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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (17/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 68

589778 NORMAS LEGALES Viernes 17 de junio de 2016 / El Peruano de las camionetas usadas en el corte y reconexión, por las razones señaladas en el numeral 2.7.2 de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Las modi fi caciones que motive la presente Resolución en la Resolución N° 071-2016-OS/CD deberán consignarse en Resolución complementaria. Artículo 4°.- Incorpórese los Informes N° 404-2016- GRT y N° 408-2016-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 5°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y consignada conjuntamente con los Informes N° 404-2016-GRT y N° 408-2016-GRT en la página web de Osinergmin. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 1393228-4 Modifican la Res. N° 071-2016-OS/CD, que aprobó el Cargo RER Autónomo aplicable al servicio de suministro de energía en Áreas No Conectadas a Red y otros aspectos RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 140-2016-OS/CD Lima, 13 de junio de 2016CONSIDERANDO:Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución N° 071-2016-OS/CD, que aprobó el Cargo RER Autónomo aplicable al servicio de suministro de energía en Áreas No Conectadas a Red, la oportunidad y forma de su actualización, los cargos de corte y reconexión de las Instalaciones RER Autónomas para cada una de las Áreas no Conectadas a Red, y las condiciones de aplicación de esta tarifa, se han expedido las Resoluciones Osinergmin N° 136, 137, 138 y 139-2016-OS/CD; Que, en la parte resolutiva de las decisiones señaladas en el considerando anterior, se ha dispuesto que las modi fi caciones en la Resolución Osinergmin N° 071-2016- OS/CD, que motiven los extremos declarados fundados y fundado en parte, deberán aprobarse mediante resolución complementaria; Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 405-2016- GRT de la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, el mismo que complementa la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin y la integra, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el Artículo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; en el Decreto Legislativo N° 1002 y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas. Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 19-2016. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Reemplácese el cuadro consignado en al Artículo 1° de la Resolución N° 071-2016-OS/CD, respecto a la fi jación del Cargo RER Autónomo aplicable al periodo comprendido entre mayo de 2016 a abril de 2017, por el siguiente cuadro: Cargo RER Autónomo Área de Concesión Instalación RER Autónoma ZonaTipo 1- 85 Wp S./ mesTipo 2- 425 Wp S./ mesTipo 3- 850 Wp S./ mes Promedio 52.79 250.06 496.67 Artículo 2°.- Reemplácese el cuadro consignado en el Artículo 4° de la Resolución N° 071-2016-OS/CD, respecto a la fi jación de los cargos de corte y reconexión de las Instalaciones RER Autónomas, por el siguiente cuadro: Cargos de Corte (S/./usuario) Área de Concesión Norte Centro Sur Costa 3.85 3.85 3.85 Sierra 5.93 5.93 5.93 Selva 8.93 8.93 8.93 Cargos de Reconexión (S/./usuario) Área de Concesión Norte Centro Sur Costa 5.76 5.76 5.76 Sierra 7.33 7.33 7.33 Selva 11.49 11.49 11.49 Artículo 3°.- Modifíquese el Artículo 6° de la Resolución N° 071-2016-OS/CD de acuerdo con el siguiente texto: “Artículo 6 °.- Transferencias del cargo de gestión comercial Las empresas mencionadas en el Artículo 1° del Decreto Supremo N° 036-2014-EM, percibirán el cargo de gestión comercial que forma parte del Cargo RER Autónomo, de acuerdo con los cargos unitarios por empresa que se encuentran consignados en la Tabla Resumen de Costos de Comercialización, consignada en el numeral 2.3 del Informe Técnico N° 405-2016-GRT”. Artículo 4°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y consignada conjuntamente con el Informe N° 405-2016-GRT en la página web de Osinergmin. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 1393228-5 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aprueban el cuarto cronograma de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria del Ministerio de la Producción al OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 012-2016-OEFA/CD Lima, 14 de junio de 2016VISTOS: El Informe Nº 013-2016-OEFA/CTS de la Presidencia de la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones en materia ambiental del Ministerio de la Producción - PRODUCE