Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2017 (20/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de diciembre de 2017 /

El Peruano

a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de esta Entidad; Que, es necesario actualizar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ancash, en tanto en los últimos años se ha emitido nuevas normativas, por parte del Gobierno Nacional, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros PCM y sectores ministeriales; así como por los entes rectores de los sistemas administrativos principalmente, que en determinados casos constituyen modificaciones parciales y, en otros de manera integral; existiendo por tanto la necesidad de modificar este importante Instrumento de Gestión Institucional de esta Entidad; Que, con Informe Nº 00061-2017-GRA/GRPPAT/ SGDII-061, de fecha 07 de noviembre del 2017, el Sub Gerente de Desarrollo Institucional e Informática, perteneciente a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash, opina: "9.2. Téngase presente los argumentos que sustentan o justifican la solicitud de la modificación, así como la propuesta formulada para ser canalizada al Consejo Regional para la aprobación de la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Áncash. 9.3. La modificación parcial referente a incorporación o eliminación de unidades orgánicas, propuesta en la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones no generar´s mayores gastos al tesoro público de acuerdo al presupuesto actual"; por otra parte, el Director de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ancash con el Informe Legal Nº 00355-2017-GRA/ORAJ, de fecha 29 de noviembre del 2017, en mérito a sus legales atribuciones, OPINA: Que, estando el Informe Nº 00061-2017-GRA/GRPPAT/ SGDII-061, de fecha 07 de noviembre del 2017, emitido por el Sub Gerente de Desarrollo Institucional e Informática, como órgano competente a su despacho elevar al Consejo Regional a fin de que previa evaluación y debate del caso, procedan a la aprobación de la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ancash"; Que, mediante Dictamen Nº 006-2017-GRA/CPPAT de fecha 30 de noviembre del 2017, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Ancash, en atención a los Informes y argumentos fácticos y jurídicos, los Miembros de la precitada Comisión acuerdan por UNANIMIDAD, aprobar la Propuesta de Ordenanza Regional que Dispone la Modificación y Actualización del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ancash; el mismo que es elevado al Pleno del Consejo Regional de Ancash con el Oficio Nº 90-2017-GRA-CR/CPPyAT-P de fecha 04 de diciembre del 2017; Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, los Artículos Nº 13º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Reglamento Interno del Consejo Regional y, con el voto por MAYORÍA de sus Miembros del Consejo Regional de Ancash; con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta; han aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, del Gobierno Regional de Ancash, el mismo que consta de Cuatro (04) Títulos, Ocho (08) Capítulos, Ciento y Cinco (105) Artículos, un Anexo con el Organigrama Estructural y Cincuenta y Nueve (59) Páginas, que se encuentran debidamente visados y forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Ancash, la publicación del ROF, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional

de Ancash (www.regionancash.gob.pe), dentro de los 5 días calendarios siguientes a la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DEJAR, sin efecto las Disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Órganos Desconcentrados. En un plazo no mayor de 60 días calendarios, la Gobernación aprobará mediante Resolución Ejecutiva los Manuales de Organización y Funciones de sus Órganos Desconcentrados, quedando derogados sus respectivos Reglamentos de Organización y Funciones una vez aprobados aquellos. Segunda.- El Área de Ejecución Coactiva de la Dirección Regional de Trabajo realizan las cobranzas de todos los Órganos Regionales (Direcciones, Sub Región, etc.), que vienen funcionando en Chimbote, debiendo entregar los recursos cobrados al área de origen de la deuda. POR TANTO: Comuníquese, al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. PEDRO M. IZQUIERDO HUERTA Consejero Delegado Consejo Regional Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash, a los 14 DIC. 2017. LUIS FERNANDO GAMARRA ALOR Gobernador Regional de Ancash (P) 1598314-1

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2017
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 102-2017-GOREMAD-GRDE/DREMEH Madre de Dios, 30 de noviembre de 2017 VISTO: El Título de Concesión Minera otorgado, por la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios (DREMEH - Madre de Dios), el cual fue otorgado el mes de octubre de 2017; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 026-2015-GOREMAD/PR, de fecha 22 de enero de 2015, se designa como Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios al Ing. José Carlos Bustamante Cruz. Que, es necesario compatibilizar el accionar del Gobierno Regional y el Gobierno Nacional, para el trámite de otorgamiento de concesiones mineras, a efectos de mantener los principios de certeza, simplicidad, publicidad, uniformidad y eficiencia, garantizando la predictibilidad y la seguridad jurídica. Que, el Catastro Minero Nacional debe reflejar adecuadamente los derechos mineros otorgados y en

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