Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2019 (21/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 21 de marzo de 2019 /

El Peruano

básicos de la democracia y que tratan de impedir el ejercicio pleno al derecho de sufragio. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1751844-1

octubre de 2018, el jefe de la ODPE remitió al Jurado Electoral Especial de Trujillo (en adelante, JEE) las actas electorales recuperadas de la elección regional y municipal, correspondientes al distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad. Asimismo, se remitieron el acta de recepción de actas electorales ERM 2018 y copias de los oficios dirigidos a los personeros legales de las organizaciones políticas con el fin de requerir las actas electorales extraviadas o siniestradas, además de la denuncia de actas siniestradas ante la comisaría de la PNP Guadalupito. Respecto del pronunciamiento Electoral Especial de Trujillo del Jurado

El 22 de octubre de 2018, el JEE emitió la Resolución N° 02652-2018-JEE-TRUJ/JNE, mediante la cual resolvió: a) Declarar nula el Acta Electoral N° 029481, correspondiente a la Elección Regional 2018 del distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad. b) Considerar la cifra 283 como votos nulos en la elección de gobernador y vicegobernador regional, del Acta Electoral N° 029481, correspondiente a la Elección Regional 2018 del distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad. c) Considerar la cifra 283 como votos nulos en la elección de Consejero Regional, del Acta Electoral N° 029481, correspondiente a la Elección Regional 2018 del distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad. d) Declarar nula el Acta Electoral N° 029481, correspondiente a la Elección Municipal 2018 del distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad. e) Considerar la cifra 283 como votos nulos en la Elección Provincial del Acta Electoral N° 029481, correspondiente a la Elección Municipal 2018 del distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad. f) Considerar la cifra 283 como votos nulos en la Elección Distrital del Acta Electoral N° 029481, correspondiente a la Elección Municipal 2018 del distrito de Guadalupito, provincia de Virú, departamento de La Libertad. El argumento por el cual el JEE adopta dicha decisión se focaliza en que el acta electoral proporcionada, que corresponde a la votación municipal y regional, al no encontrarse lacrada, no reúne las garantías de seguridad que avale el contenido de los resultados que en ella se plasman; del mismo modo, al no existir otro ejemplar proporcionado por distinta organización política, no se puede realizar el cotejo para evidenciar un contenido similar en las votaciones, por lo que el JEE tiene como no válida el Acta Electoral N° 029481. Respecto del recurso de apelación interpuesto Ante esta situación, el 29 de octubre de 2018, el personero legal titular de la organización política Súmate interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 02652-2018-JEE-TRUJ/JNE, de fecha 22 de octubre de 2018, en el extremo que resolvió tener por no válida el Acta Electoral N° 029481 para las elecciones municipales, solicitando que se revoque y reforme, disponiendo su validez, bajo los siguientes argumentos: a) No se ha considerado la Resolución N° 3590-2014JNE, mediante la cual el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones establece que cuando existe un solo ejemplar del acta electoral, producto de hechos de violencia, es posible declararla válida, siempre y cuando ninguna organización política la haya cuestionado o impugnado. b) El acta electoral presentada por la organización política Súmate reúne todos los requisitos válidos y no ha sido impugnada por ninguna organización política, por lo que no otorgarle validez al acta electoral, fomenta y deja impune la conducta de las personas que han producido estos hechos de violencia.

Confirman la Res. N° 02652-2018-JEE-TRUJ/ JNE, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo
RESOLUCIÓN N° 3407-2018-JNE Expediente N° ERM.2018054543 GUADALUPITO - VIRÚ - LA LIBERTAD JEE TRUJILLO (ERM.2018053008) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, nueve de noviembre de dos mil dieciocho. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Luiggi Alberto Padilla León, personero legal titular de la organización política Súmate, en contra de la Resolución N° 02652-2018-JEE-TRUJ/ JNE, del 22 de octubre de 2018; y oído los informes orales. ANTECEDENTES Respecto del procedimiento de recuperación de actas a cargo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Trujillo Con fecha 10 de octubre de 2018, el jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Trujillo (en adelante, ODPE) remitió los siguientes documentos: Oficio N° 000013-2018-ODPE/ONPE, dirigido al personero legal de la organización política Partido Aprista Peruano; Oficio N° 00015-2018-ODPE/ONPE, dirigido al personero legal titular de la organización política Todos por el Perú; Oficio N° 00016-2018-ODPE/ONPE, dirigido al personero legal de la organización política Podemos por el Progreso del Perú; Oficio N° 00018-2018-ODPE/ONPE, dirigido al personero legal de la organización política Alianza por el Progreso; Oficio N° 000119-2018-ODPE/ONPE, dirigido al personero legal de la organización política El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad; Oficio N° 00020-2018-ODPE/ONPE, dirigido al personero legal de la organización política Unión por el Perú; Oficio N° 00021-2018-ODPE/ONPE, dirigido al personero legal de la organización política Fuerza Popular; Oficio N° 000174-2018-ODPETRUJILLOERM2018/ONPE, dirigido al personero legal de la organización política Súmate; Oficio N° 000014-2018-ODPE/ONPE, dirigido al personero legal de la organización política Juntos por el Perú, y el Oficio N° 00017-2018-ODPE/ONPE, dirigido al personero legal de la organización política Nueva Libertad, con el fin de requerir las actas electorales extraviadas o siniestradas. En tal sentido, con fecha 11 de octubre de 2018, Luiggi Alberto Padilla León personero legal titular de la organización política Súmate y el jefe de la ODPE, se reunieron con la finalidad de que el personero legal entregue dieciocho (18) actas electorales entre las cuales se encuentra el Acta Electoral N° 029481. Posteriormente, mediante Oficio N° 0000215-2018ODPE TRUJILLO ERM 2018/ONPE, de fecha 18 de

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