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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 (30/12/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 268

TEXTO PAGINA: 222

222 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2017 / El Peruano DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera Disposición Transitoria.- Establecer que antes de fi nalizado el periodo de ejecución anual del programa, se realizará una evaluación ex-post a fi n de plantear la propuesta de mejoras del siguiente año del Plan de trabajo. Segunda Disposición Transitoria.- Establecer la participación activa del Programa Municipal EDUCCA de las instituciones y organizaciones locales identi fi cadas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1602316-1 Prorrogan el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal N° 237-2017-MDSL/C, en el extremo de la Condonación de Multas Administrativas No Tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2017-MDSL/A San Luis, 28 de diciembre del 2017EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO:El Informe Nº 142-2017-MDSL-GDU/SGGRDCyS de fecha 28 de Diciembre del 2017 emitido por la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, Control y Sanciones, sobre “Prórroga del plazo de vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 237-2017-MDSL/C de fecha de 24 de Noviembre del 2017, en el extremo de la Condonación de Multas Administrativas No Tributarias” y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen (…) que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 237-2017-MDSL/C de fecha 24 de Noviembre del 2017, el Concejo Municipal de San Luis, aprobó bene fi cios administrativos, condonación de multas administrativas y de regularización de licencia de edi fi cación ejecutadas sin licencia municipal en el Distrito de San Luis, dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 30 de Diciembre del 2017 en el extremo de la condonación de multas administrativas no Tributarias; Que, en la Novena Disposición Final de la citada Ordenanza; se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía pueda prorrogar las fechas de vencimiento. Que, por otro lado mediante Informe Nº 142-2017-MDSL-GDU/SGGRDCyS de fecha 28 de Diciembre del 2017 , la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, Control y Sanciones, sugiere se prorrogue el plazo del vencimiento de la Ordenanza Nº 237-2017-MDSL/C de fecha 24 de Noviembre del 2017, en el extremo de la condonación de multas administrativas no tributarias hasta el 31 de Enero del 2018, para lo cual se requiere emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la novena Disposición Final de la referida Ordenanza. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades (…), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Enero del 2018, el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal Nº 237-2017-MDSL/C de fecha de 24 de Noviembre del 2017, en el extremo de la Condonación de Multas Administrativas No Tributarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano y por su intermedio a la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, Control y Sanciones y demás unidades orgánicas correspondiente, el fi el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, la efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Informática y Tecnología de la Información su publicación en la página web de la municipalidad: www.munisanluis.gob.pe . Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1602319-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban el Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de San Martín de Porres ORDENANZA Nº 448-MDSMP San Martín de Porres, 22 de diciembre de 2017EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO:En Sesión Ordinario de Concejo de fecha 22 de Diciembre de 2017, el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba Programa de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del Distrito de San Martín de Porres. (Programa EDUCCA-MDSMP 2018 -2022); el Memorándum Nº 656-2017-GSPyGA/MDSMP, de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental; el Memorándum Nº 562-2017-GPP/MDSMP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 1635-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, Memorándum Nº 1750-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado