Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2016 (28/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Jueves 28 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

576725

(SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), es miembro activo del Grupo Egmont desde su ingreso en junio de 2005 y como tal, ha venido asumiendo la representación y defensa de los intereses del país en las reuniones realizadas por este grupo desde su incorporación en el mismo. El Grupo Egmont reúne a las Unidades de Inteligencia Financiera como un Foro que presta cooperación internacional en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo; Que, en el marco del 23° Plenario del Grupo Egmont que se llevó a cabo en junio de 2015 en la ciudad de Bridgetown, Barbados, la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) asumió la presidencia del Grupo Egmont por el periodo 2015-2017; Que, la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) estará sustentando ante el Grupo de Trabajo Legal, que pasará a convertirse en el Membership Support and Compliance Working Group, el informe de la Unidad de Investigación Financiera de El Salvador (UIF-El Salvador), en el marco de su proceso de Apoyo y Cumplimiento, así como el informe de la Unidad de Análisis Financiero de Ecuador (UAF-Ecuador) como parte de su proceso de membresía al Grupo Egmont. En ambos procesos la UIF-Perú ha participado como miembro del grupo de apoyo y como patrocinador, respectivamente. Adicionalmente, durante las sesiones de este grupo de trabajo se presentará el estado de situación del proceso de membresía seguido por la Unidad de Análisis Financiero de Nicaragua (UAF-Nicaragua), de la cual la UIF-Perú también es patrocinadora; Que, asimismo, durante las sesiones del Grupo de Trabajo Operativo, que pasará a convertirse en el Information Exchange on ML/TF Working Group, se presentará el Informe Final del Financial Reporting Project, liderado por la UIF-Perú; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, en su calidad de Presidente del Grupo Egmont, al señor Jorge Yumi Taba, Coordinador Ejecutivo Técnico de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, con la finalidad de que ocupe la silla de la UIF-Perú durante las Reuniones de Jefes de UIFs y participe en las Sesiones del Grupo de las Américas, del Grupo de Trabajo de Capacitación y del Grupo de Trabajo Operativo para presentar el Informe Final del Financial Reporting Project y al señor Gonzalo José Alvarado Palomino, Coordinador de Enlace y Cooperación del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, con la finalidad de que ejerza la labores de Egmont Person, apoyando al Presidente durante las sesiones del Comité y en las sesiones extraordinarias de Jefes de UIFs, ejerciendo de nexo con la Secretaría del Grupo Egmont, para que participen en los citados eventos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, Jorge Yumi Taba, Coordinador Ejecutivo Técnico y Gonzalo José Alvarado Palomino, Coordinador de Enlace y Cooperación del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 28 de enero al 06 de febrero de 2016 a la ciudad de Montecarlo, Principado de Mónaco, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle: Sergio Javier Espinosa Chiroque Pasaje aéreo US$ 1 611,25 Viáticos US$ 4 320,00 Jorge Yumi Taba Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 1 611,25 4 320,00

Gonzalo José Alvarado Palomino Pasaje aéreo US$ 1 611,25 Viáticos US$ 4 320,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones(e) 1338489-1

Aprueban Norma que regula los mecanismos y procedimientos para que la UIF-Perú congele administrativamente los fondos u otros activos de las personas o entidades vinculadas al financiamiento del terrorismo, identificadas en el marco de resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
RESOLUCIÓN SBS N° 395-2016 Lima, 27 de enero de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, la Carta de las Naciones Unidas, aprobada y ratificada por el Estado Peruano el 10 y 31 de octubre de 1945, respectivamente, en su artículo 25, dispone que los Miembros de las Naciones Unidas convienen en aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad. Asimismo, el Capítulo VII de la misma Carta otorga facultades a su Consejo de Seguridad para adoptar decisiones a fin de mantener o restablecer la paz y la seguridad internacional cuando dicho órgano determine la existencia de una amenaza a la paz o un acto de agresión, así como la facultad para imponer medidas y sanciones

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