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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (21/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Viernes 21 de diciembre de 2018 / El Peruano de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO:Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 280-2018-CE-PJ del 21 de noviembre de 2018, se aprobó la implementación progresiva en el Poder Judicial de la Norma Técnica Peruana ISO 37001:2017 sobre “Sistemas de Gestión Anti-Soborno–Requisitos con orientación para su Uso”, priorizando los procesos de la Gerencia de Administración y Finanzas, y las Subgerencias de Logística, Contabilidad, Tesorería y, Control Patrimonial y Saneamiento; y, la Gerencia de Informática y las Subgerencias de Desarrollo de Sistemas de Información, Producción y Administración de Plataformas y, Soporte de Servicios de Tecnologías de Información, de la Gerencia General del Poder Judicial. Segundo. Que el señor Presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República solicita que se amplíe el alcance de la implementación progresiva referida en el considerando anterior, a la Sala Suprema que preside; así como a la Corte Superior de Justicia del Santa. La petición se justi fi ca en lo siguiente: i) Respecto a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República señala que se justifi ca técnicamente, porque el referido sistema de gestión debe estar alineado con los objetivos estratégicos del Poder Judicial. En tal sentido, el referido órgano jurisdiccional cumple procesos, funciones y actividades directamente vinculadas con el objetivo estratégico de administrar justicia. Asimismo, considera que se podría provechar las fortalezas de contar con un sistema informático de gestión de expedientes, y el carácter de órgano jurisdiccional permanente, a efectos de agilizar el proceso de implementación y evitar la pérdida de personal sensibilizado en la gestión antisoborno, respectivamente; y, ii) En cuanto a la Corte Superior de Justicia del Santa señala como sustento, la necesidad detectada en la visita efectuada al referido Distrito Judicial en el mes de agosto de 2018; agregando que el Informe de Visita cuenta con un análisis FODA que constituye un insumo importante para analizar su contexto interno y externo, que permitirá determinar el alcance del sistema de gestión de riesgos de corrupción en la aludida sede judicial; sin dejar de mencionar las amenazas del contexto externo consistentes en el alto índice de percepción de corrupción por parte de la población debido al número de autoridades de la zona que son procesadas por delitos de corrupción de funcionarios. Finalmente, señala que lo solicitado será tomado en forma positiva por la población, resultando evidente que el Poder Judicial asume acciones concretas de lucha contra la corrupción; así como servirá de modelo para la implementación de la aludida norma técnica en las demás Salas Supremas y Cortes Superiores de Justicia del país. Tercero. Que si bien el considerando cuarto de la Resolución Administrativa N° 280-2018-CE-PJ señala que la implementación de la Norma Técnica Peruana ISO 37001:2017 sobre “Sistemas de Gestión Anti-Soborno–Requisitos con orientación para su Uso”, debe realizarse en todo el Poder Judicial, pero de forma progresiva, efectuándose un análisis de priorización por dependencia judicial o por procesos de gestión más sensibles; en base a la justi fi cación vertida por el Juez Supremo solicitante, resulta pertinente acceder a lo peticionado. Cuarto. Que estando a lo establecido en el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado, funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 822-2018 de la trigésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ampliar la implementación progresiva en el Poder Judicial de la Norma Técnica Peruana ISO 37001:2017 sobre “Sistemas de Gestión Anti-Soborno–Requisitos con orientación para su Uso”, aprobada por Resolución Administrativa N° 280-2018-CE-PJ, a los procesos de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, y de la Corte Superior de Justicia del Santa. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, brinde las facilidades y presupuesto necesario, para la ampliación de la implementación progresiva establecida en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Sala Penal Permanente de la Corte Superior de Justicia de la República, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia del Santa, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1725484-3 Disponen labor de itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del distrito de San Francisco de Asís de Yarusyacán al distrito de Huariaca RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 317-2018-CE-PJ Lima, 12 de diciembre de 2018VISTOS:El O fi cio N° 970-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ e Informe N° 096-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, remitidos por el Jefe de la Ofi cina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Pasco remitió al Presidente de este Órgano de Gobierno el Informe N° 036-2018-OP-CSJ-CSJPA/PJ, elaborado por el Administrador de esa Corte Superior, a través del cual se evaluó las solicitudes presentadas por los alcaldes de los Distritos de Huariaca y Ticlacayán; la Fiscal Adjunta Provincial del Distrito de Huariaca; y los representantes de la Comunidad Campesina “San Pablo de Ticlacayán”, Distrito de Ticlacayán de la Provincia de Pasco, mediante O fi cios Nros. 193-2018-A-MDT/PASCO, 239-2018-MDH-PASCO-A, 1344-2018-MP-FPM-HCA y 0156-2017-CCSPT/T-PASCO, concluyendo la Presidencia de dicha Corte Superior que a efectos de cumplir con los principios de acceso a la justicia y economía procesal resulta necesario que el Juzgado de Paz Letrado, que en adición a sus funciones se desempeña como Juzgado de Investigación Preparatoria, del Distrito de San Francisco de Asís de Yarusyacán, Provincia de Pasco, realice itinerancia al Distrito de Huariaca de la misma provincia, cuya sede estaría ubicada en los ambientes otorgados en Cesión en Uso por la Municipalidad del Distrito de Huariaca. Segundo. Que, mediante resolución de fecha 12 de octubre de 2018, este Órgano de Gobierno remitió a la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal la documentación antes mencionada, a fi n que dicha unidad orgánica elabore el respectivo informe sobre la propuesta del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Pasco; la cual también fue