Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Miércoles 29 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Sistemas de antihielo y deshielo, sistema de protección contra la lluvia. 3 14 Sistema de presurización y aire acondicionado. 3 15 Sistema de oxígeno. 3 16 Sistema de pitot estático. 3 17 Sistema de instrumentos. 3 18 Sistema de protección, detección y extinción de fuego. 3 19 Sistema de combustible y aceite. 3 20 Equipo de emergencia. 3 21 Limitaciones de la aeronave. 3 22 Dispositivos electrónicos Módulo de materia D. Familiarización con los motores (45 horas) Nivel de Tema Descripción del tema aprendizaje N° 2 23 Los principios básicos de los grupos motores, turbinas de gas o motores de embolo. Especificaciones. 2 24 Características de diseño. 3 25 Lubricación. 3 26 Ignición. 3 27 Sistema de combustible. 3 28 Accesorios. 3 29 Hélices. 3 30 Instrumentación. 3 31 Equipamiento de emergencia. 3 32 Los principios relativos al funcionamiento, procedimientos de manejo y limitaciones operacionales de los grupos motores de las aeronaves f. Instrucción de vuelo.- La instrucción de vuelo para un mecánico de a bordo deberá ser efectuada en el tipo de aeronave para la cual requiere la habilitación y de acuerdo con lo establecido en la sección 63.215, abarcando como mínimo lo siguiente: 1. Procedimientos normales i. Inspecciones previas al vuelo; ii. procedimientos de abastecimiento y ahorro de combustible; iii. inspección de los documentos de mantenimiento; iv. procedimientos normales en el puesto de pilotaje durante todas las fases de vuelo; v. procedimientos previos al despegue, posterior al aterrizaje y corte de motor; vi. control de potencia; vii. control de temperatura; viii. análisis de operación del motor; ix. operación de todos los sistemas; x. manejo del combustible; xi. registros de vuelo; xii. presurización y aire acondicionado; xiii. coordinación de la tripulación y procedimientos en caso de incapacitación de algunos de sus miembros; y apropiados de emergencia. xiv. Notificación de averías. 2. Procedimientos anormales y de alternativa (reserva) i. Análisis del funcionamiento anormal del motor; ii. análisis del funcionamiento anormal de todos los sistemas de la aeronave; iii. aplicación de procedimientos anormales y de alternativa (reserva); y iv. acciones correctivas. 3. Procedimientos de emergencia i. Reconocimiento de condiciones de emergencia; ii. utilización de procedimientos apropiados de emergencia;

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iii. control de fuego del motor; iv. control de fuego en el fuselaje; v. control de humo; vi. pérdida de potencia o presión en cada sistema; vii. exceso de velocidad de motores; viii. descarga de combustible en vuelo; ix. extensión y retracción del tren de aterrizaje, flaps, spoilers y frenos; x. el arranque, corte y encendido de motores; y xi. uso de oxígeno. g. Verificación de fases y pruebas de finalización del curso.- Para graduarse en el curso de mecánico de a bordo, el estudiante deberá completar satisfactoriamente las evaluaciones de cada fase de instrucción y las pruebas de finalización del curso (teórico y práctico). Apéndice D Curso para la licencia de Piloto con Tripulación Múltiple ­ Avión .... b. Requisitos de inscripción.- El alumno antes de iniciar la fase de instrucción teórico/práctico en el tipo de aeronave, deberá haber cumplido con: .... 4. Poseer certificado médico aeronáutico clase 1 vigente, otorgado de conformidad a la RAP 67. c. Definiciones y abreviaturas.- Para los propósitos de este Apéndice son de aplicación las definiciones y abreviaturas señaladas en la sección 142.005 del Capítulo A de esta regulación. .... e. Niveles de Competencia para el curso de Piloto con Tripulación Múltiple.- Para el desarrollo de este Programa, en su fase práctica, se deberán observar los siguientes Niveles de Competencia: 1. Pericias básicas de pilotaje. El nivel de competencia con el que el solicitante habrá cumplido con los requisitos para la licencia de piloto privado que se especifican en el Capítulo D, sección 61.245 de la RAP 61, incluidos los requisitos de vuelo nocturno, y, además, habrá completado, con facilidad y precisión, todos los procedimientos y maniobras correspondientes a la instrucción sobre recuperación del control y al vuelo por referencia a instrumentos solamente. Desde un principio, toda la instrucción se imparte en un entorno integrado de tripulación múltiple, basado en la competencia y en la gestión de amenazas y errores (TEM). Los niveles iniciales de instrucción y didácticos son elevados puesto que las pericias básicas han quedado establecidas en la solicitud inicial. La evaluación en este nivel confirma que el control del avión se mantiene en todo momento de forma que se garantice el resultado positivo de un procedimiento o una maniobra. .... f. Conocimientos teóricos.- El solicitante de una Licencia MPL ­ Avión, debe cumplir con los requisitos de conocimientos para la licencia de piloto de transporte de línea aérea en la categoría de avión, señalados en la Sección 61.350 de la RAP 61, bajo el programa de instrucción reconocida. g. Instrucción de vuelo .... 3. La instrucción de vuelo y la verificación de pericia requerida para una licencia de piloto de tripulación múltiple, podrá ser realizada en el avión y/o simulador de vuelo, en la proporción aprobada por la DGAC. 4. De acuerdo a lo indicado en la Sección 61.320 Párrafo (b), se deberá incluir la instrucción necesaria para la prevención y recuperación de la pérdida de control de la aeronave. h. Verificación de fases y pruebas de finalización del curso .... NOTA.- El detalle de desarrollo de cada una de las competencias mencionadas, debe realizarla el CEAC de acuerdo a lo establecido por la DGAC.

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