Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2017 (01/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Viernes 1 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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El Presidente en uso de sus atribuciones y de conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº 28175, concordante con el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Jurado Nacional de Elecciones, conforme a los Anexos 4-B, 4-C y 4-D, que forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de esta resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, con los anexos correspondientes en este último. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR TICONA POSTIGO Presidente 1592738-1

especial fija permanente ubicada en la Av. La Molina N° 2830, Tienda A9 de la Galería Comercial Molicentro, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1592078-1

Autorizan al Banco Agropecuario el cierre definitivo de agencias y oficina especial, y la apertura de agencias en los departamentos de Lima, Junín, San Martín, Piura y Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 4494-2017 Lima, 22 de noviembre de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Agropecuario - Agrobanco, para que esta Superintendencia autorice el cierre definitivo de dos (2) agencias, una (1) oficina especial y la apertura de dos (2) agencias, según se indica en el anexo adjunto a la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de fecha 14 de septiembre de 2017, el Directorio del Banco Agropecuario aprobó el cierre definitivo de dos (2) agencias, una (1) oficina especial y la apertura de dos (2) agencias; Que, el Banco Agropecuario ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por la normativa vigente para el cierre y apertura de las mencionadas agencias y oficina especial; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30° y 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Agropecuario el cierre definitivo de dos (2) agencias, una (1) oficina especial y la apertura de dos (2) agencias, según se indica en el anexo adjunto a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS Nº 4494-2017 a. Cierre de Agencias y Oficinas Especiales:
N° 1 Tipo Dirección Jirón Micaela Bastidas N° 612 Distrito Provincia Departamento Lima

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS el cierre de oficina especial fija permanente ubicada en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4461-2017 Lima, 21 de noviembre de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS para que se le autorice el cierre de una oficina especial fija permanente en La Molina. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3956-2015 de fecha 07.07.2015, esta Superintendencia autorizó a La Positiva Seguros y Reaseguros, la apertura de la oficina especial fija permanente ubicada en la Av. La Molina N° 2830, Tienda A9 de la Galería Comercial Molicentro, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Que, en aplicación del artículo 3° del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015 y el Procedimiento N° 14 del TUPA de esta Superintendencia, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) oficina especial fija permanente, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación efectuada; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Seguros "B" y del Departamento Legal; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias y el Procedimiento N° 14 del TUPA de esta Superintendencia; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS el cierre de la oficina

Agencia Avenida La Cultura N° 808 Santa Anita Lima Agencia

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Pichanaqui Chanchamayo Junín Tocache Tocache San Martín

Oficina Jirón Fredy Aliaga N° 155 Especial

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