Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 29 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

591185

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el "Plan Anticorrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 2015 - 2016"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2016-TR Lima, 28 de junio de 2016 VISTOS: Acta de Reunión de fecha 16 de diciembre de 2015, del Grupo de Trabajo conformado por Resolución Ministerial Nº 185-2015-TR, el Oficio Nº 5982016-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico Nº 098-2016-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones y el Informe Nº 1911-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM se aprueba el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, donde se señala que su objetivo general es un Estado transparente que promueve la probidad en el actuar público y privado; y garantiza la prevención, investigación, control y sanción efectiva de la corrupción en todos los niveles. El Plan debe desenvolverse en planes sectoriales u otros instrumentos de gestión que lleven a terreno operativo los objetivos del mismo, dando cuenta de la particularidad de la situación de los sectores, pero en coordinación y coherencia con las líneas matrices del Plan; Que, la Vigésimo Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio de 2002, referida a la "Promoción de la ética, la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando, en todas sus formas", establece entre sus objetivos, el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, promoviendo una cultura de respeto a la Ley, de solidaridad y de anticorrupción, que elimine las prácticas violatorias del orden jurídico incluyendo el tráfico de influencias, el nepotismo, el narcotráfico, el contrabando, la evasión tributaria y el lavado de dinero, y regular la función pública para evitar su ejercicio en función de sus intereses particulares; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 027-2007PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, establece que además del cumplimiento de sus políticas y acciones sectoriales, constituyen Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, entre las que se encuentra la Política Anticorrupción, en mérito de la cual el Estado busca fortalecer la lucha contra la corrupción en las licitaciones, las adquisiciones y la fijación de los precios referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos; garantizar la transparencia y la rendición de cuentas; promover, a través de sus acciones y comunicaciones, la Ética Pública; y fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 046-2013PCM, que aprueba la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo, establece que dicha Estrategia comprende entre otras acciones la de elaborar planes anticorrupción, teniendo en cuenta los procesos de mayor vulnerabilidad a la corrupción y los casos de corrupción que afecta a cada uno de ellos; Que, en ese contexto mediante Resolución Ministerial Nº 185-2015-TR, se conforma el Grupo de Trabajo encargado de elaborar el Plan Anticorrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 2015-2016, el cual, con acta de reunión de fecha 16 de diciembre de 2015, valida la propuesta de "Plan Anticorrupción del Ministerio

de Trabajo y Promoción del Empleo 2015-2016", a fin de remitirlo al Despacho Ministerial para su aprobación; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no se lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, mediante Oficio Nº 598-2016-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite para su aprobación la propuesta de "Plan Anticorrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 20152016", el cual se encuentra debidamente validado por el Grupo de Trabajo antes referido y cumple con las disposiciones contenidas en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General para ser aprobado con eficacia al 1 de enero del 2015; Que, mediante el Informe Técnico Nº 098-2016MTPE/4/9.1 y de conformidad con el literal e) del artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, la Oficina de Planeamiento e Inversiones emite opinión técnica favorable a la propuesta de "Plan Anticorrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 2015-2016"; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 1911-2016-MTPE/4/8 por la procedencia de la emisión del acto de administración interna; Con las visaciones de los Despachos Viceministeriales de Trabajo y Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el artículo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan Anticorrupción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 20152016", con eficacia al 1 de enero de 2015, que en anexo adjunto forma parte de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y del anexo a que hace referencia el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1398354-1

Aprueban Norma Técnica para el diseño, implementación y ejecución de ajustes razonables para el empleo de personas con discapacidad en el sector privado, y el formato de solicitud de ajustes razonables
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 127-2016-TR Lima, 28 de junio de 2016

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