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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2018 (07/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Sábado 7 de julio de 2018 El Peruano / DIFUSIÓN CUADRO DE PLAZAS 09, 10 y 11 de julio 2018 Página web de la UNJBG: www.unjbg.edu.pe.Vitrinas de cada Facultad COSTO, VENTA DE BASESCosto S/.100.00 Banco de la Nación Cuenta Nº151- 077897, Concepto (Venta de Bases Concurso Público Plazas Docentes), Código de Pago Nº197 de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann-Tacna. Días 11, 12 y 13 de julio INSCRIPCIÓN Y ENTREGA DE EXPEDIENTES16, 17 y 18 de julio del 2018 Mesa de Partes de la UNJBGAv. Mira fl ores s/n. Ciudad Universitar- ia. TACNA TRÁMITE DE EXPEDIENTES A FACULTADES20 de Julio del 2018 TRÁMITE DE EXPEDIENTES A JURADOS23 de Julio del 2018 PROCESO DE CALIFICACIÓN DE EXPEDIENTES24, 25 y 26 de Julio del 2018 ASIGNACIÓN DE TEMA CLASE MAGISTRAL31 de Julio del 2018 CLASE MAGISTRAL DE POSTULANTES APTOS02 y 03 de agosto del 2018 PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Y PRESENTACIÓN DE INFORME FINAL A CONSEJO DE FACULTAD.06 de agosto del 2018 APROBACIÓN EN CONSEJO DE FACULTAD08 de agosto del 2018 APROBACIÓN EN CONSEJO UNIVERSITARIO14 de agosto del 2018 SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOSOFICINA DE ASESORIA LEGAL. Desde la emisión de acuerdos de aprobación en Consejo Universitario, emitido por SEGE. Tacna, julio del 2018. 1667241-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor del Concejo Distrital de Huancaya, provincia de Yauyos, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 0369-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00307 HUANCAYA - YAUYOS - LIMACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, diecinueve de junio de dos mil dieciocho.VISTO el O fi cio Nº 050-2018-MDH/PY/A, del 14 de junio de 2018, presentado por Amarildo Galdino Pérez Trigos, teniente alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancaya, provincia de Yauyos, departamento de Lima, mediante el cual se comunica la licencia, sin goce de haber, concedida a Higinio Chipana Ravichagua, en el cargo de alcalde. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales (LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales las autoridades regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 9 de junio de 2018. 3. Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá e fi cacia a partir del 9 de junio de 2018. 4. De conformidad con los artículos cuarto y quinto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, respectivamente, se precisa que: - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato al cargo de consejero regional culmina el día de la elección; por consiguiente, las autoridades regionales y municipales deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se considerarán automáticamente prorrogadas hasta la proclamación de los resultados de la elección del 7 de octubre de 2018; por tal razón las autoridades que participan como candidatos deben reasumir sus funciones a partir del día siguiente de la proclamación de resultados, con excepción de aquellos que participen en una segunda elección, cuyas licencias continuarán vigentes hasta el día de los comicios; en ese sentido, deben reasumir sus funciones al día siguiente de la segunda elección. 5. Con fecha 25 de mayo de 2018 (fojas 2), Higinio Chipana Ravichagua, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huancaya, provincia de Yauyos, departamento de Lima, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2018, “como candidato al cargo de consejero de la región Lima-Provincias”, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante el acuerdo adoptado en la sesión de concejo extraordinaria, de fecha 28 del mismo mes y año (fojas 3 y 4). Así las cosas, si bien esta licencia fue otorgada a partir del 7 de junio del año en curso, de conformidad con la normatividad vigente y precitada, debe otorgarse la licencia por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al primer regidor Amarildo Galdino Pérez Trigos, identi fi cado con DNI Nº 19912480, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Kenyi Abelardo Zárate Santos, identi fi cado con DNI Nº 47720736, candidato no proclamado de la organización política Patria Joven, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Yauyos, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Higinio Chipana Ravichagua, alcalde de la