricula CE11716-PM, con capacidad de bodega de 200.17 m3, con la utilizacion de redes de cerco con longitud de abertura minima de 38 mm (1 1/2 pulgadas), con sistema de preservacion RSW, para dedicarla a la extraccion de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo, conforme al contrato de asociacion y participacion celebrado entre MORDAZA empresas. Articulo 4º.- El plazo de vigencia de la ampliacion de permiso de pesca, referido unicamente a los recursos hidrobiologicos jurel y caballa, se computara a partir de la fecha de la emision de la presente resolucion y estara condicionada a la vigencia del contrato de asociacion en participacion celebrado entre PESQUERA NIROCI S.A.C. (en calidad de asociante) e INVERSIONES REGAL S.A. (en calidad de asociada), asi como a que la empresa INVERSIONES REGAL S.A. mantenga la titularidad de la licencia de operacion otorgada por la Resolucion Directoral Nro. 221-2004-PRODUCE/DNEPP, indicados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 5º.- Las empresas PESQUERA NIROCI S.A.C. e INVERSIONES REGAL S.A. deberan operar la embarcacion MORDAZA 6 de matricula CE-11716-PM, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca aprobada por Decreto Ley Nro. 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 0122001-PE, asi como del Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nro. 011-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, sera causal de caducidad de la ampliacion del permiso de pesca o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nro. 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 0122001-PE y sus modificatorias. Articulo 7º.- La autorizacion de ampliacion de permiso de pesca que se otorga por la presente Resolucion no exime a los armadores de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponde al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 8º.- Queda inalterable el permiso de pesca otorgado a la embarcacion pesquera MORDAZA 6 de matricula CE-11716-PM para la extraccion de los recursos hidrobiologicos de anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto. Articulo 9º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion y a la Direccion General de Sanciones del Ministerio de la Produccion, asi como disponer su publicacion en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob. pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo (e) 1167329-2 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 477-2014-PRODUCE/DGCHD MORDAZA, 26 de agosto de 2014

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.