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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2018 (11/04/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de abril de 2018 / El Peruano aquellas infracciones que no generan bene fi cio a los infractores, generan bene fi cio mínimo o su bene fi cio es indeterminable. II.1.2 Multa ad hoc: Se trata de multas que se determinarán en cada caso, aplicables a aquellas infracciones que le pueden generar al infractor un bene fi cio económico determinable o, en algunas ocasiones, daño a los usuarios. El siguiente cuadro resume las fórmulas que representan los métodos de cálculo previamente señalados, así como la consistencia de la presente metodología con todos los criterios de graduación señalados en el artículo 246° y 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS: Cuadro N° 1 Tipo de multa Preestablecida Ad hoc Fórmula de aplicación ݉ൌሾ ܯ௜௚ܨכ൅ሺ݊כݐሻ]*R ݉ൌ൥ܤ ݌൅෍ܦ௜௡ ௜ୀଵ൩ܴכܨ Criterios de graduación, previstos en el TUO de la LPAG a) La gravedad del daño al interés público y/o bien jurídico protegidoTipifi cación de la infracciónTipifi cación de la infracción b) EI perjuicio económico causadoNo existe daño. Se fi ja multa base por costo social ( Mig)෍ܦ௜௡ ௜ୀଵ c) EI bene fi cio ilícito resultante de la comisión de la infracciónNo existe o indeterminableB d) La probabilidad de detección No se usa para el cálculo de la multa dado que el bene fi cio ilícito no existe o es indeterminablep Otros criterios de graduación, previstos en el TUO de la LPAG ൌͳ൅σ݂௡ଷ ௡ୀଵ ൌͳ൅σ݂௡ଷ ௡ୀଵ e) La reincidencia en la comisión de la infracciónf 1f1 f) Las circunstancias de la comisión de la infracción.f2f2 g) La existencia o no de intencionalidad en la conducta del infractor f3f3 Criterio atenuante: Reconocimiento expreso del infractor, previsto en el TUO de la LPAG h) Si iniciado el proceso administrativo, el infractor reconoce su responsabilidad de forma expresa y por escritoRR En el Anexo II se señala el método de cálculo que se aplicará a cada infracción establecida en el presente reglamento. A continuación, se explica en detalle los componentes correspondientes. I. MULTA PREESTABLECIDA Se trata de multas preestablecidas, cuyo valor depende de la graduación o gravedad de la infracción, así como del tipo de empresa infractora. A dicho monto de multa base predeterminada se le aplicarán los criterios de graduación de la sanción contemplados. Cuando se trate de infracciones vinculadas a plazos se añadirá un componente de interés progresivo relacionado con el plazo de incumplimiento. ݉ൌሾ ܯ ௜௚ܨכ൅ሺ݊כݐሻሿܴכ Donde: m : Multa preestablecida que corresponderá aplicar en cada caso. Mig :Multa base. Depende de: - (i) la tipología de la empresa infractora, y, - (g) la graduación de la infracción; F : Factor de criterios de graduación.R : Factor del reconocimiento del infractor. Es atenuante. (t*n) :Factor aplicable a infracciones vinculadas a plazos: - t es el referente del costo diario de un procedimiento administrativo sancionador, y; - n es el número de días de incumplimiento considerados para la determinación de la infracción. A continuación, se detalla cada uno de los componentes: A. Multa base Mig La multa base preestablecida dependerá de la tipología correspondiente a la empresa infractora y de la graduación de la infracción: - Tipología (i)OSITRAN reconoce la heterogeneidad existente entre las empresas que se encuentran bajo su ámbito de supervisión, lo cual implica que cada empresa di fi ere en su capacidad de pago, así como en el bene fi cio o daño que pueda generar. En atención a lo anterior y considerando que el valor de la multa debe resultar disuasivo para cualquier entidad prestadora bajo el ámbito de supervisión de OSITRAN, la multa base será progresiva en función del tipo de empresa infractora a fin de lograr un nivel de disuasión acorde con su capacidad de pago. Para ello, se ha clasificado a las empresas, tomando en cuenta cinco variables relacionadas con su tamaño y capacidad de pago: - Ingresos operativos, - Utilidades,- Antigüedad de la concesión o de creación, - Número de clientes (usuarios); y, - Alcance geográ fi co. A partir de información de esas cinco variables y aplicando la técnica estadística de Análisis de componentes principales (PCA), y el método de agrupamiento de K medias 1, se clasi fi có a las Entidades Prestadoras en los siguientes cuatro tipos. Cuadro N° 2 Tipología de las empresas supervisadas por OSITRAN Tipo Entidad prestadora Tipo 4Lima Airport Partners S.A. DP World S.A. Tipo 3INTERSUR Concesiones S.A. APMT Callao S.A. CORPAC S.A. Tipo 2TISUR S.A. Concesionaría IIRSA Norte S.A. Concesionaria Interoceánica Sur Tramo 3 S.A. GyM Ferrovías S.A. NORVIAL S.A. Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A. Concesionaria Vial del Perú S.A.Concesionaría Interoceánica Sur - Tramo 2 S.A. Tipo 1Concesionaria Vial del Sol S.A. Autopista del Norte S.A.C.Concesionaria Vial Sierra Norte S.A. ENAPU S.A. Metro de Lima Línea 2Aeropuertos del Perú S.A. Terminal Portuario Paracas S.A. SURVIAL S.A.Concesionaría Vial del Sur S.A. Ferrocarril Transandino S.A.