Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2019 (21/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Sábado 21 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Identificación y Estado Civil - RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que los artículos 11º y 13º del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, señalan que cada oficina registral estará dotada de los mecanismos suficientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación y supresión de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista oficina registral; Que mediante Resolución Jefatural N° 223-2008JNAC/RENIEC (21ABR2008), se autorizó la apertura de la Oficina Registral Comas II, la cual se encuentra ubicada en Avenida Túpac Amaru Nº 223 del distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, a cargo de la Jefatura Regional 10 ­ Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales; Que mediante documento de vistos, la Jefatura Regional 10 ­ Lima señala que debido a las constantes renuncias del personal y el comportamiento de la demanda de la producción que viene generándose en la Oficina Registral Comas II, considera pertinente el cierre de la misma, de tal forma de poder atender las necesidades de las oficinas de alta producción; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, señala que nuestra institución cuenta con tres oficinas registrales (Comas I, Independencia, San Martin de Porres), un MAC (Independencia), tres ORA (Cayetano Heredia, Tahuantinsuyo Bajo, Sergio Bernales) y una PVM (Centro Comercial - Plaza Norte), las mismas que se encuentran a corta distancia de la OR Comas II; asimismo señala que la producción de la Oficina Registral Comas II, comparada con las oficinas ubicadas dentro del radio de la zona norte, desde el año 2015 a la fecha, es la oficina que menos transacciones produce; Que en atención a ello, mediante documento de vistos, la Gerencia de Operaciones Registrales solicita la expedición de la Resolución Jefatural que disponga el cierre de la Oficina Registral Comas II con fecha 30 de diciembre de 2019; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Operaciones Registrales; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Que mediante la Resolución Jefatural Nº 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/ RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el cierre de la Oficina Registral Comas II, ubicada en Avenida Túpac Amaru Nº 223 del distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, a partir del 30 de diciembre de 2019.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1839176-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Financiera Efectiva S.A. la apertura de oficina especial ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 5497-2019 Lima, 20 de noviembre de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por Financiera Efectiva S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (1) oficina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 201 y el Memorando Nº 640-2019-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera Efectiva S.A. la apertura de una (1) oficina especial, según el siguiente detalle:
Oficina especial La Curacao Puruchuco Dirección Av. Nicolás Ayllón 4770 (C.C. Real Plaza Este, local comercial 246-247) Distrito Provincia Departamento Ate Lima Lima

Regístrese, comuníquese y publíquese. MARISABEL SANTOME CHAVARRY Intendente General de Banca (a.i.) 1838645-1

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