TEXTO PAGINA: 19
593849 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2016 El Peruano / Aprueban Directiva General denominada “Normas y Procedimientos para la administración, seguimiento, control y conciliación de las recaudaciones por retribución económica por uso de agua y por vertimiento de aguas residuales tratadas” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 187-2016-ANA Lima, 15 de julio de 2016VISTO:El Informe N° 091-2016-ANA-OA-UCRE de la Unidad de Cobranza de Retribución Económica de la O fi cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego modi fi cado por Ley N° 30048, se creó la Autoridad Nacional del Agua – ANA, como un Organismo Público Especializado adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, responsable de dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, el artículo 91° de la citada Ley, establece que la retribución económica por el uso del agua es el pago que en forma obligatoria deben abonar al Estado todos los usuarios de agua como contraprestación por el uso del recurso, y es establecida por la Autoridad Nacional en función de criterios sociales, ambientales y económicos; Que, asimismo, el artículo 92° de la acotada Ley señala que la retribución económica por el vertimiento de agua residual es el pago que el titular del derecho efectúa por verter agua residual en un cuerpo de agua receptor; Que, mediante Resolución Jefatural N° 286-2014-ANA se creó la Unidad de Cobranza de Retribución Económica, como unidad orgánica no estructurada de apoyo y coordinación adscrita a la O fi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua, encargada de ejecutar las acciones tendientes a la administración y control de las recaudaciones de las retribuciones económicas por uso de agua super fi cial con fi nes no agrarios, por uso de agua subterránea y por vertimientos de aguas residuales tratadas; Que, con el documento del visto, la Unidad de Cobranza de la Retribución Económica propone la aprobación de la Directiva General denominada “Normas y Procedimientos para la administración, seguimiento, control y conciliación de las recaudaciones por retribución económica por uso de agua y por vertimiento de aguas residuales tratadas”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0545-2014-MINAGRI se aprobó la Directiva Sectorial N° 003-2014-MINAGRI-DM denominada “Normas para la Formulación, Aprobación y Actualización de Directivas”, la misma que entre otros, regula en el sub numeral 5.2.2, que las Directivas Generales son aquellas que contienen disposiciones de aplicación a más de un órgano de los organismos públicos adscritos al citado Ministerio; Que, en ese contexto, con la fi nalidad de lograr una adecuada gestión en las recaudaciones y control de las retribuciones económicas por uso de agua super fi cial, agua subterránea y por vertimientos de aguas residuales tratadas; resulta necesario disponer la aprobación de la Directiva General: “Normas y Procedimientos para la administración, seguimiento, control y conciliación de las recaudaciones por retribución económica por uso de agua y por vertimiento de aguas residuales tratadas”; y, Con los vistos de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y, de conformidad con lo establecido en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Directiva General Aprobar la Directiva General N° 004-2016-ANA-J, denominada “Normas y Procedimientos para la administración, seguimiento, control y conciliación de las recaudaciones por retribución económica por uso de agua y por vertimiento de aguas residuales tratadas”, la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Vigencia La presente Resolución Jefatural entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y documentos que la integran en el portal electrónico institucional de la Autoridad Nacional del Agua, www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER JefeAutoridad Nacional del Agua 1407423-1 Establecen excepción adicional a la veda declarada en el acuífero del Valle del río Motupe, en los distritos de Chochope, Motupe, Jayanca y Salas y los distritos de Pitipo y Pacora, hasta la margen derecha del río La Leche, a que se refieren la R.M. N° 543-2007-AG y la R.J. N° 0327-2009-ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 189-2016-ANA Lima, 21 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 543-2007- AG, se declaró veda para el otorgamiento de nuevos usos de aguas subterráneas y se dictaron disposiciones de prohibición para la ejecución de obras de perforación de nuevos pozos y otras obras de captación de aguas subterráneas en la zona del acuífero del Valle del río Motupe en una extensión de 945,420 Km ², que comprende los distritos de Chochope, Motupe, Jayanca y Salas y los distritos de Pitipo y Pacora, hasta la margen derecha del río La Leche, en la provincia y departamento de Lambayeque; Que, asimismo, el artículo 2° de la citada Resolución Ministerial establece que están exceptuados de las disposiciones de la veda, aquellas obras de perforación de pozos de reposición o de reemplazo, previamente autorizados por la Autoridad Local de Agua, las cuales solamente podrán localizarse en un radio no mayor a cincuenta (50) metros del pozo a reemplazarse, y siempre y cuando se extraiga la misma masa anual; Que, los incisos 3 y 6 del artículo 15º de la Ley N°29338, Ley de Recursos Hídricos establece como función de la Autoridad Nacional del Agua, proponer normas legales en materia de su competencia, así como dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; así como aprobar, previo estudio técnico, zonas de veda, respectivamente; Que, en ese sentido, mediante Resolución Jefatural N° 0327-2009-ANA, se rati fi có la declaratoria de zonas de veda de diversos acuíferos, incluyéndose la veda del acuífero del río Motupe y la margen derecha del río