Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2017 (20/12/2017)


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NORMAS LEGALES
Alterini, Atilio Anibal; Ameal, Oscar José y López Cabana, Roberto M. Derecho de Obligaciones Civiles y Comerciales. 1 edición. Abeledo Perrot. Buenos Aires, 1996. p.357 Borda, Guillermo A. Ob. Cit. p.117 Borda, Guillermo A. Ob. Cit. p.117 y ss. Marienhoff, Miguel. Tratado de Derecho Administrativo. Contratos Administrativos.Teoría General. 4 edición. Abeledo Perrot. Buenos Aires. Tomo III-A. p.364. 3. Razonabilidad.- Las autoridades deben prever que la comisión de la conducta sancionable no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sanción. Sin embargo, las sanciones a ser aplicadas deben ser proporcionales al incumplimiento calificado como infracción, observando los siguientes criterios que se señalan a efectos de su graduación: a) El beneficio ilícito resultante por la comisión de la infracción; b) La probabilidad de detección de la infracción; c) La gravedad del daño al interés público y/o bien jurídico protegido; d) EI perjuicio económico causado; e) La reincidencia, por la comisión de la misma infracción dentro del plazo de un (1) año desde que quedó firme la resolución que sancionó la primera infracción. f) Las circunstancias de la comisión de la infracción; y g) La existencia o no de intencionalidad en la conducta del infractor

Miércoles 20 de diciembre de 2017 /

El Peruano

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GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban actualización del TUPA del Gobierno Regional Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 400 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1 993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización-Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización-Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-Ley N° 27867 y sus modificatorias aprobadas por Ley N° 27902 y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización - Ley N° 28607, en su artículo 191° establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y en su artículo 192° inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, el Consejo Regional tiene atribución de normar a través de Ordenanzas Regionales, la organización del Gobierno Regional, de conformidad con lo previsto en el Artículo 15°, Inc. "a" de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que señala como una de sus atribuciones, es aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el Artículo 38° de la norma antes acotada establece, que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante ORDENANZA REGIONAL N° 391 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 01

de marzo de 2017, se reemplazó los Procedimientos Administrativos de las Direcciones Regionales de Salud, Transportes y Comunicaciones, Comercio Exterior y Turismo y Archivo Regional. Que, la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General en su Artículo 38.2 prescribe que la Norma que aprueba el TUPA se publica en el Diario Oficial el Peruano. Que, el Artículo 38.1 de la Ley N°27444 Ley de Procedimiento Administrativo General prescribe que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales. Que, el Artículo 10° del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM-SGP, prescribe que cada Entidad deberá aprobar un solo TUPA; en ese sentido los procedimientos administrativos de las oficinas desconcentradas deberán incluirse en el TUPA de la Entidad. Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática, mediante Informe N° 159-2017-G.R.AMAZONAS/ GRPPAT-SGDII, de fecha 10 de julio de 2017, alcanza el proyecto de actualización de TUPA de la Sede Regional y Direcciones Regionales del Gobierno Regional Amazonas para su aprobación. Que, con Informe Legal N° 609-2017-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/OJAJ, de fecha 12 de julio de 2017, el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica, emite su opinión favorable al proyecto de actualización del TUPA de la Sede Regional y Direcciones Regionales del Gobierno Regional Amazonas, recomendando elevar dicho expediente al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Que, el Consejo Regional, a través de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ha revisado el Proyecto del Texto Único de Procedimientos AdministrativosTUPA de la Sede Regional y Direcciones Regionales del Gobierno Regional Amazonas, encontrándose conforme y concordado con la legalidad; por lo que han dictaminado favorablemente, quedando expedito para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional N° 17, de fecha 07 de setiembre de 2017, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° -2017, contando con el voto favorable de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. A) del art. 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria, Ley N° 27902. Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional Amazonas conformada por los Procedimientos Administrativos de las dependencias siguientes: - Procedimientos Administrativos de Nivel Regional Amazonas. - Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Salud (Incluye Hospitales y Redes de Salud). - Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. - Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Agricultura. - Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. - Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. - Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de la Producción. - Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Energía y Minas. - Procedimientos Administrativos de la Autoridad Regional Ambiental. - Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Educación. - Procedimientos Administrativos del Archivo Regional.

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