Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2017 (01/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de marzo de 2017 /

El Peruano

Defunción en Línea y del Acta de Defunción, para lo cual se deberán cumplir con las siguientes metas: i) Contar con el sistema operativo en el 100% de ORA para emplear el Certificado de Defunción en línea; ii) Acreditar que durante el año 2016, se registraron en línea cincuenta mil (50,000) actas de defunción en ORA y OREC afiliadas; iii) Validación de la defunción del 100% de los registros de las Bases de Datos del Padrón General de Hogares (PGH) y del Registro Nacional de Usuarios (RNU) que administra el MIDIS. El RENIEC deberá haber realizado las validaciones necesarias para la actualización de dichos registros a través de dos métodos: línea dedicada y otra masiva, con una tasa de atención de cincuenta mil (50,000) registros diarios; iv) Servicio en línea implementado y funcionando para consultas del Certificado de Defunción en Línea y Actas de Defunción en Línea de los usuarios de los diferentes programas; y, v) RENIEC difunde los procedimientos a los Programas Sociales para el registro oportuno de los fallecimientos que no están inscritos. 8. Acciones necesarias para que RENIEC mantenga actualizada y autenticada la base de datos del Padrón Nominado de niños y niñas menores de seis (06) años, a partir de las bases de datos de CNV, las actas de nacimiento, el registro de DNI, la información remitida mensualmente por la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), el Seguro Integral de Salud (SIS), entre otras entidades y la carga directa que realizan los Gobiernos Locales. 9. Acciones necesarias para la inclusión en el Plan Operativo de RENIEC de una actividad sobre la participación de personal de RENIEC en SISFOH-móvil: Asegurar la participación de RENIEC en SISFOH-móvil a través de la designación de los funcionarios responsables. 10. Contar con la presencia de brigada itinerante del RENIEC en cien (100) Tambos a nivel nacional en el año 2017. 11. Acciones necesarias para ampliar la consulta del Padrón General de Hogares (PGH) a fin de permitir la consulta de menores de edad de manera similar a la consulta para mayores de edad, a través de los métodos ya implementados, sin necesidad de colocar el DNI de uno de los padres o tutores. Se validará (a través de línea dedicada) el PGH dando como respuesta validación DNI, CNV electrónico y PN, los criterios de validación serán acordados entre el equipo técnico del MIDIS y RENIEC. 1491544-6

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática
DECRETO SUPREMO Nº 035-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación para suscribir convenios de colaboración interinstitucional en el marco de lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con el Instituto Nacional de Estadística e Informática, a fin de implementar las evaluaciones establecidas en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y las evaluaciones de logros de aprendizajes de los estudiantes de Educación Básica. Los costos realizados por el Instituto

Nacional de Estadística e Informática en el marco de los convenios que suscriba con el Ministerio de Educación, se financian con cargo a los recursos que para tal efecto se aprueben a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática hasta por el monto de CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 185 000 000,00) conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, con fecha 13 de febrero del 2017 se suscribe el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 005-2017-MINEDU, entre el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática, el cual tiene como objeto que las partes ejecuten los actos necesarios y suficientes para implementar la aplicación y captura de datos de los instrumentos de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en instituciones educativas públicas en Educación Básica 2017; asimismo, en su Cláusula Sexta establece que con motivo del citado Convenio el Ministerio de Educación transferirá a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática el monto de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 54 397 562,00) suma que cubre los costos y gastos administrativos efectivamente realizados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática; Que, mediante Informe N° 025-2017-MINEDU/VMGPDIGEDD-DIED, la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, sustenta y solicita se efectúe la primera transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática la cual debe ser equivalente al 85% del monto total establecido en el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 005-2017-MINEDU, conforme a lo señalado en los Términos de Referencia que como Anexo A forman parte del citado Convenio; en virtud de lo cual mediante Oficio N° 00305-2017-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario transferir a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática los recursos correspondientes a la implementación de lo establecido en el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 005-2017-MINEDU, hasta por la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 46 237 928,00) con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y la Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 46 237 928,00) a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para ser destinados a atender los costos y gastos administrativos correspondientes a la implementación de lo establecido en el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 005-2017-MINEDU,

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